Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
- Ámbito: Estatal
- Estado: Versión VIGENTE. Validez desde 04 de Noviembre de 2021
- Órgano Emisor: Ministerio De Cultura
- Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 97
- Fecha de Publicación: 22/04/1996
- Artículo único. Objeto de la norma.
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS.
- D.DT. UNICA. Derogación normativa.
- DISPOSICIONES FINALES.
- D.F. UNICA. Entrada en vigor.
- TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
- LIBRO I. De los derechos de autor
- TÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 1. Hecho generador.
- Artículo 2. Contenido.
- Artículo 3. Características.
- Artículo 4. Divulgación y publicación.
- TÍTULO II. Sujeto, objeto y contenido
- CAPÍTULO I. Sujetos
- Artículo 5. Autores y otros beneficiarios.
- Artículo 6. Presunción de autoría, obras anónimas o seudónimas.
- Artículo 7. Obra en colaboración.
- Artículo 8. Obra colectiva.
- Artículo 9. Obra compuesta e independiente.
- CAPÍTULO II. Objeto
- Artículo 10. Obras y títulos originales.
- Artículo 11. Obras derivadas.
- Artículo 12. Colecciones. Bases de datos.
- Artículo 13. Exclusiones.
- CAPÍTULO III. Contenido
- Sección 1.ª Derecho moral
- Artículo 14. Contenido y características del derecho moral.
- Artículo 15. Supuestos de legitimación «mortis causa».
- Artículo 16. Sustitución en la legitimación «mortis causa».
- Sección 2.ª Derechos de explotación
- Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades.
- Artículo 18. Reproducción.
- Artículo 19. Distribución.
- Artículo 20. Comunicación pública.
- Artículo 21. Transformación.
- Artículo 22. Colecciones escogidas u obras completas.
- Artículo 23. Independencia de derechos.
- Sección 3.ª Otros derechos
- Artículo 24. Derecho de participación.
- Artículo 25. Compensación equitativa por copia privada.
- TÍTULO III. Duración, límites y salvaguardia de otras disposiciones legales.
- CAPÍTULO I. Duración
- Artículo 26. Duración y cómputo.
- Artículo 27. Duración y cómputo en obras póstumas, seudónimas y anónimas.
- Artículo 28. Duración y cómputo de las obras en colaboración y colectivas.
- Artículo 29. Obras publicadas por partes.
- Artículo 30. Cómputo de plazo de protección.
- CAPÍTULO II. Límites
- Artículo 31. Reproducciones provisionales y copia privada.
- Artículo 31 bis. Seguridad y procedimientos oficiales.
- Artículo 31 ter. Accesibilidad para personas con discapacidad.
- Artículo 32. Citas y reseñas e ilustración con fines educativos o de investigación científica.
- Artículo 33. Trabajos sobre temas de actualidad.
- Artículo 34. Utilización de bases de datos por el usuario legítimo y limitaciones a los derechos de explotación del titular de una base de datos.
- Artículo 35. Utilización de las obras con ocasión de informaciones de actualidad y de las situadas en vías públicas.
- Artículo 36. Cable, satélite y grabaciones técnicas.
- Artículo 37. Reproducción, préstamo y consulta de obras mediante terminales especializados en determinados establecimientos.
- Artículo 37 bis. Obras huérfanas.
- Artículo 38. Actos oficiales y ceremonias religiosas.
- Artículo 39. Parodia.
- Artículo 40. Tutela del derecho de acceso a la cultura.
- Artículo 40 bis. Disposición común a todas las del presente capítulo.
- CAPÍTULO III. Salvaguardia de aplicación de otras disposiciones legales.
- Artículo 40 ter. Salvaguardia de aplicación de otras disposiciones legales.
- TÍTULO IV. Dominio público
- Artículo 41. Condiciones para la utilización de las obras en dominio público.
- TÍTULO V. Transmisión de los derechos
- CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 42. Transmisión «mortis causa».
- Artículo 43. Transmisión «inter vivos».
- Artículo 44. Menores de vida independiente.
- Artículo 45. Formalización escrita.
- Artículo 46. Remuneración proporcional y a tanto alzado.
- Artículo 47. Acción de revisión por remuneración no equitativa.
- Artículo 48. Cesión en exclusiva.
- Artículo 48 bis. Derecho de revocación.
- Artículo 49. Transmisión del derecho del cesionario en exclusiva.
- Artículo 50. Cesión no exclusiva
- Artículo 51. Transmisión de los derechos del autor asalariado.
- Artículo 52. Transmisión de derechos para publicaciones periódicas.
- Artículo 53. Hipoteca y embargo de los derechos de autor.
- Artículo 54. Créditos por la cesión de derechos de explotación.
- Artículo 55. Beneficios irrenunciables.
- Artículo 56. Transmisión de derechos a los propietarios de ciertos soportes materiales.
- Artículo 57. Aplicación preferente de otras disposiciones.
- CAPÍTULO II. Contrato de edición
- Artículo 58. Concepto.
- Artículo 59. Obras futuras, encargo de una obra y colaboraciones en publicaciones periódicas.
- Artículo 60. Formalización y contenido mínimo.
- Artículo 61. Supuestos de nulidad y de subsanación de omisiones.
- Artículo 62. Edición en forma de libro.
