Reconocida la nacionalidad española a un extranjero por buen comportamiento pese...ocumentación exigida
Noticias
Reconocida la nacionalida...ón exigida

Última revisión
24/08/2020

Reconocida la nacionalidad española a un extranjero por buen comportamiento pese a no contar con la documentación exigida

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Relacionados:

Materias: administrativo

Fecha: 24/08/2020

foto ebook documentación extranjeros
foto ebook documentación extranjeros
La STS Nº 972/2020, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 6107/2019 de 09 de Julio de 2020, Ecli: ES:TS:2020:2241, ha estimado el recurso presentado por un ex militar argelino que huyó en junio de 1998 desde su país a Ibiza a bordo de un helicóptero militar, y ha reconocido su derecho a obtener la nacionalidad española por razón de residencia, anulando así la sentencia de la Audiencia Nacional, de 27 de junio de 2019, por las que fue denegada al recurrente la solicitud de concesión de la nacionalidad española.
 
Las resoluciones administrativas denegaron la solicitud de concesión de la nacionalidad española, por razón de residencia, porque el recurrente no había aportado todos los documentos exigidos para la tramitación del expediente, entre ellos los certificados de nacimiento y el de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizados.
 
El Alto Tribunal establece como doctrina que la imposibilidad de aportación de la documentación expresada "no puede implicar, necesariamente, el rechazo de la solicitud de concesión de nacionalidad por razón de residencia, por cuanto habrán de ponderarse, en conjunto, todas las circunstancias que concurran en el solicitante de la nacionalidad, puestas de manifiesto por el mismo, o aportadas de oficio por la Administración, con la finalidad -que es lo esencial- de poder justificar "buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española".
 
En ese sentido, el TS valora esas circunstancias y considera que debe reconocerse la nacionalidad pedida por concurrir buena conducta cívica e integración en la sociedad española del solicitante. Recuerda la sentencia que esta persona entró en España a bordo de un helicóptero militar huyendo de su país; donde siendo teniente, desertó aprovechando unas maniobras militares. No hay constancia que, desde aquella fecha, haya abandonado la isla de Ibiza. Obtuvo permiso de residencia desde el 3 de febrero de 1999 (permanente desde el 6 de mayo de 2004), habiendo sido sucesivamente renovado, siendo la última renovación de 30 de enero de 2018 y cuenta con Tarjeta de residente.
 
La sentencia recuerda además que ha trabajado ininterrumpidamente en Ibiza desde septiembre de 1999, aportando informe de Vida laboral que acredita más de dieciséis años de cotización a la Seguridad Social, con multitrabajo para una empresa turística (como fijo discontinuo) así como para la Cruz Roja de Ibiza. Y aporta declaración tributaria correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Además, aportó certificación original de nacimiento, debidamente traducido del francés, y mediante sentencia de la Audiencia Nacional, se había reconocido las especiales dificultades que pudo tener para obtener el certificado de antecedentes penales en Argelia y el certificado de nacimiento debidamente legalizado.
 
El Supremo añade que la propia sentencia de la Audiencia afirma que "ninguna objeción respecto de la buena conducta podría fundamentar la denegación de la nacionalidad', como se desprende de las certificaciones de la Cruz Roja de Ibiza, de la certificación policial de una cancelación de antecedentes policiales, el "contundente" informe del Ministerio Fiscal así como de la Juez Encargada del Registro Civil, que no se opusieron a la concesión de la nacionalidad y que no apreciaron deficiencia alguna en la documentación presentada durante la tramitación en el Registro Civil de Ibiza.

Pues bien, con todo lo anterior, y una vez casada la sentencia de instancia debemos realizar una valoración positiva sobre la concurrencia de buena conducta cívica del recurrente y sobre su integración en la sociedad española. "Una ponderación de todas las circunstancias expresadas debería haber conducido a la anterior conclusión y no considerar las exigencias reglamentarias de documentación como elemento insalvable para llegar a la conclusión que la propia sentencia reconoce: ninguna objeción respecto de la buena conducta podría fundamentar la denegación de la nacionalidad", tras haber apreciado la dificultad para la obtención de la citada documentación".

Procedimiento para adquirir la nacionalidad española por residencia.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La residencia en territorio español. Paso a paso
Disponible

La residencia en territorio español. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

17.00€

16.15€

+ Información

Entrada y salida del territorio español. Paso a paso (DESCATALOGADO)
Disponible

Entrada y salida del territorio español. Paso a paso (DESCATALOGADO)

Dpto. Documentación Iberley

12.75€

6.38€

+ Información

Tarjeta 100 Formularios Jurídicos imprescindibles
Disponible

Tarjeta 100 Formularios Jurídicos imprescindibles

Editorial Colex, S.L.

49.95€

47.45€

+ Información

Suscripción 1.000 formularios indispensables
Disponible

Suscripción 1.000 formularios indispensables

Dpto. Documentación Iberley

100.00€

95.00€

+ Información

Modos y procedimiento de adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad española
Disponible

Modos y procedimiento de adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad española

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información