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LEY 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino. - Boletín Oficial del Estado de 11-07-2003

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 12/07/2003

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 165

F. Publicación: 11/07/2003


Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I II III IV V
TÍTULO I. Ámbito de aplicación y aspectos generales de la vitivinicultura
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Indicaciones relativas a las características de los vinos. Artículo 4. Promoción. Artículo 5. Plantaciones y replantaciones de viñedo de uva de vinificación. Artículo 6. Transferencia de derechos de replantación. Artículo 7. Variedades. Artículo 8. Arranque de viñedos. Artículo 9. Riego de la vid. Artículo 10. Aumento artificial de la graduación alcohólica natural. Artículo 11. Mezclas de tipos de vinos.
TÍTULO II. Sistema de protección del origen y la calidad de los vinos
CAPÍTULO I. Aspectos generales
Artículo 12. Principios generales del sistema. Artículo 13. Niveles del sistema. Artículo 14. Normativa específica para cada nivel. Artículo 15. Caracterización de cada nivel de protección. Artículo 16. Superposición de niveles. Artículo 17. Titularidad, uso y gestión de los bienes protegidos. Artículo 18. Protección. Artículo 19. Vinos de mesa con derecho a la mención tradicional « vino de la tierra » . Artículo 20. Vinos de calidad producidos en regiones determinadas. Artículo 21. Vinos de calidad con indicación geográfica. Artículo 22. Vinos con denominación de origen. Artículo 23. Vinos con denominación de origen calificada. Artículo 24. Vinos de pagos. Artículo 25. Órganos de gestión de los vinos de calidad producidos en una región determinada. Artículo 26. Fines y funciones de los órganos de gestión. Artículo 27. Control y certificación.
CAPÍTULO II. Procedimiento para reconocer un nivel de protección
Artículo 28. Solicitudes. Artículo 29. Documentación aneja a la solicitud. Artículo 30. Tramitación. Artículo 31. Resolución. Artículo 32. Protección nacional, comunitaria e internacional.
TÍTULO III. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Obligaciones de los interesados y facultades de los inspectores
Artículo 33. Obligaciones de los interesados. Artículo 34. Inspección. Artículo 35. Medidas cautelares. Artículo 36. Competencia.
CAPÍTULO II. Infracciones y sanciones
Artículo 37. Infracciones. Artículo 38. Infracciones leves. Artículo 39. Infracciones graves. Artículo 40. Infracciones muy graves. Artículo 41. Responsabilidad por las infracciones. Artículo 42. Sanciones. Artículo 43. Medidas complementarias. Artículo 44. Graduación de las sanciones. Artículo 45. Prescripción de las infracciones y sanciones.
TÍTULO IV. El Consejo Español de Vitivinicultura
Artículo 46. Consejo Español de Vitivinicultura. Artículo 47. Funciones del Consejo Español de Vitivinicultura.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Productos derivados de la uva y del vino. D.A. 2ª. Estadística vitícola. D.A. 3ª. Certificaciones del origen y procedencia. D.A. 4ª. Registros de envasadores de vino. D.A. 5ª. Denominación Cava. D.A. 6ª. Sistemas de control de los niveles de protección de ámbito supraautonómico. D.A. 7ª. Aplicación de la legislación de defensa de los consumidores y usuarios. D.A. 8ª. Organizaciones interprofesionales agroalimentarias. D.A. 9ª. Denominación de origen.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Actuaciones previas. D.T. 2ª. Adaptación de los actuales reglamentos de v. c. p. r. d. y órganos de gestión a la nueva regulación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultad de desarrollo. D.F. 2ª. Título competencial. D.F. 3ª. Entrada en vigor.