- Artículo 63. Excepciones al artículo 60.6.º
- Artículo 64. Obligaciones del editor.
- Artículo 65. Obligaciones del autor.
- Artículo 66. Modificaciones en el contenido de la obra.
- Artículo 67. Derechos de autor en caso de venta en saldo y destrucción de la edición.
- Artículo 68. Resolución.
- Artículo 69. Causas de extinción.
- Artículo 70. Efectos de la extinción.
- Artículo 71. Contrato de edición musical.
- Artículo 72. Control de tirada.
- Artículo 73. Condiciones generales del contrato.
- CAPÍTULO III. Contrato de representación teatral y ejecución musical
- Artículo 74. Concepto.
- Artículo 75. Modalidades y duración máxima del contrato.
- Artículo 76. Interpretación restrictiva del contrato.
- Artículo 77. Obligaciones del autor.
- Artículo 78. Obligaciones del cesionario.
- Artículo 79. Garantía del cobro de la remuneración.
- Artículo 80. Ejecución del contrato.
- Artículo 81. Causas de resolución.
- Artículo 82. Causas de extinción.
- Artículo 83. Ejecución pública de composiciones musicales.
- Artículo 84. Disposiciones especiales para la cesión de derecho de comunicación pública mediante radiodifusión.
- Artículo 85. Aplicación de las disposiciones anteriores a las simples autorizaciones.
- TÍTULO VI. Obras cinematográficas y demás obras audiovisuales
- Artículo 86. Concepto.
- Artículo 87. Autores
- Artículo 88. Presunción de cesión en exclusiva y límites.
- Artículo 89. Presunción de cesión en caso de transformación de obra preexistente.
- Artículo 90. Remuneración de los autores.
- Artículo 91. Aportación insuficiente de un autor.
- Artículo 92. Versión definitiva y sus modificaciones.
- Artículo 93. Derecho moral y destrucción de soporte original.
- Artículo 94. Obras radiofónicas.
- TÍTULO VII. Programas de ordenador
- Artículo 95. Régimen jurídico.
- Artículo 96. Objeto de la protección.
- Artículo 97. Titularidad de los derechos.
- Artículo 98. Duración de la protección.
- Artículo 99. Contenido de los derechos de explotación.
- Artículo 100. Límites a los derechos de explotación.
- Artículo 101. Protección registral.
- Artículo 102. Infracción de los derechos.
- Artículo 103. Medidas de protección.
- Artículo 104. Salvaguardia de aplicación de otras disposiciones legales.
- LIBRO II. De los otros derechos de propiedad intelectual y de la protección "sui generis" de las bases de datos.
- TÍTULO I. Derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes
- Artículo 105. Definición de artistas intérpretes o ejecutantes.
- Artículo 106. Fijación.
- Artículo 107. Reproducción.
- Artículo 108. Comunicación pública.
- Artículo 109. Distribución.
- Artículo 110. Contrato de trabajo y de arrendamiento de servicios.
- Artículo 110 bis. Disposiciones relativas a la cesión de derechos al productor de fonogramas.
- Artículo 111. Representante de colectivo.
- Artículo 112. Duración de los derechos de explotación.
- Artículo 113. Derechos morales.
- TÍTULO II. Derechos de los productores de fonogramas
- Artículo 114. Definiciones.
- Artículo 115. Reproducción.
- Artículo 116. Comunicación pública.
- Artículo 117. Distribución.
- Artículo 118. Legitimación activa.
- Artículo 119. Duración de los derechos.
- TÍTULO III. Derechos de los productores de las grabaciones audiovisuales
- Artículo 120. Definiciones.
- Artículo 121. Reproducción.
- Artículo 122. Comunicación pública.
- Artículo 123. Distribución.
- Artículo 124. Otros derechos de explotación.
- Artículo 125. Duración de los derechos de explotación.
- TÍTULO IV. Derechos de las entidades de radiodifusión
- Artículo 126. Derechos exclusivos.
- Artículo 127. Duración de los derechos de explotación.
- TÍTULO V. La protección de las meras fotografías
- Artículo 128. De las meras fotografías.
- TÍTULO VI. La protección de determinadas producciones editoriales
- Artículo 129. Obras inéditas en dominio público y obras no protegidas.
- Artículo 129 bis. Derechos de las editoriales de publicaciones de prensa y agencias de noticias respecto a los usos en línea de sus publicaciones de prensa.
- Artículo 130. Duración de los derechos.
- TÍTULO VII. Disposiciones comunes a los otros derechos de propiedad intelectual.
- Artículo 131. Cláusula de salvaguardia de los derechos de autor.
- Artículo 132. Aplicación subsidiaria de disposiciones del Libro I.
- TÍTULO VIII. Derecho "sui generis" sobre las bases de datos.
- Artículo 133. Objeto de protección.
- Artículo 134. Derechos y obligaciones del usuario legítimo.
- Artículo 135. Excepciones al derecho "sui generis".
- Artículo 136. Plazo de protección.
- Artículo 137. Salvaguardia de aplicación de otras disposiciones.
- LIBRO III. De la protección de los derechos reconocidos en esta Ley
- TÍTULO I. Acciones y procedimientos
- Artículo 138. Acciones y medidas cautelares urgentes.
- Artículo 139. Cese de la actividad ilícita.
