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LEY 10/2017, de 27 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 02-01-2018

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Julio de 2018

F. entrada en vigor: 02/07/2018

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 1

F. Publicación: 02/01/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Competencias autonómicas Artículo 5. Competencias municipales Artículo 6. Prohibiciones Artículo 7. Condiciones técnicas y de seguridad Artículo 8. Seguros Artículo 9. Cooperación y colaboración administrativa Artículo 10. Comisión de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Galicia Artículo 11. Registro de empresas y establecimientos
TÍTULO II. Régimen de intervención administrativa
Artículo 12. Régimen de intervención administrativa
TÍTULO III. Organización y desarrollo de los espectáculos públicos y actividades recreativas
CAPÍTULO I. De los aspectos generales de la organización y desarrollo
Artículo 13. Derecho de admisión Artículo 14. Servicio de control de acceso Artículo 15. Servicios de vigilancia y seguridad propios Artículo 16. Protección de las personas menores de edad Artículo 17. Horarios Artículo 18. Entradas Artículo 19. Información al público en caso de establecimientos públicos Artículo 20. Publicidad
CAPÍTULO II. Derechos y obligaciones del público, artistas, intérpretes o ejecutantes y de los/las organizadores/as
Artículo 21. Derechos y obligaciones del público Artículo 22. Derechos y obligaciones de los/las artistas, intérpretes o ejecutantes Artículo 23. Derechos y obligaciones de los/las titulares y de los/las organizadores/as
TÍTULO IV. Vigilancia e inspección de los establecimientos abiertos al público, los espectáculos públicos y las actividades recreativas. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 24. Administraciones competentes
CAPÍTULO II. Vigilancia e inspección
Artículo 25. Facultades inspectoras Artículo 26. Actas
CAPÍTULO III. Medidas provisionales previas
Artículo 27. Medidas provisionales previas a la apertura del expediente sancionador Artículo 28. Órganos competentes Artículo 29. Medidas de adopción directa por los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad
CAPÍTULO IV. Régimen sancionador
SECCIÓN 1.ª Infracciones y sanciones
Artículo 30. Principios generales Artículo 31. Infracciones Artículo 32. Infracciones muy graves Artículo 33. Infracciones graves Artículo 34. Infracciones leves Artículo 35. Responsabilidad Artículo 36. Sanciones Artículo 37. Graduación Artículo 38. Prescripción
SECCIÓN 2.ª Competencia y procedimiento
Artículo 39. Competencia para sancionar Artículo 40. Procedimiento Artículo 41. Medidas preventivas durante el procedimiento sancionador Artículo 42. Registro de infracciones y sanciones
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Normativa técnica de aplicación
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio de los expedientes sancionadores D.T. 2ª. Régimen transitorio de las licencias municipales, las autorizaciones autonómicas y las comunicaciones previas D.T. 3ª. Capitales mínimos de las pólizas de seguro de espectáculos públicos y actividades recreativas D.T. 4ª. Adaptación de las obligaciones en materia de seguros D.T. 5ª. Horarios
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia D.F. 2ª. Carácter complementario y adaptación de las ordenanzas municipales D.F. 3ª. Actualización de la cuantía de las sanciones D.F. 4ª. Plan de inspección de los espectáculos públicos y actividades recreativas D.F. 5ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario D.F. 6ª. Entrada en vigor