D.A. 12ª.- Informe preceptivo relativo al artículo 9.7 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, que desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española solicitado por las entidades locales, sus organismos y entidades depen
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Corresponderá a la Comisión Permanente de la Junta Asesora de Contratación Pública emitir el informe preceptivo relativo al artículo 9.7 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, que desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la solicitud de informe por parte de la entidad local, su organismo o entidad dependiente.
Para la elaboración de dicho informe el órgano de contratación correspondiente deberá elaborar y remitir a la Junta Asesora de Contratación Pública la propuesta de estructura de costes de la actividad, de acuerdo a lo preceptuado en el mencionado artículo 9.7.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 12ª (se añade)) por DECRETO 154/2022, de 13 de diciembre, de segunda modificación del Decreto sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
(PV de 28-12-2022) en vigor desde 29-12-2022
