Jurisprudencia por Peces Morate, Jesus Ernesto.
Quisiste decir...
Filtros
Voces
Representación procesal
Plan general de ordenación urbana
Ejecución de sentencia
Jurisdicción contencioso-administrativa
Dominio público marítimo terrestre
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Se inadmite
Absuelve
Orden
Administrativo
Penal
Ponente
Peces Morate, Jesus Ernesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo
Búsqueda: Ponente
PECES MORATE, JESUS ERNESTO
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 5084/2007, 02-11-2011
Casación no ha lugar porque la sentencia no incurre en incongruencia alguna y está debidamente motivada al dar perfectamente a conocer la razón de la decisión, sin que sea apreciable falta de legitimación en el demandante en la instancia, lo que no fue alegado en aquélla, por lo que resulta además, una cuestión nueva. La Sala de instancia declara que, dado el contenido del informe, hay que calificarlo de desfavorable, por lo que existe un defecto procedimental que acarrea la nulidad del Plan Gen
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 4601/2011, 04-05-2012
Casación no ha lugar porque la Sala de instancia, al acceder a la medida cautelar de suspensión de la Orden Foral aprobatoria del Plan Especial, no incurre en las infracciones denunciadas en los tres motivos de casación, ya que las Normas Subsidiarias, que dan cobertura a dicho Plan Especial, han sido declaradas nulas por sentencia firme.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 2675/2007, 28-06-2011
Casación no ha lugar porque, si bien es cierto que en la sentencia recurrida se exigen requisitos procedimentales que, en aplicación de la Disposición Transitoria Segundas. 1 de la Ley 30/1992 , no eran exigibles, no se ha realizado o, al menos, en el expediente no consta, el Estudio de Hidrología que resulta imprescindible en un deslinde como el enjuiciado, según lo declara, con toda corrección, la Sala
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 6267/2008, 25-04-2012
Casación no ha lugar porque la sentencia recurrida no ha incurrido en incongruencia omisiva. Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao: imposibilidd de descalificación de terremos destinados a equipamiento en suelo urbano.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 6092/2010, 28-12-2011
Casación ha lugar porque los autos recurridos contradicen los términos de la parte dispositiva de la sentencia que se ejecuta, así como del auto dictado en ejecución de ésta y de la otra sentencia pronunciada también en la propia ejecución, en la que se declaró nula la Revisión del Plan General en cuanto tuvo como finalidad desviada impedir la ejecución de la sentencia inicial,sin que de todas las referidas resoluciones se derive título alguno para que el Ayuntamiento requiera de pago a la entid
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 5438/2007, 09-11-2011
Casación ha lugar porque, en contra de lo declarado por la Sala de Instancia, la Administración no hizo un correcto uso de la discrecionalidad al clasificar el suelo como urbanizable para uso industrial, debido a que se ha acreditado que los terrenos en cuestión son inundables, por lo que no son idóneos para ser urbanizados con el referido destino industrial.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 3593/2007, 27-07-2011
Recurso de casación ha lugar porque la sentencia recurrida no expresa con claridad la razón de la decisión, si bien, entrando a resolver el conflicto en los términos planteados en la instancia, el recurso contencioso-administrativo debe ser desestimado porque de las propias manifestaciones de los propietarios de la finca se deduce que el aprovechamiento de aguas, cuya inscripción solicitaron en el Registro, no existía ante del 1 de enero de 1986.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 2020/2007, 28-04-2011
Casación no ha lugar porque la Sala de instancia ha realizado el control que la jurisdicción debe llevar a cabo de las decisiones discrecionales de la Administración en la aprobación del planeamiento. Las causas de inadmisión de la casación son improcedentes.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 1889/2007, 19-04-2011
Casación no ha lugar porque la incongruencia omisiva no es invocable al amparo del apartado a) del artículo 88.1 de la Ley Jurisdiccional, y, además, no existe tal incongruencia en la sentencia recurrida, siendo inadmisible varios motivos por no citarse normas infringidas y desestimables los demás porque no se puede entender aprobado el Plan Parcial por silencio positivo.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 1370/2009, 25-07-2012
PECES MORATE , JESUS ERNESTO
Quisiste decir...
