Última revisión
Corrección de erratas y boletín de noticas red (BNR) con aclaraciones sobre las normas de cotización para 2023
El BOE del 6 de abril de 2023 publica una corrección de erratas de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden de cotización 2023. En paralelo, la TGSS ha publicado su boletín de noticas red (BNR) 5/2023 de 31 de marzo de 2023, informando, entre otros aspectos, sobre las nuevas bases de cotización mínimas tras la actualización de las cantidades al SMI 2023.
1. El BOE del 6 de abril de 2023 publica la corrección de erratas de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo (Orden de cotización 2023).
El pasado 31 de marzo de 2023, se publicó la Orden PCM/ 313/2023, de 30 de marzo, que contiene la modificación de la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, para establecer las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el año 2023.
Atendiendo a la corrección de erratas, las bases máximas y mínimas de cotización con efectos de 01/01/2023, serán:
Grupo de cotización | Categorías profesionales | Bases mínimas – Euros/mes | Bases máximas – Euros/mes |
---|---|---|---|
1 | Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores. | 1.759,50 | 4.495,50 |
2 | Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados. | 1.459,20 | 4.495,50 |
3 | Jefes Administrativos y de Taller. | 1.269,30 | 4.495,50 |
4 | Ayudantes no Titulados. | 1.260,00 | 4.495,50 |
5 | Oficiales Administrativos. | 1.260,00 | 4.495,50 |
6 | Subalternos. | 1.260,00 | 4.495,50 |
7 | Auxiliares Administrativos. | 1.260,00 | 4.495,50 |
Grupo de cotización | Categorías profesionales | Bases mínimas – Euros/día | Bases máximas – Euros/día |
---|---|---|---|
8 | Oficiales de primera y segunda. | 42,00 | 149,85 |
9 | Oficiales de tercera y Especialistas. | 42,00 | 149,85 |
10 | Peones. | 42,00 | 149,85 |
11 | Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional. | 42,00 | 149,85 |
2. Boletín de Noticas Red 5/2023, de 31 de marzo con aclaraciones sobre las liquidaciones complementarias y la cotización de los artistas con bajos ingresos integrados en el RETA.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha anunciado cambios importantes en los sistemas de Liquidación Directa. Estos cambios se han llevado a cabo como consecuencia de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, que modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero. Como consecuencia, durante los primeros días del mes de abril de 2023 se cerrarán todos los servicios del Sistema de Liquidación Directa (se informará al inicio de la semana que se inicia el próximo 3 de abril de 2023, mediante aviso en la página web, de la apertura de dicho sistema).
Posteriormente, se procederá a realizar la correspondiente regularización de las liquidaciones de cuotas ya presentadas respecto de los períodos de liquidación de enero y febrero de 2023. Para ello se utilizará el mismo procedimiento que se describe en el BNR 5/2022. Las liquidaciones de cuotas revisadas por las que deban ingresarse diferencias en la cotización se podrán ingresar sin recargo alguno hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que la Tesorería General de la Seguridad Social comunique la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas, de acuerdo con la Disposición Transitoria primera de la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero.
A partir de estas nuevas medidas, la TGSS recuerda también la necesidad de no presentar liquidaciones complementarias con el fin de evitar duplicidades posteriores. Además, el sujeto responsable del pago de las cuotas podrá consultar el importe de las cuotas complementarias, a partir del día 26 del mes, accediendo a su Área Personal en el Portal de la TGSS – IMPORTASS.
Por otra parte, la Orden PCM/313/2023 modifica también la tabla de tramos y bases de cotización para las personas al servicio del hogar. Se informa que las cuotas correspondientes al periodo de liquidación de marzo de 2023 se calcularán aplicando ya las nuevas bases de cotización previstas en el apartado 1 del artículo 15 de la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero. Estas cuotas se cargarán en la cuenta bancaria que el interesado tenga comunicada en la TGSS el último día hábil del mes de abril.
Además, las cuotas correspondientes al periodo de liquidación de febrero de 2023 se regularizarán en el mes de mayo mediante la emisión de la correspondiente liquidación complementaria, sin que se requiera actuación alguna por parte de los interesados. Esta liquidación complementaria se cargará, junto con las cuotas del mes de abril, en la cuenta bancaria que el interesado tenga comunicada en la TGSS para el pago de las cuotas de Seguridad Social. Finalmente, se recordará que las cuotas correspondientes al periodo de liquidación de enero de 2023 serán objeto de regularización a partir del mes de junio de 2023.
El BNR 5/2023, también aclara aspectos de interés sobre el nuevo art. 313 bis de LGSS, sobre cotización de los artistas con bajos ingresos integrados en el RETA.
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