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Directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, relativa a la eficiencia energética de los edificios, (refundición), (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 08-05-2024

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: DOUE

Estado: VACATIO LEGIS.

F. entrada en vigor: 28/05/2024

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 0

F. Publicación: 08/05/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo 1. Objeto Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Plan nacional de renovación de edificios Artículo 4. Adopción de una metodología de cálculo de la eficiencia energética de los edificios Artículo 5. Requisitos mínimos de eficiencia energética Artículo 6. Cálculo de los niveles óptimos de rentabilidad de los requisitos mínimos de eficiencia energética Artículo 7. Edificios nuevos Artículo 8. Edificios existentes Artículo 9. Normas mínimas de eficiencia energética para edificios no residenciales y trayectorias para la renovación progresiva del parque inmobiliarios residencial Artículo 10. Energía solar en los edificios Artículo 11. Edificios de cero emisiones Artículo 12. Pasaporte de renovación Artículo 13. Instalaciones técnicas de los edificios Artículo 14. Infraestructura para la movilidad sostenible Artículo 15. Preparación para aplicaciones inteligentes de los edificios Artículo 16. Intercambio de datos Artículo 17. Incentivos financieros, capacidades y barreras del mercado Artículo 18. Ventanillas únicas para la eficiencia energética de los edificios Artículo 19. Certificados de eficiencia energética Artículo 20. Expedición de certificados de eficiencia energética Artículo 21. Exposición de certificados de eficiencia energética Artículo 22. Bases de datos de la eficiencia energética de los edificios Artículo 23. Inspecciones Artículo 24. Informes sobre la inspección de las instalaciones de calefacción, de ventilación y de aire acondicionado Artículo 25. Expertos independientes Artículo 26. Certificación de los profesionales de la construcción Artículo 27. Sistema de control independiente Artículo 28. Revisión Artículo 29. Información Artículo 30. Consulta Artículo 31. Adaptación del anexo I al progreso técnico Artículo 32. Ejercicio de la delegación Artículo 33. Procedimiento de comité Artículo 34. Sanciones Artículo 35. Transposición Artículo 36. Derogación Artículo 37. Entrada en vigor y aplicación Artículo 38. Destinatarios ANEXO I. Marco general común para el cálculo de la eficiencia energética de los edificios ANEXO II. Modelo para los planes nacionales de renovación de edificios ANEXO III. Cálculo del potencial de calentamiento global a lo largo del ciclo de vida de edificios nuevos con arreglo al artículo 7, apartado 2 ANEXO IV. Marco general común para la valoración del grado de preparación para aplicaciones inteligentes de los edificios ANEXO V. Modelo para los certificados de eficiencia energética ANEXO VI. Sistemas de control independientes de los certificados de eficiencia energética ANEXO VII. Marco metodológico comparativo para la determinación de los niveles óptimos de rentabilidad de los requisitos de eficiencia energética de los edificios y de sus elementos ANEXO VIII. Requisitos de los pasaportes de renovación ANEXO IX ANEXO X. Tabla de correspondencias