- Artículo 140. Indemnización.
- Artículo 141. Medidas cautelares.
- Artículo 142. Procedimiento.
- Artículo 143. Causas criminales.
- TÍTULO II. El Registro de la Propiedad Intelectual
- Artículo 144. Organización y funcionamiento.
- Artículo 145. Régimen de las inscripciones.
- TÍTULO III. Símbolos o indicaciones de la reserva de derechos
- Artículo 146. Símbolos o indicaciones.
- TÍTULO IV. Gestión colectiva de los derechos reconocidos en la ley
- CAPÍTULO I. Requisitos para la gestión colectiva
- Artículo 147. Requisitos de las entidades de gestión.
- Artículo 148. Condiciones de la autorización.
- Artículo 149. Revocación de la autorización.
- Artículo 150. Legitimación.
- Artículo 151. Requisitos de las entidades de gestión sin establecimiento en España.
- Artículo 152. Requisitos de las entidades dependientes de una entidad de gestión.
- Artículo 153. Requisitos de los operadores de gestión independientes.
- Artículo 154. Facultades de supervisión de las Administraciones Públicas.
- Artículo 155. Competencias de las Administraciones Públicas.
- CAPÍTULO II. Titulares de derechos
- Artículo 156. Principios generales de representación de los titulares de derechos.
- Artículo 157. Contrato de gestión.
- Artículo 158. Revocación total o parcial del contrato de gestión.
- CAPÍTULO III. Organización de las entidades de gestión
- Artículo 159. Estatutos.
- Artículo 160. Asamblea general.
- Artículo 161. Administración.
- Artículo 162. Órgano de control interno.
- CAPÍTULO IV. Autorizaciones no exclusivas para el uso del repertorio de las entidades de gestión y tarifas generales
- Sección 1.ª Régimen jurídico general
- Artículo 163. Concesión de autorizaciones no exclusivas.
- Artículo 164. Tarifas generales.
- Artículo 165. Acuerdos sectoriales.
- Artículo 166. Excepciones.
- Artículo 167. Obligaciones de los usuarios.
- Artículo 168. Ventanilla única de facturación y pago.
- Artículo 169. Concesión de autorizaciones para ejercicio no comercial de derechos.
- Sección 2.ª Régimen jurídico de las autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales
- Artículo 170. Disposiciones generales.
- Artículo 171. Capacidad para tramitar autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales.
- Artículo 172. Acuerdos de representación con otra entidad de gestión.
- Artículo 173. Obligación de representación.
- Artículo 174. Tarifas.
- CAPÍTULO V. Gestión de los derechos recaudados por las entidades de gestión
- Sección 1.ª Régimen jurídico general
- Artículo 175. Recaudación y utilización de los derechos recaudados.
- Artículo 176. Descuentos.
- Artículo 177. Reparto, pago y prescripción de derechos.
- Artículo 178. Función social y desarrollo de la oferta digital legal.
- Sección 2.ª Régimen jurídico de la gestión de los derechos recaudados por autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales
- Artículo 179. Recaudación y facturación.
- Artículo 180. Reparto y pago.
- CAPÍTULO VI. Obligaciones de información, transparencia y contabilidad de las entidades de gestión
- Artículo 181. Información facilitada a los titulares de derechos sobre la gestión de sus derechos.
- Artículo 182. Información facilitada a otras entidades de gestión sobre la gestión de derechos en virtud de acuerdos de representación.
- Artículo 183. Información facilitada previa solicitud.
- Artículo 184. Exactitud de la información sobre los repertorios multiterritoriales.
- Artículo 185. Información que debe hacerse pública.
- Artículo 186. Obligación de notificación a la Administración competente.
- Artículo 187. Contabilidad y auditoría.
- Artículo 188. Presupuesto anual de recaudación y reparto.
- Artículo 189. Informe anual de transparencia.
- CAPÍTULO VII. Régimen sancionador
- Artículo 190. Responsabilidad administrativa, órganos competentes sancionadores y procedimiento sancionador.
- Artículo 191. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 192. Sanciones.
- TÍTULO V. Comisión de Propiedad Intelectual
- Artículo 193. Comisión de Propiedad Intelectual: composición y funciones.
- Artículo 194. Funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas y control.
- Artículo 195. Función de salvaguarda de los derechos en el entorno digital.
- TÍTULO VI. Protección de las medidas tecnológicas y de la información para la gestión de derechos
- Artículo 196. Medidas tecnológicas: actos de elusión y actos preparatorios.
- Artículo 197. Límites a la propiedad intelectual y medidas tecnológicas.
- Artículo 198. Protección de la información para la gestión de derechos.
- LIBRO IV. Del ámbito de aplicación de la Ley
- Artículo 199. Autores.
- Artículo 200. Artistas intérpretes o ejecutantes.
- Artículo 201. Productores, realizadores de meras fotografías y editores.
- Artículo 202. Entidades de radiodifusión.
- Artículo 203. Beneficiarios de la protección del derecho «sui generis».
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- D.A. 1ª. Depósito legal.
- D.A. 2ª. Intercambio de información entre autoridades competentes europeas.
- D.A. 3ª. Revisión de las cantidades del artículo 25.5.
