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Ampliación del servicio telemático para solicitar los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado de menor
Para agilizar la solicitud en periodo ininterrumpido o fraccionado, a tiempo parcial o a tiempo completo, de prestaciones como la de nacimiento y cuidado del menor y permisos derivados del nacimiento de hijo/a o la adopción o guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar, el portal «Tu Seguridad Social» -permite la solicitud telemática de esta prestación con certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve permanente. Habilitándose la opción de solicitar el disfrute de los periodos sucesivos de descanso, en el caso de los progenitores que opten por dividir este periodo.
Ampliación del servicio para los periodos sucesivos
Con la ampliación del servicio para los periodos sucesivos se agiliza la resolución de la solicitud, además de evitarse desplazamientos y esperas innecesarias, en un momento en que las medidas de seguridad sanitaria aconsejan disminuir la atención presencial en las oficinas. Actualmente, el 20% de estas prestaciones se disfrutan en periodos sucesivos.
Sin certificado digital o Cl@ve permanente
Si no dispone de certificado digital o Cl@ve permanente podrá solicitar el periodo sucesivo de descanso en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) siempre que disponga de cita previa. Se podrá solicitar presentando el formulario de solicitud de disfrute en múltiples periodos, que encontrará en este enlace, y el resto de documentación. Es importante acudir a la cita previa con toda la documentación necesaria.
Para lo anterior el INSS recuerda la necesidad de solicitar en su cita la expedición de certificado digital o Cl@ve permanente, pues de esta manera todos sus trámites posteriores podrá hacerlos sin desplazamiento. La solicitud de expedición de certificado digital o Cl@ve permanente puede hacerse en un CAISS como trámite independiente solicitando cita previa, pues exige expedición presencial.
Solicitar los periodos sucesivos de descanso telemáticamente sin certificado digital
Por último, también podrá solicitar los periodos sucesivos de descanso telemáticamente sin certificado digital, adjuntando la solicitud y la documentación pertinente.
Fuente: revista.seg-social