Escritura pública de constitución onerosa de un derecho de adquisición preferente (tanteo)
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Escritura pública de cons...e (tanteo)

Última revisión
01/01/2023

Escritura pública de constitución onerosa de un derecho de adquisición preferente (tanteo)

Tiempo de lectura: 8 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

El tanteo es un derecho reconocido a través de la ley o convencionalmente, que se instaura a favor de una persona para adquirir con preferencia a terceros, por el mismo precio, un bien cuya enajenación se pretende de forma lucrativa.

Aunque no se regula en exclusiva en ninguna norma, el tanteo se contempla como un derecho en diversas leyes de nuestro ordenamiento: por ejemplo en los casos de venta del inmueble arrendado (art. 25 LAU); en el supuesto de enajenación de la finca enfitéutica (art. 1.636 del Código Civil) o en el caso de transmisiones de participaciones de sociedades de responsabilidad limitada (art. 107 de la Ley de Sociedades de Capital).

Mediante el presente modelo es posible elevar a escritura pública un acuerdo de constitución onerosa de un derecho de adquisición preferente o derecho de tanteo.


 

En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].

ANTE MI, [NOMBRE_NOTARIO], Notario del Ilustre Colegio de [PROVINCIA], con residencia en [LOCALIDAD].

 

COMPARECEN

De una parte, como concedente,

D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, vecino de [LOCALIDAD], con domicilio en [DOMICILIO] Exhibe DNI número [DNI].

Y de otra, como adquirentes:

D./D.ª  [NOMBRE], mayor de edad, vecino de [LOCALIDAD], con domicilio en [DOMICILIO] Exhibe DNI número [DNI].

Y D./D.ª  [NOMBRE], mayor de edad, vecino de [LOCALIDAD], con domicilio en [DOMICILIO] Exhibe DNI número [DNI].

Intervienen en su propio nombre y derecho.

 

Les identifico por sus respectivos documentos de identidad; tienen, a mi juicio, la capacidad legal suficiente por esta escritura de CONSTITUCIÓN DE UN DERECHO DE PREFERENTE ADQUISICIÓN y

 

EXPONEN

I.- D./D.ª  [NOMBRE] es/son propietario/s de la finca siguiente Urbana, (ó Rústica...)

Inscrita al tomo [NUMERO], libro [NUMERO], folio [NUMERO], finca [NUMERO], inscripción.

REFERENCIA CATASTRAL: [DESCRIPCION] (1) La que resulta del IBI (o del cargo bancario del IBI) del que uno fotocopia a esta matriz, que testimonio.

 

GASTOS DE COMUNIDAD: (2) Declara (3) el concedente hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios.

Solicitándole, yo el Notario la pertinente certificación acreditativa del estado de deudas con la comunidad manifiesta no disponer de ella, exonerándole expresamente el adquirente del derecho de opción de dicha obligación, previamente por mí advertido de su responsabilidad con el propio inmueble adquirido, de las cantidades adeudadas a la comunidad, correspondientes a la anualidad en curso y al año natural anterior, todo ello conforme a lo previsto en el artículo 9 de la L.P.H.

Asimismo, informo a las partes sobre la obligación de comunicar al Secretario de la Comunidad, en su día y si se ejercita el derecho, el cambio de titularidad y de la responsabilidad solidaria que puede afectar al concedente por las deudas futuras con la comunidad, si no se verificase dicha comunicación. (4)

CARGAS Y LIMITACIONES: Las que resultan de la información registral que protocolizo. Libre de cualquier otra carga o limitación, según resulta de la información registral obtenida, consistente en una nota simple que incorporo a esta matriz. La descripción de la finca y su titularidad corresponden con las de dicha información. Advierto yo, el Notario, expresamente a los comparecientes que sobre la información obtenida prevalecerá la situación registral existente con anterioridad a la presentación en el Registro de la copia autorizada de esta escritura.

Manifiesta igualmente la parte concedente que la finca descrita está libre de arrendamientos, usufructos, titulares de uso o habitación, así como de cualquier otro ocupante con derecho de uso.

Manifiesta el titular de la finca descrita que está libre de arrendamientos, usufructos, titulares de uso o habitación, así como de cualquier otro ocupante con derecho de uso. 

Manifiesta igualmente la parte concedente que la finca está libre de arrendamientos.

II.- Los comparecientes desean formalizar lo ya previamente convenido entre ellos, de acuerdo con las siguientes

 

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- D./D.ª [NOMBRE] constituye a favor de D./D.ª [NOMBRE] y D./D.ª  [NOMBRE] quienes aceptan y adquieren, por iguales partes indivisas, el derecho de preferente adquisición de la finca antes descrita, derecho que se configura de la manera siguiente:

Duración del derecho: sin límite de tiempo al concederse sólo por la primera transmisión. Por lo tanto si no se hace uso en la primera transmisión quedará sin efecto.

Contenido: Tendrá lugar en cualquiera caso en que el actual titular de la finca descrita o sus sucesores a título gratuito (donación, herencia o legado) deseen vender o por cualquiera título oneroso enajenarla (permuta, adjudicación, etc.). No tendrá lugar en los casos de transmisión inter vivos a título gratuito ni por actos mortis causa.