- D.A. 4ª. Periodicidad de la remuneración del artículo 90.3 y deslegalización.
- D.A. 5ª. Notificaciones en el procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.
- D.A. 6ª. Obras consideradas huérfanas conforme a la legislación de otro Estado miembro de la Unión Europea.
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- D.T. 1ª. Derechos adquiridos.
- D.T. 2ª. Derechos de personas jurídicas protegidos por la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad Intelectual.
- D.T. 3ª. Actos y contratos celebrados según la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad Intelectual.
- D.T. 4ª. Autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987.
- D.T. 5ª. Aplicación de los artículos 38 y 39 de la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad Intelectual.
- D.T. 6ª. Aplicabilidad de los artículos 14 a 16 para autores de obras anteriores a la Ley de 11 de noviembre de 1987, de Propiedad Intelectual.
- D.T. 7ª. Reglamento de 3 de septiembre de 1880 para la ejecución de la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad Intelectual.
- D.T. 8ª. Regulación de situaciones especiales en cuanto a programas de ordenador.
- D.T. 9ª. Aplicación de la remuneración equitativa por alquiler a los contratos celebrados antes del 1 de julio de 1994.
- D.T. 10ª. Derechos adquiridos en relación con determinados derechos de explotación.
- D.T. 11ª. Regulación de situaciones especiales en relación con la aplicación temporal de las disposiciones relativas a la comunicación al público vía satélite.
- D.T. 12ª. Aplicación temporal de las disposiciones relativas a radiodifusión vía satélite.
- D.T. 13ª. Regulación de situaciones especiales en cuanto al plazo de protección.
- D.T. 14ª. Aplicación de las transitorias del Código Civil.
- D.T. 15ª. Aplicación de la protección prevista en el Libro I, a las bases de datos finalizadas antes del 1 de enero de 1998.
- D.T. 16ª. Aplicación de la protección prevista en el Libro II, en lo relativo al derecho "sui generis" a las bases de datos finalizadas dentro de los quince años anteriores al 1 de enero de 1998.
- D.T. 17ª. Actos concluidos y derechos adquiridos antes del 1 de enero de 1998 en relación con la protección de las bases de datos.
- D.T. 18ª. Aplicación a las bases de datos finalizadas entre el 1 de enero y el 1 de abril de 1998 de la protección prevista en el Libro I y en el Libro II, respecto al derecho «sui generis».
- D.T. 19ª. Duración de los derechos de los productores de fonogramas.
- D.T. 20ª.
- D.T. 21ª. Aplicación temporal de las disposiciones relativas a las composiciones musicales con letra, a las obras huérfanas y a la cesión de derechos del artista intérprete o ejecutante al productor de fonogramas.
- D.T. 22ª. Publicaciones de prensa.
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- D.DT. UNICA. Alcance de la derogación normativa.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.F. 1ª. Título competencial.
- D.F. 2ª. Aplicación en las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.
- D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario.
- ANEXO. Contenido del informe anual de transparencia
- Fecha: 2021-11-04
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Artículo 20. Comunicación pública.
- Artículo 32. Citas y reseñas e ilustración con fines educativos o de investigación científica.
- Artículo 47. Acción de revisión por remuneración no equitativa.
- Artículo 48 bis. Derecho de revocación.
- Artículo 58. Concepto.
- Artículo 110. Contrato de trabajo y de arrendamiento de servicios.
- Artículo 129 bis. Derechos de las editoriales de publicaciones de prensa y agencias de noticias respecto a los usos en línea de sus publicaciones de prensa.
- Artículo 130. Duración de los derechos.
- Artículo 194. Funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas y control.
- D.T. 22ª. Publicaciones de prensa.
- ...
- Fecha: 2021-10-13
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Artículo 24. Derecho de participación.
- Artículo 177. Reparto, pago y prescripción de derechos.
- Artículo 178. Función social y desarrollo de la oferta digital legal.
- Artículo 193. Comisión de Propiedad Intelectual: composición y funciones.
- Artículo 195. Función de salvaguarda de los derechos en el entorno digital.
- ...
- Fecha: 2020-07-07
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2019-03-03
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Artículo 20. Comunicación pública.
- Artículo 24. Derecho de participación.
- Artículo 25. Compensación equitativa por copia privada.
- Artículo 31 bis. Seguridad y procedimientos oficiales.
- Artículo 31 ter. Accesibilidad para personas con discapacidad.
- Artículo 32. Citas y reseñas e ilustración con fines educativos o de investigación científica.
- Artículo 37. Reproducción, préstamo y consulta de obras mediante terminales especializados en determinados establecimientos.
- Artículo 139. Cese de la actividad ilícita.
- Artículo 141. Medidas cautelares.
- TÍTULO IV. Gestión colectiva de los derechos reconocidos en la ley
- CAPÍTULO I. Requisitos para la gestión colectiva
- Artículo 147. Requisitos de las entidades de gestión.
- Artículo 148. Condiciones de la autorización.
- Artículo 149. Revocación de la autorización.
- Artículo 150. Legitimación.
- Artículo 151. Requisitos de las entidades de gestión sin establecimiento en España.
- Artículo 152. Requisitos de las entidades dependientes de una entidad de gestión.
- Artículo 153. Requisitos de los operadores de gestión independientes.
