Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas a desarrollar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2026.
1.– El objeto de esta convocatoria son las ayudas destinadas a financiar, en el ejercicio 2026, los gastos derivados de la realización de las prácticas formativas por parte del alumnado de acciones formativas acreditables (certificados de profesionalidad, certificados profesionales o grados C) financiadas o autorizadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, mediante dos líneas subvencionales:
a) Ayudas a las empresas y entidades de formación para financiar el coste de la cotización y los gastos de gestión relativos al cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
b) Ayudas a las entidades de formación por la tutorización de las prácticas formativas realizadas en sus propios centros, con la autorización de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por el alumnado que no puede ser dado de alta en la Seguridad Social por no encontrarse o residir legalmente en España.
De acuerdo con la Orden TED/818/2021, de 12 de julio, esta convocatoria tiene como objeto cofinanciar actividades que contribuyan a una transición ecológica que, a través del conocimiento científico, hagan frente al desafío del cambio climático y la conservación del patrimonio natural.
La convocatoria tiene por objeto específico apoyar el acondicionamiento y adecuación de espacios interiores destinados a convertirse en refugios climáticos e integrarse en la Red de Refugios Climáticos, a través de tres líneas de ayuda diferenciadas:
-Línea A), para la adecuación de equipamientos como refugios individuales.
-Línea B), para la adecuación de equipamientos para la creación de redes de refugios.
-Línea C), para la mejora de la adaptación climática de centros educativos habilitados como refugio.
El ámbito de actuación de la actividad objeto de las subvenciones será todo el territorio nacional.
Es objeto de la presente Orden la regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a personas físicas o jurídicas privadas que trabajen en la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la vida social durante el año 2026 (Convocatoria Euskalgintza).
Se aprueba la convocatoria del ejercicio 2026 de la Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA previstas en el capítulo I y capítulo III del Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectos, modificado por Decreto 114/2025, de 2 de septiembre.
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar los costes laborales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, así como los gastos de gestoría derivados durante el primer año por la contratación de personas cualificadas desempleadas que sean contratadas, con un contrato indefinido a jornada completa, por parte de personas autónomas o empresas, que no tengan más de nueve personas contratadas.
El objetivo de la convocatoria para las personas jóvenes que se contraten es que adquieran experiencia profesional relacionada con su formación; para las mujeres entre 30 y 45 años es proporcionarles una oportunidad de retornar al mercado laboral en un trabajo cualificado; para las personas mayores de 45 años, ofrecerles una oportunidad de empleo que reconozca su experiencia y formación. En todo caso, las funciones que tengan que llevar a cabo tienen que ser adecuadas a su titulación.
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto facilitar la financiación de la adquisición de uva por las bodegas de elaboración de vino acogido a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas vitivinícolas gallegas para la campaña 2026.
El objeto de la subvención a las entidades organizadoras de actividades feriales es mejorar la competitividad del sector ferial catalán, de acuerdo con el Plan de competitividad, crecimiento e innovación de la Dirección General de Comercio.
La finalidad de la subvención es fomentar las políticas en relación con las actividades feriales.
Las ayudas que se concedan mediante esta convocatoria tendrán como finalidad contribuir al cumplimiento del objetivo nacional de reducción del consumo de energía final, para el periodo 2021-2030, que fija el artículo 8 de la Directiva (UE) 2023/1791, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023 relativa a la eficiencia energética, promoviendo proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética, que consigan una reducción del consumo de energía final, en los sectores consumidores de energía.
La presente Orden tiene por objeto regular la concesión de ayudas a la adquisición e implantación de los siguientes sistemas (excluyéndose los contratos de leasing, renting o cualquier otro negocio jurídico diferente de la adquisición), que deberán ser realizadas durante el año 2026 y, en todo caso, antes del 30 de noviembre de 2026:
a) Sistemas de localización y gestión de flotas (GPS o similar), conectados a un centro de control y gestión, para transporte público pesado de mercancías y de personas viajeras en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor o conductora. No se subvencionarán la adquisición individualizada de elementos de localización, que no estén integrados en un sistema de control y gestión de flotas.
b) Elementos de seguridad en los vehículos de transporte público pesado de mercancías y de personas viajeras en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor o conductora, que contribuyan a una conducción segura, tales como:
– Sistemas antitijera.
– Registrador de accidentes.
– Detección y auto extinguido de incendios.
– Sistemas de cámara que registran desde la luna delantera la dinámica de conducción (dash cam), además de todas aquellas enfocadas a mejorar la visibilidad o la maniobrabilidad en la conducción.
– Tecnologías para mitigar colisiones como el uso de sensores y radares para evitar dichas colisiones.
– Sistemas de llamada de emergencia o de aviso automático al puesto de control en caso de accidente o emergencias.
c) Sistemas cuyo objeto sea optimizar la conducción eficiente y reducir el consumo de combustible, tales como:
– Económetros y sistemas de monitorización de la conducción.
– Controladores de velocidad de crucero.
d) Sistemas de tacógrafo inteligente de segunda generación.