Mecanismo: El titular de la finca objeto de esta Escritura tendrá que comunicar su propósito, precio, adquirente y condiciones de la transmisión proyectada y los beneficiarios D./D.ª  [NOMBRE] y D./D.ª  [NOMBRE] o sus respectivos descendientes, por estirpes, tendrán el derecho de preferente adquisición en iguales condiciones notificadas y en defecto de notificación el derecho de retracto.

Plazo del ejercicio del derecho de preferencia: 30 días desde la notificación notarial que de la pretendida transmisión se practique a los titulares del derecho en el siguiente domicilio: D./Dña. [NOMBRE] (o sus sucesores) y D./D.ª  (o sus sucesores [NOMBRE] (Los días para ejercer el derecho pueden ser diferentes a los indicados).

-. Cambio de domicilio: Cualquier cambio de domicilio de los titulares del derecho o sus sucesores podrá comunicarse al titular de la finca en el domicilio que conste en el Registro de la Propiedad por conducto notarial para que sea tal domicilio en el que deba practicarse la notificación; los actuales titulares podrán solicitar la constancia del nuevo domicilio en el Registro de la Propiedad, acompañando copia del acta notarial de notificación al titular registral de la finca en el domicilio de éste que conste en el Registro de la Propiedad; los sucesores en el derecho de preferente adquisición deberán acreditar además de la notificación en la forma indicada que ostentan la condición de sucesores por acta notarial de notoriedad.

-. A falta de notificación o transmisión con condiciones diferentes a las notificadas, los titulares tendrán derecho de Retracto por el mismo plazo de 30 días a contar de la notificación de la transmisión que deberá hacerse en todo caso a los domicilios indicados o los nuevos que consten en el Registro de la Propiedad.

Sanción: En los casos indicados, sin el cumplimiento de las pertinentes notificaciones no se podrá inscribir en el Registro de la Propiedad la enajenación a un tercero.

SEGUNDA.- Precio por el otorgamiento del mencionado derecho de preferente adquisición es la cantidad de [CANTIDAD] Euros, que la parte concedente reconoce haber recibido de la parte adquirente del derecho de preferencia, con anterioridad a este acto, íntegramente y a entera satisfacción, por lo que otorga la más firme carta de pago.

TERCERA.- Todas los gastos de esta escritura y los impuestos que la graven serán de cargo de la parte adquirente del derecho de preferencia.

CUARTA.- Manifiesta la parte adquirente que conoce la calificación urbanística y las condiciones de edificabilidad de la finca objeto de esta escritura, y que renuncia a cualquiera reclamación contra la concedente, por este concepto.

QUINTA.- Declara la parte concedente que está al corriente en en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles de la finca objeto de esta escritura, y en especial el correspondiente a los últimos cuatro años. Yo, el Notario de conformidad con el artículo 64 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, he informado de la afección del inmueble transmitido al pago de la totalidad de la cuota tributaria en los términos legales.

 

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.- Advierto expresamente a los comparecientes que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias de sus derechos al respecto.

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.- Se han hecho las reservas y advertencias legales; en particular y a efectos fiscales he advertido a los comparecientes de la obligación de presentación de la documentación a liquidación dentro de plazo y a efectos del Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de Naturaleza urbana les informo del plazo de presentación y en general de las responsabilidades tributarias que les incumben en su aspecto material, formal y sancionador, y de las consecuencias de toda índole que se derivarían de la inexactitud de sus declaraciones.

Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, enterados, la aceptan, se ratifican y firman.

Yo, el Notario, Doy fe de que el consentimiento ha sido libremente prestado y de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes.

Queda extendida en [NÚMERO] folios de papel notarial, serie [NÚMERO], números [NÚMERO].

Y de su contenido, DOY FE.

 

Fdo.: [FIRMAS]

 

(1) En el supuesto de que haya sido obtenida por el Notario en forma telemática: «La que resulta de la certificación catastral, que Yo, el Notario, Doy fe que, bajo mi responsabilidad, he obtenido (por los procedimientos telemáticos habilitados y de conformidad con el artículo 6.6. de la Resolución de 28 de abril de 2.003 de la D.G. del Catastro) y ha sido solicitada a efectos del presente otorgamiento, certificación que incorporo a esta matriz.»

(2) En caso de que el inmueble esté en propiedad horizontal. Si está en Propiedad Horizontal deberá expresarse la cuota y el estado de gastos de comunidad, según se aporte o no la certificación pertinente.

(3)Si no aporta el certificado

(4) Si aportase el certificado: «Declara el concedente hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios. 

Me entrega certificación expedida por el Secretario de la comunidad D./Dña. [NOMBRE] con el Vº.Bº. de su Presidente D./Dña. [NOMBRE] (cuyos cargos / firma legitimo) el contenido de la cual es coincidente con su declaración y que la parte adquirente acepta como suficiente a todos los efectos. 

Asimismo, informo a las partes sobre la obligación de comunicar al Secretario de la Comunidad, en su día y si se transmite la finca, el cambio de titularidad y de la responsabilidad solidaria que puede afectar al transmitente por las deudas futuras con la comunidad, si no se verificase dicha comunicación.»

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