Jurisprudencia por Keller Echevarria, Maria Carmen.
PRIMERO.- Se concreta el presente recurso de apelación al pronunciamiento en las costas de primera instancia. Se alega que la apelante no ha cuestionado la abusividad de la cláusula de gastos pero si que su nulidad suponga la asunción de la totalidad de dichos gastos por la Entidad por ello no se allanó a la reclamación extrajudicial formulada en dichos términos , al no existir a dicha fecha Jurisprudencia a tal efecto. Se alega que no existe mala fe por parte de la apelante ya que en la dema
PRIMERO.- Se concreta el presente recurso de apelación al pronunciamiento en las costas de primera instancia. Se alega que la apelante no ha cuestionado la abusividad de la cláusula de gastos pero si que su nulidad suponga la asunción de la totalidad de dichos gastos por la Entidad por ello no se allanó a la reclamación extrajudicial formulada en dichos términos, al no existir a dicha fecha Jurisprudencia a tal efecto. Se alega que no existe mala fe por parte de la apelante ya que en la deman
PRIMERO.- Como primer motivo del recurso interpuesto contra la sentencia de instancia se formula el relativo a la validez de la cláusula gastos gastos de Registro y notaría, gestoría y tasación . Infracción del art. 1303 Cº.c. intereses legales de las cantidades a devolver. Vencimiento anticipado y su validez, infracción en orden a la determinación de la cuantía del procedimiento y la no procedencia de la declaración precedente sobre la validez en aras a la escritura de ampliación de 18 de ju
PRIMERO.- Se alza la parte apelante contra la sentencia de instancia que desestima la demanda por entender que no se ha acreditado el carácter troncal del bien al no acreditarse la transmisión del bien raíz objeto del litigio del patrimonio del adquirente al descendiente. Ante ello trae a colación el art. 68.1 de la Ley 5/2015 de 25 de junio ya que estima que es lo que acaece en este caso ya que Dª Herminia, adquiere el bien de terceros ajenos y extendiéndose la troncalidad en línea descenden
PRIMERO.- Motivos del recurso. Error en la valoración de la prueba. Fundamento segundo de la sentencia. La parte apelante mantiene y ha acreditado que la reparación de la terraza, pasa por la sustitución del toldo con suministro y colocación de nueva lona debidamente reforzada con barras de PVC, y no por el parcheo de la lona que presenta deterioros y goteras desde al menos 2016. Se alega que la demandada también comparte esta solución , conforme al doc. nº 11bis dela demanda, remitido por la
PRIMERO.- La parte apelante se alza contra la sentencia dictada en instancia exclusivamente en cuanto al pronunciamiento en las costas de instancia, que considera la parte debe ser revocado ya que la estimación de la demanda ha sido parcial, así como por incorrecta aplicación del art. 1303 del cº.c. respecto de los intereses legales relacionados con las cantidades abonadas por la actora en relación con los gastos de formalización.
PRIMERO.- Se concreta el presente recurso de apelación al pronunciamiento en las costas de primera instancia, por entender la parte que la estimación de la demanda ha sido parcial.
PRIMERO.- Se concreta el presente recurso de apelación al pronunciamiento en las costas de primera instancia. Se alega que la apelante no ha cuestionado la abusividad de la cláusula de gastos pero si que su nulidad suponga la asunción de la totalidad de dichos gastos por la Entidad por ello no se allanó a la reclamación extrajudicial formulada en dichos términos , al no existir a dicha fecha Jurisprudencia a tal efecto. Se alega que no existe mala fe por parte de la apelante ya que en la dema
PRIMERO.- Se concreta el presente recurso de apelación al pronunciamiento en las costas de primera instancia. Se alega que la apelante no ha cuestionado la abusividad de la cláusula de gastos pero si que su nulidad suponga la asunción de la totalidad de dichos gastos por la Entidad por ello no se allanó a la reclamación extrajudicial formulada en dichos términos, al no existir a dicha fecha Jurisprudencia a tal efecto. Se alega que no existe mala fe por parte de la apelante ya que en la deman
PRIMERO.- Como primer motivo del recurso interpuesto contra la sentencia de instancia se formula el relativo a la validez de la cláusula gastos gastos de Registro y notaría, gestoría y tasación . Infracción del art. 1303 Cº.c. intereses legales de las cantidades a devolver. Vencimiento anticipado y su validez, infracción en orden a la determinación de la cuantía del procedimiento y la no procedencia de la declaración precedente sobre la validez en aras a la escritura de ampliación de 18 de ju
PRIMERO.- Se alza la parte apelante contra la sentencia de instancia que desestima la demanda por entender que no se ha acreditado el carácter troncal del bien al no acreditarse la transmisión del bien raíz objeto del litigio del patrimonio del adquirente al descendiente. Ante ello trae a colación el art. 68.1 de la Ley 5/2015 de 25 de junio ya que estima que es lo que acaece en este caso ya que Dª Herminia, adquiere el bien de terceros ajenos y extendiéndose la troncalidad en línea descenden
PRIMERO.- Motivos del recurso. Error en la valoración de la prueba. Fundamento segundo de la sentencia. La parte apelante mantiene y ha acreditado que la reparación de la terraza, pasa por la sustitución del toldo con suministro y colocación de nueva lona debidamente reforzada con barras de PVC, y no por el parcheo de la lona que presenta deterioros y goteras desde al menos 2016. Se alega que la demandada también comparte esta solución , conforme al doc. nº 11bis dela demanda, remitido por la
PRIMERO.- La parte apelante se alza contra la sentencia dictada en instancia exclusivamente en cuanto al pronunciamiento en las costas de instancia, que considera la parte debe ser revocado ya que la estimación de la demanda ha sido parcial, así como por incorrecta aplicación del art. 1303 del cº.c. respecto de los intereses legales relacionados con las cantidades abonadas por la actora en relación con los gastos de formalización.
PRIMERO.- Se concreta el presente recurso de apelación al pronunciamiento en las costas de primera instancia, por entender la parte que la estimación de la demanda ha sido parcial.