- Artículo 154. Facultades de supervisión de las Administraciones Públicas.
- Artículo 155. Competencias de las Administraciones Públicas.
- CAPÍTULO II. Titulares de derechos
- Artículo 156. Principios generales de representación de los titulares de derechos.
- Artículo 157. Contrato de gestión.
- Artículo 158. Revocación total o parcial del contrato de gestión.
- CAPÍTULO III. Organización de las entidades de gestión
- Artículo 159. Estatutos.
- Artículo 160. Asamblea general.
- Artículo 161. Administración.
- Artículo 162. Órgano de control interno.
- CAPÍTULO IV. Autorizaciones no exclusivas para el uso del repertorio de las entidades de gestión y tarifas generales
- Sección 1.ª Régimen jurídico general
- Artículo 163. Concesión de autorizaciones no exclusivas.
- Artículo 164. Tarifas generales.
- Artículo 165. Acuerdos sectoriales.
- Artículo 166. Excepciones.
- Artículo 167. Obligaciones de los usuarios.
- Artículo 168. Ventanilla única de facturación y pago.
- Artículo 169. Concesión de autorizaciones para ejercicio no comercial de derechos.
- Sección 2.ª Régimen jurídico de las autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales
- Artículo 170. Disposiciones generales.
- Artículo 171. Capacidad para tramitar autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales.
- Artículo 172. Acuerdos de representación con otra entidad de gestión.
- Artículo 173. Obligación de representación.
- Artículo 174. Tarifas.
- CAPÍTULO V. Gestión de los derechos recaudados por las entidades de gestión
- Sección 1.ª Régimen jurídico general
- Artículo 175. Recaudación y utilización de los derechos recaudados.
- Artículo 176. Descuentos.
- Artículo 177. Reparto, pago y prescripción de derechos.
- Artículo 178. Función social y desarrollo de la oferta digital legal.
- Sección 2.ª Régimen jurídico de la gestión de los derechos recaudados por autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales
- Artículo 179. Recaudación y facturación.
- Artículo 180. Reparto y pago.
- CAPÍTULO VI. Obligaciones de información, transparencia y contabilidad de las entidades de gestión
- Artículo 181. Información facilitada a los titulares de derechos sobre la gestión de sus derechos.
- Artículo 182. Información facilitada a otras entidades de gestión sobre la gestión de derechos en virtud de acuerdos de representación.
- Artículo 183. Información facilitada previa solicitud.
- Artículo 184. Exactitud de la información sobre los repertorios multiterritoriales.
- Artículo 185. Información que debe hacerse pública.
- Artículo 186. Obligación de notificación a la Administración competente.
- Artículo 187. Contabilidad y auditoría.
- Artículo 188. Presupuesto anual de recaudación y reparto.
- Artículo 189. Informe anual de transparencia.
- CAPÍTULO VII. Régimen sancionador
- Artículo 190. Responsabilidad administrativa, órganos competentes sancionadores y procedimiento sancionador.
- Artículo 191. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 192. Sanciones.
- TÍTULO V. Comisión de Propiedad Intelectual
- Artículo 193. Comisión de Propiedad Intelectual: composición y funciones.
- Artículo 194. Funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas y control.
- Artículo 195. Función de salvaguarda de los derechos en el entorno digital.
- TÍTULO VI. Protección de las medidas tecnológicas y de la información para la gestión de derechos
- Artículo 196. Medidas tecnológicas: actos de elusión y actos preparatorios.
- Artículo 197. Límites a la propiedad intelectual y medidas tecnológicas.
- Artículo 198. Protección de la información para la gestión de derechos.
- Artículo 199. Autores.
- Artículo 200. Artistas intérpretes o ejecutantes.
- Artículo 201. Productores, realizadores de meras fotografías y editores.
- Artículo 202. Entidades de radiodifusión.
- Artículo 203. Beneficiarios de la protección del derecho «sui generis».
- D.A. 2ª. Intercambio de información entre autoridades competentes europeas.
- D.A. 5ª. Notificaciones en el procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- D.F. 2ª. Aplicación en las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.
- D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario.
- ANEXO. Contenido del informe anual de transparencia
- ...
- Fecha: 2018-04-15
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Artículo 20. Comunicación pública.
- Artículo 25. Compensación equitativa por copia privada.
- Artículo 31 bis. Seguridad y procedimientos oficiales.
- Artículo 31 ter. Accesibilidad para personas con discapacidad.
- Artículo 139. Cese de la actividad ilícita.
- Artículo 141. Medidas cautelares.
- TÍTULO IV. Gestión colectiva de los derechos reconocidos en la ley
- CAPÍTULO I. Requisitos para la gestión colectiva
- Artículo 147. Requisitos de las entidades de gestión.
- Artículo 148. Condiciones de la autorización.
- Artículo 149. Revocación de la autorización.
- Artículo 150. Legitimación.
- Artículo 151. Requisitos de las entidades de gestión sin establecimiento en España.
- Artículo 152. Requisitos de las entidades dependientes de una entidad de gestión.
- Artículo 153. Requisitos de los operadores de gestión independientes.
- Artículo 154. Facultades de supervisión de las Administraciones Públicas.
- Artículo 155. Competencias de las Administraciones Públicas.
