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Localización
Murcia
Categorías
Empresa, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Agricultura, Economía Social, Caza y pesca, Cultura e idiomas, Industria, Participación ciudadana, Transporte y vehículos, Estadísticas y encuestas, Turismo y agencias de viajes, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Igualdad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
11/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la ayuda en especie no podrá ser superior a 30.000 euros de subvención bruta por beneficiario y convocatoria y la intensidad máxima podrá alcanzar hasta el 100% de subvención bruta
Finalidad
La presente disposición, tiene por objeto establecer, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las bases reguladoras de las ayudas en especie dirigidas a promoción internacional de las empresas la Región de Murcia mediante la participación en ferias, eventos expositivos y promocionales y misiones comerciales al amparo del Programa específico de Ayudas que se acompaña como Anexo I, y destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto, salvo para la participación en ferias comerciales.
Estas ayudas podrán financiarse dentro del Programa de la Región de Murcia FEDER 2021-2027 dentro del Objetivo Político 1 ?Una Europa más competitiva y más inteligente", Objetivo Específico 1.3 ?El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas?, Actuación 15 ?El apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados?.
Localización
Castilla y León
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Empresa, Industria, Empleo y contratación, Ganadería, Agricultura, Ferias y congresos, Desarrollo Local y Rural, Servicios Sociales, Seguridad, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Economía Social, Igualdad
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
10/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. Siempre que los límites máximo y mínimo de la subvención por proyecto de Doctorado Industrial lo permitan, la intensidad de la ayuda para el beneficiario no excederá a) del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial; b) del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental; 2. Las intensidades de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental podrán aumentarse hasta un máximo del 80 % de los costes subvencionables, como se indica a continuación c) en 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas; d) en 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones: 1º€ que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables, 2º€ que los resultados del proyecto se difundan por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
Finalidad
1. El objeto de esta Orden es establecer las Bases Reguladoras que regirán las convocatorias para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a promover proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental, en los que se enmarque el desarrollo de un doctorado industrial, en los ámbitos de conocimiento de la Plataforma de dinamización y sectores de actividad de I+D de interés estratégico regional.

2. El proyecto se ejecutará en colaboración entre la entidad beneficiaria y el ITACyL donde el doctorando debe llevar a cabo su actividad investigadora.

3. Estas ayudas tienen una doble finalidad: por un lado, favorecer la captación y el desarrollo de talento investigador y su movilidad entre el entorno empresarial y el entorno investigador (entorno privado?entorno público) y por otro, la potenciación de la colaboración entre entornos en ámbitos fundamentales para el desarrollo de soluciones de I+D directamente aplicables.

4. Se considera que las ayudas tienen efecto incentivador, de forma que la actividad del proyecto no se habrá iniciado antes de presentar la solicitud de ayuda.

5. Estas Bases Reguladoras serán aplicables a las convocatorias que se publiquen a partir de la aprobación de las mismas, sin perjuicio del ámbito temporal necesario para la finalización de la actividad subvencionada y su posterior justificación, según lo que indiquen las convocatorias y las resoluciones de concesión de las ayudas.

6. Las convocatorias se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en forma de extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de las mismas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos.
Localización
BOE
Categorías
Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Agricultura, Empleo y contratación, Empresa, Ganadería, Seguridad, Igualdad, Cultura e idiomas, Comercio y marketing, Construcción y obras, Servicios Sociales, Infancia y juventud, Energía, Vivienda e hipotecas, Industria, Economía Social, Turismo y agencias de viajes, Consumo
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social
F. Publicación
25/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 2.000.000,00 de euros.
Finalidad
Modificación de la Orden TED/1014/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., a grandes proyectos transformadores de índole científico-técnica para la promoción de la bioeconomía y la contribución a la transición ecológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021, y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Agricultura, Caza y pesca, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Sector Financiero/Bancario, Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Comercio y marketing, Industria, Igualdad, Energía, Ganadería, Educación y ciencia, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Familia, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
08/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 80.000.000,00 euros
Finalidad
El objeto de esta normativa es regular las características, requisitos y condiciones de la línea de préstamos ?ICF Agroliquiditat? con condiciones preferentes para la financiación de personas físicas y/o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrarias o de empresas agrarias y/o agroalimentarias, las forestales y las del sector pesquero con sede social u operativa en Catalunya, para necesidades de circulante y pequeña inversión, gestionada por el ICF y cofinanciada por el DACC.

La línea está dotada con 80.000.000,00 de euros.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Igualdad, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Agricultura, Caza y pesca, Energía, Transporte y vehículos, Economía Social, Seguridad, Infancia y juventud, Construcción y obras, Minería, Justicia, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
05/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención otorgada, junto con las ayudas de minimis percibidas por la beneficiaria en los últimos 3 ejercicios fiscales no podrá superar 200.000,00 euros. En el caso de las empresas que se dediquen al transporte de mercancías por carretera, la cantidad se reducirá a 100.000,00 euros durante 3 ejercicios fiscales. En ambos casos se tendrá en cuenta el ejercicio fiscal de otorgamiento de la ayuda y los dos ejercicios fiscales anteriores.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para cupones a la competitividad empresarial.

