Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo, de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 10-03-2023
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Ambito: Extremadura
Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Marzo de 2023
F. entrada en vigor: 11/03/2023
Órgano emisor: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 48
F. Publicación: 10/03/2023
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Principios generales.
Artículo 4. Definiciones.
CAPÍTULO II. Medidas generales de apoyo, promoción, impulso y desarrollo de los sistemas de inteligencia artificial
Artículo 5. Alfabetización y formación en materia de inteligencia artificial.
Artículo 6. Mecanismo de colaboración público-privada.
Artículo 7. Espacios controlados de pruebas para la inteligencia artificial.
CAPÍTULO III. Iniciativas de inversión de inteligencia artificial de interés general y prioritario
Artículo 8. Declaración de interés general y prioritario.
Artículo 9. Calificación de "Proyectos Empresariales de Interés Autonómico".
CAPÍTULO IV. Utilización de la inteligencia artificial por parte de la Administración pública autonómica
Artículo 10. Objetivos y prioridades.
Artículo 11. Sistemas de inteligencia artificial en la toma de decisiones.
Artículo 12. Garantías para la utilización de la inteligencia artificial en los procedimientos administrativos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Estrategia Extremeña de Inteligencia Artificial (EEIA).
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Entrada en vigor.
