Jurisprudencia por Garnica Martin, Juan Francisco.
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Plazo de prescripción
Nulidad de la cláusula
Banco de España
Sociedad de responsabilidad limitada
Variabilidad del interés
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Ponente
Garnica Martin, Juan Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
AP - Barcelona
AP Barcelona
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra sentencia condenatoria del Juzgado de 1ª instancia de Barcelona sobre responsabilidad de los administradores por deudas sociales. La Sala considera que la adminsitradora demandada ha incurrido en un supuesto de responsabilidad solidaria por las deudas sociales, por no haber procedido a la disolución de la misma, siendo irrelevante que no ejerciese de facto el cargo cuando se contrajo la deuda. Sin embargo sí se estima su petici
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra sentencia desestimatoria del juzgado de 1 instancia de Hospitalet del Llobregat sobre responsabilidad civil de los administradores. La sala no encuentra un nexo de causalidad entre los incumplimientos contables de la sociedad y el impago de la deuda que haga, por esa inacción, directamente responsables a los administradores de la misma, por lo que mantiene los pronunciamientos del juez de instancia absolviendo a los demandados.
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra sentencia condenatoria del Juzgado de 1ª instancia de Barcelona sobre responsabilidad de los administradores por deudas sociales. La Sala considera que la adminsitradora demandada ha incurrido en un supuesto de responsabilidad solidaria por las deudas sociales, por no haber procedido a la disolución de la misma, siendo irrelevante que no ejerciese de facto el cargo cuando se contrajo la deuda. Sin embargo sí se estima su petici
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra sentencia desestimatoria del juzgado de 1 instancia de Hospitalet del Llobregat sobre responsabilidad civil de los administradores. La sala no encuentra un nexo de causalidad entre los incumplimientos contables de la sociedad y el impago de la deuda que haga, por esa inacción, directamente responsables a los administradores de la misma, por lo que mantiene los pronunciamientos del juez de instancia absolviendo a los demandados.