Última revisión
10/12/2025
El TS fija en días hábiles el cómputo de permisos en Contact Center

En una sentencia de gran relevancia para el sector laboral, el Tribunal Supremo ha confirmado íntegramente la SAN n.º 9/2024, de 25 de enero, ECLI:ES:AN:2024:54, sobre el régimen de permisos retribuidos relacionados con hospitalización, accidente grave y fallecimiento de familiares, aplicable al convenio colectivo de las empresas de Contact Center. La decisión, fechada el 13 de noviembre de 2025, supone la consolidación de la interpretación más favorable para los trabajadores, al establecer que estos permisos deben disfrutarse en días hábiles y partir siempre del primer día laborable tras la ocurrencia del hecho causante.
La sentencia del Alto Tribunal, según informó el sindicato Comisiones Obreras (CCOO) en una nota informativa dirigida al sector, zanja una larga controversia interpuesta en el citado procedimiento de impugnación del convenio y clarifica que los permisos retribuidos por motivos de accidente, enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad deben computarse excluyendo los días no laborables. CCOO, una de las principales fuerzas sindicales en el sector, ha valorado la resolución como una garantía decisiva para el disfrute efectivo de estos derechos laborales.
Permiso por accidente, enfermedad grave o hospitalización: cinco días hábiles
La sentencia tiene especial incidencia sobre los permisos concedidos por accidente, enfermedad grave o hospitalización de familiares. El texto del convenio, ahora refrendado judicialmente, estipula que la persona trabajadora tiene derecho a cinco días de permiso retribuido en distintos supuestos: ya sea por accidente o enfermedad grave que no implique hospitalización, o por hospitalización o intervención quirúrgica que no requiera ingreso hospitalario pero sí reposo domiciliario. El beneficio también alcanza a supuestos en los que el afectado es pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Según el fallo, estos cinco días de permiso deben disfrutarse de forma continuada dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha en la que se produjo el hecho causante, pero el cómputo comienza a partir del primer día laboral efectivo para el trabajador o trabajadora que solicita el permiso. Esta precisión es considerada por CCOO como especialmente relevante, ya que garantiza que el derecho no se ve mermado por la coincidencia del hecho con días de descanso semanal o festivos, ofreciendo así un marco más justo y claro para los empleados del sector.
Permiso por fallecimiento: dos días naturales desde el primer día laborable
En el caso de fallecimiento de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, la sentencia establece la concesión de dos días naturales de permiso retribuido. De nuevo, el cómputo de los días de permiso debe iniciarse desde el primer día laborable para la persona trabajadora a partir del fallecimiento, siguiendo la pauta interpretativa de maximización del disfrute efectivo de los permisos.
La interpretación ahora reafirmada había sido defendida reiteradamente por las organizaciones sindicales y operadores jurídicos del ámbito laboral, alegando que la aplicación de días naturales, o el inicio del cómputo en fechas coincidentes con festivos o días no laborables, reducía injustamente el beneficio otorgado por el convenio colectivo y privaba a los trabajadores de la esencia del derecho reconocido.
Efectos inmediato
La aplicación de estos criterios jurisprudenciales tendrá un impacto inmediato para los trabajadores del Contact Center, quienes podrán reclamar la concesión o regularización de permisos según esta nueva doctrina cuando los hechos causantes tengan lugar en fines de semana, festivos o períodos equivalentes. Dichos permisos se otorgarán al margen de la jornada laboral habitual, respetando que el derecho al permiso comience a contar únicamente desde el primer día en el que el trabajador se encuentre obligado a aportar su prestación de servicios tras producirse el suceso.
Implicaciones sectoriales y jurisprudenciales
La sentencia del Tribunal Supremo, de carácter firme, sienta un precedente interpretativo de gran valor a nivel sectorial y podría ser tomada en consideración en otros ámbitos donde se negocien regímenes similares de permisos retribuidos. Además, aporta seguridad jurídica tanto a empleadores como a empleados, permitiendo a las empresas ajustar sus procedimientos internos y a los trabajadores exigir el cumplimiento estricto de lo pactado en el convenio colectivo.
Por parte de CCOO Telecomunicaciones, área sectorial del sindicato, se subraya que el reconocimiento del disfrute efectivo de los permisos retribuidos es fundamental para la conciliación de la vida laboral y familiar, elemento especialmente sensible en un sector caracterizado por la alta rotación de personal y los turnos rotativos. Asimismo, afirman que este avance servirá de referencia para futuras negociaciones colectivas y seguimiento de políticas laborales en el sector de los Contact Center.
Fuente: CCOO Telecomunicaciones. Área Contact Center.
