Legislación
Legislación

Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial. - Boletín Oficial del Estado de 27-06-2020

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Mayo de 2021

F. entrada en vigor: 27/06/2020

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 178

F. Publicación: 27/06/2020


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. II Acuerdo Social en Defensa del Empleo: Medidas sociales de reactivación del empleo
Artículo 1. Expedientes de regulación temporal de empleo basados en las causas recogidas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Artículo 2. Procedimientos de suspensión y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. Artículo 3. Medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo. Artículo 4. Medidas extraordinarias en materia de cotización vinculadas a los expedientes de regulación temporal de empleo basados en las causas recogidas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. Artículo 5. Límites relacionados con reparto de dividendos y transparencia fiscal. Artículo 6. Salvaguarda del empleo. Artículo 7. Prórroga de los artículos 2 y 5 del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.
TÍTULO II. Medidas de apoyo a los trabajadores autónomos
Artículo 8. Exención en la cotización a favor de los trabajadores autónomos que hayan percibido la prestación extraordinaria de cese de durante el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Artículo 9. Prestación de cese de actividad y trabajo por cuenta propia. Artículo 10. Prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada.
TÍTULO III. Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas FCPJ (FERGEI)
Artículo 11. Cobertura por cuenta del Estado de los riesgos derivados de la adquisición por consumidores electrointensivos de energía eléctrica mediante contratos a medio y largo plazo. Artículo 12. Constitución y objeto del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas FCPJ (FERGEI). Artículo 13. Dotación del FERGEI. Artículo 14. Gestión del FERGEI. Artículo 15. Agente gestor de la cobertura de riesgos por cuenta del Estado de los riesgos derivados de la contratación de adquisición de energía eléctrica, a medio y largo plazo, de consumidores electrointensivos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Medidas temporales de transición y acompañamiento en materia de cotización. D.A. 2ª. Personas trabajadoras incluidas en expedientes de regulación de empleo que no sean beneficiarias de prestaciones de desempleo. D.A. 3ª. Comisión de Seguimiento tripartita laboral. D.A. 4ª. Diálogo en materia de desempleo. D.A. 5ª. Pacto por el empleo. D.A. 6ª. Comisión de seguimiento de las medidas de apoyo para la recuperación de la actividad de los trabajadores autónomos en el ámbito de la Seguridad Social. D.A. 7ª. Dotación inicial del FERGEI. D.A. 8ª. Importe total máximo de las operaciones del FERGEI e informe de funcionamiento. D.A. 9ª. Suscripción de convenios. D.A. 10ª. Régimen de prestación de la actividad de cobertura por cuenta del Estado de los riesgos por CESCE. D.A. 11ª. Condición ultraperiférica de Canarias.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Contratos de trabajo vigentes.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. D.F. 2ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. D.F. 3ª. Título competencial. D.F. 4ª. Incorporación al ordenamiento jurídico de la Directiva (UE) 2017/159 del Consejo, de 19 de diciembre de 2016, en lo que se refiere a la repatriación de los pescadores. D.F. 5ª. Incorporación de Derecho de la Unión Europea. D.F. 6ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 7ª. Entrada en vigor. ANEXO. PRESUPUESTO DE EXPLOTACIÓN Y CAPITAL