La demanda tras papeleta ...stimiento.

Última revisión
09/09/2025

La demanda tras papeleta interrumpe la prescripción del art. 59.1 ET, aunque termine por desistimiento.

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Materias: laboral

Fecha: 09/09/2025

La presentación de papeleta de conciliación y demanda, aunque acabe en desistimiento, interrumpe la prescripción anual según art. 59.1 del ET.

La demanda tras papeleta interrumpe la prescripción del art. 59.1 ET

Conforme a la STS n.º 724/2025, de 15 de julio del 2025, ECLI:ES:TS:2025:3741, y aplicando doctrina unificada y reiterada por la Sala (entre otras, STS, rec. 1113/2011, de 27 de diciembre de 2011), la presentación de una papeleta de conciliación seguida de demanda judicial, aunque esta última finalice por desistimiento, produce efecto interruptivo del plazo de prescripción previsto en el artículo 59.1 del Estatuto de los Trabajadores .

En concreto, la sentencia establece:

  • La interrupción de la prescripción se produce por el ejercicio de la acción —ya sea extrajudicial o judicial—, y se mantiene durante todo el tiempo en que la pretensión esté judicialmente pendiente, aun cuando termine el procedimiento por desistimiento.
  • «El desistimiento deja intacta la acción, mientras que la renuncia de acciones la extingue», por lo que el desistimiento no impide el efecto interruptivo.
  • El cómputo del plazo prescriptivo vuelve a iniciarse tras el desistimiento, sin perjuicio del efecto interruptivo producido.
  • El Tribunal Supremo afirma expresamente que en el presente caso perduran los efectos interruptivos de la primera reclamación extrajudicial, como lo es la papeleta de conciliación, si a ella sigue una demanda abriendo la vía judicial, aunque esta finalice por desistimiento.

El fallo casa y anula la sentencia recurrida por no haberse ajustado a esta doctrina y confirma la no prescripción de la acción en el caso examinado, al haberse producido correctamente la interrupción del plazo.

Por tanto,  la presentación de papeleta de conciliación seguida de demanda que finaliza por desistimiento interrumpe la prescripción anual del apdo. 1 del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, reanudándose el cómputo tras el desistimiento, y manteniéndose la posibilidad de sucesivas interrupciones conforme a los actos previstos en el artículo 1973 del Código Civil.

Efectos de la presentación de la papeleta de conciliación.

Plazos de prescripción en derecho laboral.

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