Aprobado el anteproyecto ... Mediación

Última revisión
14/01/2019

Aprobado el anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Relacionados:

Materias: civil

Fecha: 14/01/2019

despacho
despacho

Esta nueva norma supondría la modificación de las siguientes: la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, para incorporar la mediación entre sus servicios.

Entraría en vigor a los tres años de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para asegurar un margen temporal suficiente para la adaptación reglamentaria y fomentar la presencia de mediadores en todos los partidos judiciales.

La nueva regulación de la mediación actualmente basado en su carácter exclusivamente voluntario pasa a ser denominado de 'obligatoriedad mitigada' que obliga a los litigantes a asistir a una sesión informativa y exploratoria en los seis meses previos a la interposición de la demanda en un número tasado de materias.

Esta sesión será conducida por un mediador y estará dirigida a explorar tanto el asunto objeto de controversia como el posicionamiento inicial de las partes, que recibirán información clara y precisa del procedimiento, de la dinámica de trabajo que se seguirá en caso de que finalmente se acuerde continuar la mediación y de sus beneficios frente a la vía judicial en cuanto a ahorro de tiempo y costes. En la mediación no se requiere abogado ni procurador y el coste económico de recurrir a un mediador se estima muy inferior al que incurrirían las partes si optaran por la vía judicial.

Se establece también una mediación intrajudicial que tendrá lugar cuando el juez o tribunal, una vez analizado el caso, considere que una forma alternativa al juicio puede resultar más satisfactoria para las partes, siempre que no se hubiera producido un intento de mediación con carácter previo al inicio del proceso. Se opta por no suspender el curso del proceso judicial.

Para actuar como mediador será necesaria la inscripción en el Registro de Mediadores e Institución de Mediación dependiente del Ministerio de Justicia o en los registros habilitados a tal fin por las comunidades autónomas.

Al mediador se le exigirá formación en igualdad y detección de violencia de género, de forma que, si iniciado el procedimiento observa indicios de delito de violencia de género, ponga fin al mismo. En el plazo de un año desde la publicación de la ley se prevé la modificación de los planes formativos del grado en Derecho así como de otros grados afines para incluir la asignatura de mediación como obligatoria.

FUENTE: Consejo de Ministros

? Consule el Anteproyecto publicado por el Ministerio de Justicia

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Ley de Asistencia Jurídica Gratuita - Código comentado  (Edición 2019)
Disponible

Ley de Asistencia Jurídica Gratuita - Código comentado (Edición 2019)

Editorial Colex, S.L.

22.31€

21.19€

+ Información

Ley Concursal y legislación complementaria
Disponible

Ley Concursal y legislación complementaria

Editorial Colex, S.L.

9.35€

8.88€

+ Información

La justicia restaurativa: un derecho de las víctimas de violencia de género
Disponible

La justicia restaurativa: un derecho de las víctimas de violencia de género

Pedro Jesús Antequera Jiménez

21.25€

20.19€

+ Información

Fiscalidad de los honorarios de abogados y procuradores. Paso a paso
Disponible

Fiscalidad de los honorarios de abogados y procuradores. Paso a paso

V.V.A.A

13.60€

12.92€

+ Información