- CAPÍTULO II. Titulares de derechos
- Artículo 156. Principios generales de representación de los titulares de derechos.
- Artículo 157. Contrato de gestión.
- Artículo 158. Revocación total o parcial del contrato de gestión.
- CAPÍTULO III. Organización de las entidades de gestión
- Artículo 159. Estatutos.
- Artículo 160. Asamblea general.
- Artículo 161. Administración.
- Artículo 162. Órgano de control interno.
- CAPÍTULO IV. Autorizaciones no exclusivas para el uso del repertorio de las entidades de gestión y tarifas generales
- Sección 1.ª Régimen jurídico general
- Artículo 163. Concesión de autorizaciones no exclusivas.
- Artículo 164. Tarifas generales.
- Artículo 165. Acuerdos sectoriales.
- Artículo 166. Excepciones.
- Artículo 167. Obligaciones de los usuarios.
- Artículo 168. Ventanilla única de facturación y pago.
- Artículo 169. Concesión de autorizaciones para ejercicio no comercial de derechos.
- Sección 2.ª Régimen jurídico de las autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales
- Artículo 170. Disposiciones generales.
- Artículo 171. Capacidad para tramitar autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales.
- Artículo 172. Acuerdos de representación con otra entidad de gestión.
- Artículo 173. Obligación de representación.
- Artículo 174. Tarifas.
- CAPÍTULO V. Gestión de los derechos recaudados por las entidades de gestión
- Sección 1.ª Régimen jurídico general
- Artículo 175. Recaudación y utilización de los derechos recaudados.
- Artículo 176. Descuentos.
- Artículo 177. Reparto, pago y prescripción de derechos.
- Artículo 178. Función social y desarrollo de la oferta digital legal.
- Sección 2.ª Régimen jurídico de la gestión de los derechos recaudados por autorizaciones multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales
- Artículo 179. Recaudación y facturación.
- Artículo 180. Reparto y pago.
- CAPÍTULO VI. Obligaciones de información, transparencia y contabilidad de las entidades de gestión
- Artículo 181. Información facilitada a los titulares de derechos sobre la gestión de sus derechos.
- Artículo 182. Información facilitada a otras entidades de gestión sobre la gestión de derechos en virtud de acuerdos de representación.
- Artículo 183. Información facilitada previa solicitud.
- Artículo 184. Exactitud de la información sobre los repertorios multiterritoriales.
- Artículo 185. Información que debe hacerse pública.
- Artículo 186. Obligación de notificación a la Administración competente.
- Artículo 187. Contabilidad y auditoría.
- Artículo 188. Presupuesto anual de recaudación y reparto.
- Artículo 189. Informe anual de transparencia.
- CAPÍTULO VII. Régimen sancionador
- Artículo 190. Responsabilidad administrativa, órganos competentes sancionadores y procedimiento sancionador.
- Artículo 191. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 192. Sanciones.
- TÍTULO V. Comisión de Propiedad Intelectual
- Artículo 193. Comisión de Propiedad Intelectual: composición y funciones.
- Artículo 194. Funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas y control.
- Artículo 195. Función de salvaguarda de los derechos en el entorno digital.
- TÍTULO VI. Protección de las medidas tecnológicas y de la información para la gestión de derechos
- Artículo 196. Medidas tecnológicas: actos de elusión y actos preparatorios.
- Artículo 197. Límites a la propiedad intelectual y medidas tecnológicas.
- Artículo 198. Protección de la información para la gestión de derechos.
- Artículo 199. Autores.
- Artículo 200. Artistas intérpretes o ejecutantes.
- Artículo 201. Productores, realizadores de meras fotografías y editores.
- Artículo 202. Entidades de radiodifusión.
- Artículo 203. Beneficiarios de la protección del derecho "sui generis".
- D.A. 2ª. Intercambio de información entre autoridades competentes europeas.
- D.A. 5ª. Notificaciones en el procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- ANEXO. Contenido del informe anual de transparencia
- ...
- Fecha: 2017-08-01
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2015-11-05
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2015-05-05
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Artículo 154. Reparto, pago y prescripción de derechos.
- Artículo 162 ter. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 162 quáter. Sanciones.
- Fecha: 2015-01-05
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2015-01-01
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Artículo 19. Distribución.
- Artículo 25. Compensación equitativa por copia privada.
- Artículo 28. Duración y cómputo de las obras en colaboración y colectivas.
- Artículo 31. Reproducciones provisionales y copia privada.
- Artículo 32. Citas y reseñas e ilustración con fines educativos o de investigación científica.
- Artículo 37 bis. Obras huérfanas.
- Artículo 110 bis. Disposiciones relativas a la cesión de derechos al productor de fonogramas.
- Artículo 112. Duración de los derechos de explotación.
- Artículo 119. Duración de los derechos.
- Artículo 138. Acciones y medidas cautelares urgentes.
- Artículo 151. Estatutos.
- Artículo 153. Contrato de gestión.
- Artículo 154. Reparto, pago y prescripción de derechos.
- Artículo 155. Función social y desarrollo de la oferta digital legal.
- Artículo 156. Contabilidad y auditoría.
- Artículo 157. Otras obligaciones.
- Artículo 157 bis. Facultades de supervisión.
