Articulo 109 ter Impuesto...-Derogada-

Articulo 109 ter Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogada-

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Artículo 109 ter. Identificación de socios o empresas miembros.

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Las entidades a las que sea de aplicación lo dispuesto en este Capítulo deberán presentar, conjuntamente con su declaración del Impuesto sobre Sociedades, una relación de las personas que ostenten los derechos inherentes a la cualidad de socio o empresa miembro el último día de su período impositivo, así como la proporción en la que cada una de ellas participe en los resultados de dichas entidades.

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