Última revisión
07/11/2025
El SEPE reconocerá a las trabajadoras del hogar los períodos cotizados antes del 2022 para concederles el paro

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha emitido un nuevo criterio administrativo interno que supone un importante avance en los derechos laborales de las trabajadoras del hogar. Según la nota interna del propio organismo (no pública), a partir de ahora, se reconocerán como cotizados al desempleo los períodos previos a octubre de 2022, siempre que la persona permaneciera dada de alta en el sistema, permitiendo con carácter retroactivo el acceso a la prestación contributiva y no contributiva por desempleo para este colectivo.
Reconocimiento de períodos previos a la cotización obligatoria
Hasta ahora, las trabajadoras del hogar sólo podían acceder a la prestación por desempleo respecto de los períodos cotizados a partir de octubre de 2022, fecha en la que una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la ratificación del Convenio 189 de la OIT forzaron un cambio en la legislación española. Previamente, pese a estar en alta en la Seguridad Social, este colectivo no podía cotizar por desempleo, lo que suponía una discriminación respecto al resto de personas trabajadoras.
La reciente instrucción del SEPE, fechada el 11 de noviembre de 2025, tras consulta a la Abogacía General del Estado y atendiendo a diversos pronunciamientos judiciales, establece que para el acceso al paro se computarán, además de los meses y años efectivamente cotizados desde octubre de 2022, aquellos períodos comprendidos en los seis años previos en los que la persona estuviese en alta sin cotización por desempleo, por imperativo legal de la normativa anterior.
Procedimiento de aplicación y alcance de la medida
Este cambio de criterio implica que las Direcciones Provinciales del SEPE deberán considerar como válidos, a efectos de acumulación de tiempo cotizado para el paro, no solo los periodos tras octubre de 2022 con cotización efectiva, sino también los inmediatamente anteriores en los que la trabajadora estuviera en alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social, aunque no hubiese podido cotizar por desempleo debido a la legislación vigente hasta ese momento.
Igualmente, el SEPE revisará de oficio las resoluciones definitivas en vía administrativa que hayan sido impugnadas en la jurisdicción social por las personas interesadas, aplicando el nuevo criterio a solicitudes, reclamaciones previas y expedientes aún pendientes. De este modo, los derechos de más de 341.000 empleadas de hogar en alta en el sistema se ven ampliados, permitiendo a un mayor número de personas acceder tanto a la prestación contributiva como al subsidio por desempleo, incluido el subsidio para mayores de 52 años.
Respuesta sindical y contexto normativo
El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) ha valorado positivamente este movimiento por parte del SEPE y el Ministerio de Trabajo, destacando que «evita a las personas trabajadoras del hogar tener que seguir pleiteando sobre esta materia». La organización sindical recuerda, no obstante, que aún quedan reformas normativas pendientes para consolidar este derecho y reclama al Ministerio de Trabajo que convoque a los interlocutores sociales para abordar los cambios legales necesarios.
En el comunicado sindical se recuerda que la extensión de la prestación por desempleo a las trabajadoras del hogar fue consecuencia del Real Decreto-ley 16/2022, considerado un avance histórico, pero que no incluyó el reconocimiento de los periodos previos a su entrada en vigor, puesto que era imposible cotizar por desempleo antes de dicha fecha. CCOO argumenta que las empleadas no son responsables de esa limitación normativa y que la jurisprudencia europea exige dar una respuesta efectiva que garantice la igualdad de trato.
Implicaciones para el colectivo y próximas etapas
El nuevo criterio supone que, para la determinación del período de ocupación cotizada necesario para el acceso al desempleo, se sumen los periodos en alta en el régimen, incluso sin cotización, dentro de los seis años anteriores a la solicitud de prestación. También afectaría a la duración de la prestación de desempleo y al requisito de carencia para el subsidio a mayores de 52 años, ya que permite computar esos mismos periodos, ampliando la protección social del colectivo.
Sin embargo, hemos de subrayar que este reconocimiento tiene por ahora un carácter meramente administrativo y que, para dotarlo de plena seguridad jurídica, resulta imprescindible un cambio normativo en la legislación vigente subsanando las deficiencias del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre.
A TENER EN CUENTA. El reconocimiento de los períodos trabajados y la revisión de casos pendientes permitirá que miles de trabajadoras del hogar puedan acceder a una prestación a la que tienen derecho, no obstante, la medida del SEPE no tiene por el momento ningún tipo de validación legislativa. Se trata de un cambio de criterio comunicado de forma interna en el organismo.
Fuente: CC. OO
