Jurisprudencia sobre Minuta.
Filtros
Ponente
Yagüe Gil, Pedro Jose
Fernandez Valverde, Rafael
Cancer Lalanne, Enrique
Puig Muñoz, Elsa
Castell Valldosera, Lidia
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Acuerdo de sala
Revisión Decreto de Tasación de Costas. Impugnación por honorarios de Letrado excesivos.
Se estima el recurso de apelación formulado contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, sobre impugnación en tasación de costas. Es evidente que la actora no determinó la cuantía del pleito, ni fue determinada por la Juez de la instancia que se limitó a admitir una valoración sobre la finca en litigio. Si bien es evidente la participación del letrado en la impugnación a la apelación, posterior personificación y escrito de alegaciones ante la Audiencia Provin
Se desestiman las impugnaciones de tasación de costas en el rollo de apelación dimanante de los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Badalona. En cuanto a la minuta del letrado, según el dictamen del Colegio de Abogados se ajusta a las normas colegiales en vigor, por lo que la Sala mantiene la tasación en ese punto. En cuanto a la cuenta de la procuradora, también se desestima la impugnación porque los derechos que acredita ante la presente instancia nada tienen que ver
Revisión Decreto de Tasación de Costas. Impugnación por honorarios de Letrado excesivos.
Se estima el recurso de apelación formulado contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, sobre impugnación en tasación de costas. Es evidente que la actora no determinó la cuantía del pleito, ni fue determinada por la Juez de la instancia que se limitó a admitir una valoración sobre la finca en litigio. Si bien es evidente la participación del letrado en la impugnación a la apelación, posterior personificación y escrito de alegaciones ante la Audiencia Provin
Se desestiman las impugnaciones de tasación de costas en el rollo de apelación dimanante de los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Badalona. En cuanto a la minuta del letrado, según el dictamen del Colegio de Abogados se ajusta a las normas colegiales en vigor, por lo que la Sala mantiene la tasación en ese punto. En cuanto a la cuenta de la procuradora, también se desestima la impugnación porque los derechos que acredita ante la presente instancia nada tienen que ver