Los servicios subvencionables para cada línea de ayudas están regulados en el anexo 2 de esta resolución y, de forma enunciativa, son los siguientes:

1.1. Línea de Cupones Estrategia.

1.2. Línea de Cupones Industria 4.0: Implantación.

1.3. Línea de Cupones Green.

1.4. Línea de Cupones Iniciación a la exportación: Planes de promoción internacional y Export Manager.

1.5. Línea Cupones International eTrade.

1.6. Línea de Cupones tecnologías digitales avanzadas.

1.7. Línea de Cupones Programas Europeos I+D+i.
Localización
Castilla y León
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Seguridad, Medio Ambiente, Comercio y marketing, Servicios Sociales, Energía, Cultura e idiomas, Ocio y tiempo libre, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Transporte y vehículos, Infancia y juventud, Desarrollo Local y Rural, Estadísticas y encuestas, Igualdad
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
28/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía global de las subvenciones se determinará, según las disponibilidades presupuestarias, en la correspondiente convocatoria, pudiendo alcanzar hasta el 75% de la inversión aprobada por la Administración.
Finalidad
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar actuaciones dirigidas a fomentar la calidad del sector turístico de Castilla y León.

Finalidad.

Las subvenciones reguladas en la presente orden tendrán por finalidad apoyar y potenciar el sector turístico, para elevar el nivel de las infraestructuras turísticas ubicadas en la Comunidad de Castilla y León, así como la prestación de servicios turísticos con mayor valor añadido, a través del fomento de una serie de actividades de interés general que se desarrollan bajo la iniciativa y responsabilidad del sector privado.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Vivienda e hipotecas, Infancia y juventud, Transporte y vehículos, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Desarrollo Local y Rural, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Familia, Estadísticas y encuestas, Ferias y congresos, Economía Social, Igualdad, Justicia, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
28/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda de 250 euros mensuales considerando que, en ningún caso y en ninguna mensualidad, la suma de las ayudas recibidas por las personas jóvenes que convivan en la vivienda puede superar el importe de la renta arrendaticia o precio de cesión que conste en el contrato.
Finalidad
1. Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión del Bono Alquiler Joven para facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a las personas jóvenes con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas a las personas arrendatarias o cesionarias.

2. El Bono Alquiler Joven a que se refiere las presentes bases reguladoras será de aplicación en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.

3. Las ayudas que constituyen el Bo Alquiler Joven tendrán carácter finalista y se destinarán a contribuir al pago de la renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda o habitación habituales facilitando tanto el acceso como, en su caso, la continuación en el disfrute de las ya arrendadas o cedidas.
Localización
Aragón
Categorías
Cultura e idiomas, Deporte, Empresa, Educación y ciencia, Empleo y contratación, Igualdad, Comunicación pública, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Vivienda e hipotecas, Participación ciudadana, Justicia, Servicios Sociales, Seguridad, Economía Social, Comercio y marketing
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
10/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas durante el ejercicio 2022 para la realización de actividades de producción, programación y distribución vinculadas a las artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo, que se desarrollen desde el día 14 de noviembre de 2021 hasta el día 13 de noviembre de 2022, en las siguientes modalidades:

1. Producción de espectáculos de artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo. Deberá aportarse una grabación del estreno, con la limitación de un proyecto por peticionario. En caso de que el solicitante presente más de un proyecto, sólo podrá ser subvencionado el que haya obtenido mayor puntuación, siempre que a esa puntuación le corresponda ayuda. En caso de que los dos proyectos estén valorados con la misma puntuación, el peticionario deberá optar por uno de los dos proyectos.

2. Giras y actuaciones fuera de Aragón, entendiendo por giras la distribución de espectáculos de artes escénicas. En esta modalidad se contemplan los siguientes apartados:

a) Gira nacional peninsular: Actuaciones, con un mínimo de tres, fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, pudiendo ser consecutivas o no.

b) Actuaciones en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.

c) Actuaciones internacionales.

d) Participación en festivales y ferias nacionales e internacionales.

Es esta modalidad solo se subvencionará un proyecto por peticionario y por apartado. Podrá presentarse más de un proyecto, pero únicamente se subvencionará el que obtenga mayor puntuación.

3. Programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada, por un periodo no inferior a seis meses.
Localización
Cataluña
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Empresa, Industria, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Igualdad, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Transporte y vehículos, Cultura e idiomas, Economía Social, Vivienda e hipotecas, Medio Ambiente, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 23.600,00 euros
Finalidad
Estas bases tienen como objeto regular las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de proyectos de Doctorado Industrial (en adelante, proyectos DI) en cualquier ámbito de conocimiento y en cualquier sector empresarial. El proyecto de investigación debe desarrollarse en el marco estratégico de una empresa o entidad del entorno empresarial y, al mismo tiempo, en el seno de un grupo de investigación de un organismo de investigación, en los que el doctorando o doctoranda debe llevar a cabo su formación investigadora, con el objetivo de hacer una tesis doctoral. En concreto, se prevén las siguientes modalidades:

a) Proyectos DI cofinanciados, en los que el entorno empresarial tiene un centro de trabajo en Cataluña y el doctorando o doctoranda se dedicará al proyecto de investigación a tiempo completo. En esta modalidad, tanto el entorno académico como el empresarial son beneficiarios de la ayuda. Las disposiciones específicas de esta modalidad están definidas en el apartado III.

b) Proyectos DI específicos, previstos para casos especiales, como la dedicación parcial del doctorando o doctoranda al proyecto de investigación, que el entorno empresarial esté fuera de Cataluña o que el entorno empresarial esté representado por una entidad perteneciente al sector público de la Generalitat. En esta modalidad sólo el entorno académico tendrá la consideración de beneficiario. Las disposiciones específicas de esta modalidad están definidas en el apartado IV.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Vivienda e hipotecas, Energía, Construcción y obras, Medio Ambiente, Empresa, Consumo, Empleo y contratación, Transporte y vehículos, Economía Social, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Comercio y marketing, Seguridad, Igualdad, Turismo y agencias de viajes, Participación ciudadana, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Minería, Deporte, Justicia, Sector Financiero/Bancario, Ferias y congresos, Hostelería y hoteles
Beneficiarios
Administraciones públicas, Comunidades de propietarios, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
25/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1. Constituye el objetivo de esta resolución establecer las bases reguladoras que regirán el procedimiento de gestión y concesión de subvenciones de los programas de ayuda a las actuaciones del Plan de recuperación,

a) Ayudas para edificios (Programa 3).

b) Ayudas para viviendas (Programa 4).

c) Ayuda para elaborar el libro del edificio existente para la rehabilitación y redacción de proyectos de rehabilitación (Programa 5).

2. Dentro de las ayudas para edificios, estarán integradas las siguientes ayudas específicas:

a) Ayuda a la rehabilitación de edificios (código: AFE-EDIF).

b) Ayuda complementaria ? personal a la rehabilitación de edificios por motivos de vulnerabilidad (código: AFE-EDIF-COMP-01).

c) Ayuda complementaria a la rehabilitación de edificios, para la retirada, manipulación, transporte y gestión de los residuos de amianto (código: AFE-EDIF-COMP-02).

d) Ayuda complementaria de la Generalidad a la ayuda de rehabilitación del edificio por motivos de vulnerabilidad (código: AFE-EDIF-COMP-03).

3. Dentro de las ayudas para viviendas estarán integradas estas ayudas específicas:

a) Ayuda a la mejora de la eficiencia energética de vivienda (código: AFE-VIV).

b) Ayuda a la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire (código: AFE-EVT).

4. Dentro de las ayudas para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, estarán integradas las siguientes ayudas específicas:

a) Ayuda a la implantación y generalización del libro del edificio existente para la rehabilitación (código: AFE-LDE).

b) Ayuda a la elaboración de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios (código: AFE-PYT).

5. Estas ayudas como objetivo, tanto en el ámbito urbano como rural, la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominantemente residencial en los que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, y ésta debe estar vinculada a las actuaciones realizadas, con especial atención a la envolvente edificatoria en:

a) Edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo las viviendas.

b) Unifamiliares aislados o pertenecientes a edificios plurifamiliares en régimen de propiedad horizontal.

6. Se trata de una concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en la que el criterio para tramitar las solicitudes es el orden de presentación para cada tipo de ayudas convocadas, según lo estipulado en:

a ) Los artículos 35.1, 45.1 y 54.1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.

b) Los artículos 164 y 165 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalidad, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

c) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento.

7. No podrán ser objeto de las ayudas y, consiguientemente, no podrán subvencionarse en ninguno de los tipos de ayuda:

a) Las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

b) Las intervenciones de rehabilitación que tienen como objetivo derribar todo el edificio existente manteniendo solo las fachadas.

c) Los casos de edificios unifamiliares y/o plurifamiliares de propietarios únicos que sean viviendas que se utilicen para obtener rendimientos de actividades económicas reguladas por la normativa sectorial aplicable de uso turístico.

La solicitud de cualquier edificio unifamiliar de propietario único comporta también la renuncia expresa de realizar actividades económicas de tipo turístico por un período de diez años desde la fecha de concesión de la subvención y, en caso de incumplimiento, procederá la revocación de la subvención, con el reintegro de la subvención abonada más los intereses legales devengados.

d) Las actuaciones en elementos comunes que no redunden en la mejora de las condiciones de conservación, accesibilidad, habitabilidad o eficiencia energética del edificio (a título ejemplificativo y no limitativo: piscina, vallado, elementos meramente ornamentales o paisajísticos, etc.) .

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