Da 8 Reglamento del IRPF del THB

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D.A. 8ª.- Régimen opcional para la aplicación del porcentaje previsto en el primer párrafo del artículo 33 para las actividades agrícolas y ganaderas.

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Para la determinación del rendimiento neto mediante la modalidad simplificada del método de estimación directa de las actividades agrícolas y ganaderas, las personas contribuyentes con edad superior a 55 años a la fecha de devengo del impuesto podrán aplicar el porcentaje previsto en el primer párrafo del artículo 33 de este Reglamento en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2021.

(NOTA: Disposición con efectos desde 1 de enero de 2025)

Modificaciones