Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial. - Boletín Oficial del Estado de 04-02-2026
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Ambito: BOE
Estado: DEROGADA. Desde 28 de Febrero de 2026
F. entrada en vigor: 05/02/2026
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 31
F. Publicación: 04/02/2026
- Derogada desde el 28 de febrero de 2026. - Resolución de 26 de febrero de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.
Preambulo
CAPÍTULO I. Medidas en materia de vivienda
Artículo 1. Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Artículo 2. Modificación del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
Artículo 3. Aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Artículo 4. Modificación del Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
CAPÍTULO II. Medidas en materia energética
Artículo 5. Descuentos en el año 2026 a consumidores domésticos de energía eléctrica vulnerables y vulnerables severos.
Artículo 6. Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.
CAPÍTULO III. Medidas en materia de empleo
Artículo 7. Medidas laborales vinculadas con el disfrute de ayudas públicas.
CAPÍTULO IV. Medidas de carácter tributario
Artículo 8. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Artículo 9. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.
Artículo 10. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Artículo 11. Plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, para el año 2026.
Artículo 12. Exención por daños personales en incendios forestales.
Artículo 13. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 14. Extensión de la línea de ayudas directas del artículo 11 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Artículo 15. Exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades de determinadas ayudas concedidas por la Comunitat Valenciana.
CAPÍTULO V. Medidas de financiación territorial
SECCIÓN 1.ª Comunidades Autónomas
Artículo 16. Entregas a cuenta de comunidades autónomas en 2026 en situación de prórroga presupuestaria.
Artículo 17. Régimen de endeudamiento autonómico.
SECCIÓN 2.ª Entidades locales
Artículo 18. Entregas a cuenta de entidades locales en situación de prórroga presupuestaria.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas.
D.A. 2ª. No exigibilidad de devolución de ingresos indebidos por las cuotas nacionales de telefonía móvil devueltas o que se devuelvan por el Estado a las compañías de telefonía móvil.
D.A. 3ª. Valor de la tasa de retribución financiera para la actividad de producción en los sistemas eléctricos no peninsulares con régimen retributivo adicional para el tercer periodo regulatorio 2026-2031.
D.A. 4ª. Plazo para la aprobación de la orden por la que se revisan los parámetros retributivos de las instalaciones de producción de energía eléctrica en los sistemas eléctricos no peninsulares con régimen retributivo adicional de aplicación al tercer periodo regulatorio.
D.A. 5ª. Análisis de los sobrecostes de generación y las condiciones de suministro eléctrico en los territorios no peninsulares.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Procedimientos de desahucio o lanzamiento suspendidos.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales.
D.F. 2ª. Salvaguardia de rango de disposiciones reglamentarias.
D.F. 3ª. Facultades de desarrollo.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