Búsqueda: Ponente
PECES MORATE, JESUS ERNESTO
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 5084/2007, 02-11-2011
Casación no ha lugar porque la sentencia no incurre en incongruencia alguna y está debidamente motivada al dar perfectamente a conocer la razón de la decisión, sin que sea apreciable falta de legitimación en el demandante en la instancia, lo que no fue alegado en aquélla, por lo que resulta además, una cuestión nueva. La Sala de instancia declara que, dado el contenido del informe, hay que calificarlo de desfavorable, por lo que existe un defecto procedimental que acarrea la nulidad del Plan Gen
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 4601/2011, 04-05-2012
Casación no ha lugar porque la Sala de instancia, al acceder a la medida cautelar de suspensión de la Orden Foral aprobatoria del Plan Especial, no incurre en las infracciones denunciadas en los tres motivos de casación, ya que las Normas Subsidiarias, que dan cobertura a dicho Plan Especial, han sido declaradas nulas por sentencia firme.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 2675/2007, 28-06-2011
Casación no ha lugar porque, si bien es cierto que en la sentencia recurrida se exigen requisitos procedimentales que, en aplicación de la Disposición Transitoria Segundas. 1 de la Ley 30/1992 , no eran exigibles, no se ha realizado o, al menos, en el expediente no consta, el Estudio de Hidrología que resulta imprescindible en un deslinde como el enjuiciado, según lo declara, con toda corrección, la Sala
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 6267/2008, 25-04-2012
Casación no ha lugar porque la sentencia recurrida no ha incurrido en incongruencia omisiva. Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao: imposibilidd de descalificación de terremos destinados a equipamiento en suelo urbano.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 6092/2010, 28-12-2011
Casación ha lugar porque los autos recurridos contradicen los términos de la parte dispositiva de la sentencia que se ejecuta, así como del auto dictado en ejecución de ésta y de la otra sentencia pronunciada también en la propia ejecución, en la que se declaró nula la Revisión del Plan General en cuanto tuvo como finalidad desviada impedir la ejecución de la sentencia inicial,sin que de todas las referidas resoluciones se derive título alguno para que el Ayuntamiento requiera de pago a la entid
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 5438/2007, 09-11-2011
Casación ha lugar porque, en contra de lo declarado por la Sala de Instancia, la Administración no hizo un correcto uso de la discrecionalidad al clasificar el suelo como urbanizable para uso industrial, debido a que se ha acreditado que los terrenos en cuestión son inundables, por lo que no son idóneos para ser urbanizados con el referido destino industrial.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 3593/2007, 27-07-2011
Recurso de casación ha lugar porque la sentencia recurrida no expresa con claridad la razón de la decisión, si bien, entrando a resolver el conflicto en los términos planteados en la instancia, el recurso contencioso-administrativo debe ser desestimado porque de las propias manifestaciones de los propietarios de la finca se deduce que el aprovechamiento de aguas, cuya inscripción solicitaron en el Registro, no existía ante del 1 de enero de 1986.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 2020/2007, 28-04-2011
Casación no ha lugar porque la Sala de instancia ha realizado el control que la jurisdicción debe llevar a cabo de las decisiones discrecionales de la Administración en la aprobación del planeamiento. Las causas de inadmisión de la casación son improcedentes.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 1889/2007, 19-04-2011
Casación no ha lugar porque la incongruencia omisiva no es invocable al amparo del apartado a) del artículo 88.1 de la Ley Jurisdiccional, y, además, no existe tal incongruencia en la sentencia recurrida, siendo inadmisible varios motivos por no citarse normas infringidas y desestimables los demás porque no se puede entender aprobado el Plan Parcial por silencio positivo.
Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 1370/2009, 25-07-2012
PECES MORATE , JESUS ERNESTO