- Artículo 158. Comisión de Propiedad Intelectual: composición y funciones.
- Artículo 158 bis. Funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas y control.
- Artículo 159. Competencias de las Administraciones Públicas.
- Artículo 161. Límites a la propiedad intelectual y medidas tecnológicas.
- TÍTULO VI. Régimen sancionador de las entidades de gestión
- Artículo 162 bis. Responsabilidad administrativa, órganos competentes sancionadores y procedimiento sancionador.
- D.A. 5ª. Notificaciones en el procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.
- D.A. 6ª. Obras consideradas huérfanas conforme a la legislación de otro Estado miembro de la Unión Europea.
- D.T. 21ª. Aplicación temporal de las disposiciones relativas a las composiciones musicales con letra, a las obras huérfanas y a la cesión de derechos del artista intérprete o ejecutante al productor de fonogramas.
- ...
- Fecha: 2012-01-01
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2011-03-06
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2009-12-27
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2009-01-14
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2007-06-24
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2006-07-28
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Artículo 18. Reproducción.
- Artículo 19. Distribución.
- Artículo 20. Comunicación pública.
- Artículo 25. Derecho de remuneración por copia privada.
- Artículo 31. Reproducciones provisionales y copia privada.
- Artículo 31 bis. Seguridad, procedimientos oficiales y discapacidades.
- Artículo 32. Cita e ilustración de la enseñanza.
- Artículo 37. Reproducción, préstamo y consulta de obras mediante terminales especializados en determinados establecimientos.
- Artículo 90. Remuneración de los autores.
- Artículo 107. Reproducción.
- Artículo 108. Comunicación pública.
- Artículo 109. Distribución.
- Artículo 110. Contrato de trabajo y de arrendamiento de servicios.
- Artículo 113. Derechos morales.
- Artículo 115. Reproducción.
- Artículo 116. Comunicación pública.
- Artículo 117. Distribución.
- Artículo 119. Duración de los derechos.
- Artículo 121. Reproducción.
- Artículo 122. Comunicación pública.
- Artículo 123. Distribución.
- Artículo 126. Derechos exclusivos.
- Artículo 138. Acciones y medidas cautelares urgentes.
- Artículo 139. Cese de la actividad ilícita.
- Artículo 141. Medidas cautelares.
- TÍTULO V. Protección de las medidas tecnológicas y de la información para la gestión de derechos.
- Artículo 160. Medidas tecnológicas: actos de elusión y actos preparatorios.
- Artículo 161. Límites a la propiedad intelectual y medidas tecnológicas.
- Artículo 162. Protección de la información para la gestión de derechos.
- Artículo 163. Autores.
- Artículo 164. Artistas intérpretes o ejecutantes.
- Artículo 165. Productores, realizadores de meras fotografías y editores.
- Artículo 166. Entidades de radiodifusión.
- Artículo 167. Beneficiarios de la protección del derecho "sui generis".
- D.T. 19ª. Duración de los derechos de los productores de fonogramas.
- ...
- Fecha: 2006-06-07
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2004-09-01
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2001-01-08
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 2000-03-27
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Fecha: 1998-04-01
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
- Artículo 12. Colecciones. Bases de datos.
- Artículo 20. Comunicación pública.
- Artículo 21. Transformación.
- Artículo 25. Derecho de remuneración por copia privada.
- TÍTULO III. Duración, límites y salvaguardia de otras disposiciones legales.
- Artículo 31. Reproducción sin autorización.
- Artículo 34. Utilización de bases de datos por el usuario legítimo y limitaciones a los derechos de explotación del titular de una base de datos.
- Artículo 35. Utilización de las obras con ocasión de informaciones de actualidad y de las situadas en vías públicas.
- Artículo 40 bis. Disposición común a todas las del presente capítulo.
- CAPÍTULO III. Salvaguardia de aplicación de otras disposiciones legales.
- Artículo 40 ter. Salvaguardia de aplicación de otras disposiciones legales.
- Artículo 103. Medidas de protección.
- LIBRO II. De los otros derechos de propiedad intelectual y de la protección "sui generis" de las bases de datos.
- TÍTULO VII. Disposiciones comunes a los otros derechos de propiedad intelectual.
- Artículo 131. Cláusula de salvaguardia de los derechos de autor.
- Artículo 132. Aplicación subsidiaria de disposiciones del Libro I.
- TÍTULO VIII. Derecho "sui generis" sobre las bases de datos.
- Artículo 133. Objeto de protección.
- Artículo 134. Derechos y obligaciones del usuario legítimo.
- Artículo 135. Excepciones al derecho "sui generis".
- Artículo 136. Plazo de protección.
- Artículo 137. Salvaguardia de aplicación de otras disposiciones.
- Artículo 138. Acciones y medidas cautelares urgentes.
- Artículo 139. Cese de la actividad ilícita.
- Artículo 140. Indemnización.
- Artículo 141. Medidas cautelares.
- Artículo 142. Procedimiento.
- Artículo 143. Causas criminales.
- Artículo 144. Organización y funcionamiento.
- Artículo 145. Régimen de las inscripciones.
- Artículo 146. Símbolos o indicaciones.
- Artículo 147. Requisitos.
- Artículo 148. Condiciones de la autorización.
- Artículo 149. Revocación de la autorización.
