Legislación

Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social. - Boletín Oficial del Estado de 10-10-2015

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Octubre de 2015

F. entrada en vigor: 11/10/2015

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 243

F. Publicación: 10/10/2015

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Atención: Norma en revisión. Modificaciones pendientes por integrar en el refundido

Preambulo PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Concepto. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Principios rectores
Artículo 4. Principios rectores.
CAPÍTULO III. Participación
Artículo 5. Participación.
CAPÍTULO IV. Acción de fomento
Artículo 6. Medidas de fomento de las entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal. Artículo 7. Programa de impulso de las entidades del Tercer Sector de Acción Social.
CAPÍTULO V. Órganos de participación
Artículo 8. Consejo Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social. Artículo 9. Comisión para el Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Garantía del respeto al reparto de competencias constitucional y estatutariamente vigente. D.A. 2ª. Inventario de entidades del Tercer Sector de Acción Social e información estadística. D.A. 3ª. Informe del Gobierno. D.A. 4ª. No incremento de gasto público. D.A. 5ª. Actuaciones finalistas a través de la colaboración con el Tercer Sector de Acción Social. D.A. 6ª. Pago de las obligaciones pendientes de las comunidades autónomas y entidades locales. D.A. 7ª. Ayudas y subvenciones públicas a las entidades del Tercer Sector de Acción Social.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Subvenciones de concesión directa a entidades del Tercer Sector de Acción Social.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Legislación aplicable a las Entidades del Tercer Sector de Acción Social. D.F. 2ª. Título competencial. D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 4ª. Entrada en vigor.