Dt 8 Reglamento del IRPF del THB
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»D.T. 8ª.-Comunicaciones.
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Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 8ª (se deja sin contenido)) por DECRETO FORAL 22/2023, de 7 de marzo, de la Diputación Foral de Bizkaia por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento de Gestión de los Tributos del Territorio Histórico de Bizkaia.
(BI de 10-03-2023) en vigor desde 11-03-2023 - Modificación realizada (D.T. 8ª) por DECRETO FORAL 158/2021, de 14 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, mediante el que se determinan las condiciones en las que deberá llevarse a cabo la adhesión voluntaria al sistema BATUZ para 2022 y 2023, así como la compensación aplicable y se introducen ciertas modificaciones en diversos Reglamentos tributarios.
(BI de 15-12-2021) en vigor desde 16-12-2021 - Artículo modificado (D.T. 8ª (se añade)) por DECRETO FORAL 12/2021, de 9 de marzo, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con el procedimiento de presentación de declaraciones a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
(BI de 12-03-2021) en vigor desde 13-03-2021