- Artículo 150. Legitimación.
- Artículo 151. Estatutos.
- Artículo 152. Obligaciones de administrar los derechos de propiedad intelectual conferidos.
- Artículo 153. Contrato de gestión.
- Artículo 154. Reparto de derechos.
- Artículo 155. Función social.
- Artículo 156. Documentación contable.
- Artículo 157. Otras obligaciones.
- Artículo 158. Comisión Mediadora y Arbitral de la Propiedad Intelectual.
- Artículo 159. Facultades del Ministerio de Cultura.
- Artículo 160. Autores.
- Artículo 161. Artistas intérpretes o ejecutantes.
- Artículo 162. Productores, realizadores de meras fotografías y editores.
- Artículo 163. Entidades de radiodifusión.
- Artículo 164. Beneficiarios de la protección del derecho sui generis.
- D.T. 15ª. Aplicación de la protección prevista en el Libro I, a las bases de datos finalizadas antes del 1 de enero de 1998.
- D.T. 16ª. Aplicación de la protección prevista en el Libro II, en lo relativo al derecho "sui generis" a las bases de datos finalizadas dentro de los quince años anteriores al 1 de enero de 1998.
- D.T. 17ª. Actos concluidos y derechos adquiridos antes del 1 de enero de 1998 en relación con la protección de las bases de datos.
- D.T. 18ª. Aplicación a las bases de datos finalizadas entre el 1 de enero y el 1 de abril de 1998 de la protección prevista en el Libro I y en el Libro II, respecto al derecho «sui generis».
- ...
- Fecha: 1970-01-30
- Tipo Norma: Boletín Oficial del Estado
- Artículos:
Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificacion de diversas leyes para su adaptacion a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
LEY 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participacion en beneficio del autor de una obra de arte original.
LEY 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas.
LEY 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
LEY 19/2006, de 5 de junio, por la que se amplian los medios de tutela de los derechos de propiedad intelectual e industrial y se establecen normas procesales para facilitar la aplicacion de diversos reglamentos comunitarios.
LEY 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
SENTENCIA de 9 de febrero de 2000, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el ultimo inciso del articulo 145 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
Ley 5/1998, de 6 de marzo, de incorporación al Derecho español de la Directiva 96/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos.
Ley 5/1998, de 6 de marzo, de incorporación al Derecho español de la Directiva 96/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos.
NORMAS RELACIONADAS
Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Codigo Civil.
LEY 16/1989, DE 17 DE JULIO, DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la informacion y de comercio electronico.
LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico.
Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposicion de directivas de la Union Europea en las materias de bonos garantizados, distribucion transfronteriza de organismos de inversion colectiva, datos abiertos y reutilizacion de la informacion del sector publico, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en linea y a las retransmisiones de programas de radio y television, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promocion de vehiculos de transporte por carretera limpios y energeticamente eficientes.
Real decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Codigo de Comercio.
Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulacion de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.
REAL DECRETO 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
REAL DECRETO 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables especificos para microempresas.
LEY 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
LEY 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
LEY 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediacion en asuntos civiles y mercantiles.
LEY 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoria de Cuentas.
REAL DECRETO 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Regimen Juridico del Sector Publico.
Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autonoma de Andalucia para el año 2009.
REAL DECRETO 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudacion.
LEY 26/1984, DE 19 DE JULIO, GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS.
LEY ORGANICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccion de Datos de Caracter Personal.
REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Ley 9/1975, de 12 de marzo, del Libro.
Decreto 3837/1970, de 31 de diciembre, por el que se regula la hipoteca mobiliaria de peliculas cinematograficas.
REAL DECRETO 281/2003, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual.
REAL DECRETO 1778/1994, DE 5 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ADECUAN A LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE REGIMEN JURIDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN, LAS NORMAS REGULADORAS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO, MODIFICACION Y EXTINCION DE AUTORIZACIONES.
Constitucion Española, de 27 de diciembre de 1978.
- desde 13/10/2021 hasta 04/11/2021
- desde 07/07/2020 hasta 13/10/2021
- desde 03/03/2019 hasta 07/07/2020
- desde 15/04/2018 hasta 03/03/2019
- desde 01/08/2017 hasta 15/04/2018
- desde 05/11/2015 hasta 01/08/2017
- desde 05/05/2015 hasta 05/11/2015
- desde 05/01/2015 hasta 05/05/2015
- desde 01/01/2015 hasta 05/01/2015
- desde 01/01/2012 hasta 01/01/2015
- desde 06/03/2011 hasta 01/01/2012
- desde 27/12/2009 hasta 06/03/2011
- desde 14/01/2009 hasta 27/12/2009
- desde 24/06/2007 hasta 14/01/2009
- desde 28/07/2006 hasta 24/06/2007
- desde 07/06/2006 hasta 28/07/2006
- desde 01/09/2004 hasta 07/06/2006
- desde 08/01/2001 hasta 01/09/2004
- desde 27/03/2000 hasta 08/01/2001
- desde 01/04/1998 hasta 27/03/2000
- desde 23/04/1996 hasta 01/04/1998
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NORMA AFECTADA POR
Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes.
Ley 14/2021, de 11 de octubre, por la que se modifica el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda.
Ley 2/2019, de 1 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017.
Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017.
Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada.
Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
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