Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Ayudas para la realización de cursos de formación y que se llevarán a cabo con el Instituto Cervantes, como entidad colaboradora.
Tiene por objeto la aprobación de la convocatoria para el año 2026 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de acciones de formación de oferta, impartidas exclusivamente en modalidad presencial, para al menos 15 alumnos y alumnas en cada acción formativa, salvo que el correspondiente programa formativo establezca una cantidad inferior, dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas y no dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad.
Regular el procedimiento de concesión de ayudas de la FECYT para la realización de estancias de personal investigador perteneciente a las entidades beneficiarias, dirigidas a ejecutar actividades de asesoramiento científico y de intercambio de conocimiento para resolver distintos retos de asesoramiento científico en políticas públicas de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar, en el curso académico 2026/27, los gastos derivados de la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia, a personas desempleadas con titulación universitaria (código de procedimiento ED421A).
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de la formación de las personas empleadas en las administraciones públicas vascas indicadas en la base tercera en el ejercicio 2026.
Los conceptos subvencionables en esta convocatoria serán los siguientes:
a) Los planes o programas de formación aprobados por las administraciones públicas vascas para su personal para el ejercicio 2026.
Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente dicha, alguna o algunas de las siguientes acciones:
– El diseño y/o elaboración de contenidos formativos.
– El establecimiento de redes de aprendizaje temporal o permanente.
– El diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación.
– Estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad.
b) La participación, en el ejercicio 2026, en acciones formativas organizadas por el Instituto Vasco de Administración Pública. La subvención consistirá en la financiación de una parte de las matrículas abonadas.
A la financiación por este concepto podrán acogerse únicamente los municipios menores de 15.000 habitantes, así como mancomunidades y cuadrillas respecto a su propio personal, siempre y cuando no hayan sido beneficiarias de las subvenciones establecidas en el apartado a) de esta base.
En ningún caso se financiarán los gastos de desplazamientos, manutención, estancia o sustitución de las personas que participan en acciones formativas derivadas de los apartados a o b de esta base.
Esta convocatoria está sujeta a lo establecido en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, y a las normas de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Financiar programas de formación integrados por acciones de especialidades formativas SEPE:
— Línea 1: programas de formación prioritarios para personas trabajadoras desempleadas.
— Línea 2: programas de formación prioritarios para personas trabajadoras ocupadas.
Financiar programas de formación integrados por acciones conducentes a la obtención de certificados profesionales correspondientes a:
• Línea 1: programas de formación prioritarios para personas trabajadoras desempleadas.
• Línea 2: programas de formación prioritarios para personas trabajadoras ocupadas.
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones para financiar grados B, módulos profesionales de los grados C que se consideren imprescindibles para apoyar la adquisición de los resultados de aprendizaje del resto de módulos asociados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia y que no constituyan un grado B y FEMPO.
Fomentar la formalización de contratos de formación en alternancia a tiempo completo en la Comunidad de Castilla y León.

