Legislación
Legislación

Decreto 2/2005, de 14 de enero, regulador de las medidas mínimas de seguridad y protección que han de cumplir las playas y zonas de baño de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 15-01-2005

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Mayo de 2015

F. entrada en vigor: 16/01/2005

Órgano emisor: CONSELLERIA D INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 8

F. Publicación: 15/01/2005


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definición Artículo 4. Catálogo general de las playas de las Illes Balears
CAPÍTULO II. Medidas mínimas de seguridad y protección en las playas
Artículo 5. Medidas de autoprotección Artículo 6. Criterios de clasificación del riesgo Artículo 7. Plan de salvamento en las playas Artículo 8. Registro de técnicos competentes Artículo 9. Personal técnico acreditado Artículo 10. Responsabilidad Artículo 11. Registro general de Planes de salvamento de playas Artículo 12. Elementos de información e identificación de la seguridad de la playa Artículo 13. Banderas de identificación Artículo 14. Carteles informativos Artículo 15. Balizamiento Artículo 16. Sistemas de avisos y comunicados Artículo 17. Servicio público de salvamento Artículo 18. Equipo humano Artículo 19. Equipamiento material Artículo 20. Horarios de prestación de los servicios Artículo 21. Coordinador del servicio de playas
CAPÍTULO III. Control y evaluación de la seguridad en las playas
Artículo 22. Labor inspectora
CAPÍTULO IV. Medidas de coordinación operativa
Artículo 23. Intervención en incidentes y accidentes Artículo 24. Memoria anual
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Extensión de las normas para la prevención de accidentes D.A. 2ª. Ejercicio de autoridad D.A. 3ª. Homologación del equipamiento material D.A. 4ª. Concurrencia territorial
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Plazos para el registro y homologación de catálogos y planes de salvamento D.T. 2ª. Homologación de títulos
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª D.F. 2ª ANEXO I. CRITERIOS PARA LA CATALOGACIÓN DE LAS PLAYAS ANEXO II. CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN DEL RIESGO ANEXO III. ACREDITACIÓN DEL EQUIPO HUMANO DEL PLAN DE SALVAMENTO ANEXO IV. BANDERAS COMPLEMENTARIAS ANEXO V. CARTELES INFORMATIVOS ANEXO VI. CRITERIOS PARA EL DIMENSIONAMIENTO DEL EQUIPO HUMANO EN FUNCIÓN DEL RIESGO ANEXO VII. CRITERIOS PARA DIMENSIONAR EL EQUIPAMIENTO MATERIAL EN FUNCIÓN DEL RIESGO