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Preambulo Se da publicidad a los acuerdos del Pleno de la Sindicatura de Cuentas

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En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 29.1.d de la Ley 18/2010, de 7 de junio,

Resuelvo:

Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, los acuerdos del Pleno de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña de 19 de enero y 8 de junio del 2010, y de 13 y 27 de marzo del 2012, anexos a la presente Resolución, por los que se determina la documentación que los entes sometidos a la fiscalización de la Sindicatura de Cuentas deben enviar a esta institución, de acuerdo con lo establecido por el artículo 29 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público.

Barcelona, 10 de abril de 2012, Jaume Amat i Reyero, Síndico mayor

ACUERDOS de 19 de enero y 8 de junio del 2010, y de 13 y 27 de marzo del 2012 del Pleno de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, por los que se aprueba establecer el contenido del extracto de los expedientes de contratación y los procedimientos para dar cumplimiento al artículo 29 de la Ley de contratos del sector público ante la Sindicatura de Cuentas de Cataluña.

Los entes sometidos a la fiscalización de la Sindicatura de Cuentas, de acuerdo con lo establecido por el artículo 29 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, le deben enviar determinada documentación relativa a los tipos de contratos y a los importes que fija dicho artículo. En concreto, y dentro del plazo de los tres meses siguientes a la formalización del contrato, estos entes deben enviar a la Sindicatura de Cuentas una copia certificada del documento en el que se haya formalizado el contrato y adjuntar un extracto del expediente del cual se derive.

Para que el tratamiento de estos datos sobre determinados contratos efectuados por el sector público catalán resulte más eficiente y eficaz para la función fiscalizadora que fundamenta la obligación de rendirlos, hay que homogeneizar la infor-ma-ción que debe recibir la Sindicatura de Cuentas en lo referente al contenido del extracto del expediente de contratación.

El Pleno de la Sidicatura de Cuentas de Cataluña, a propuesta del síndico mayor, acuerda lo siguiente: