Disposicion Adicional 7 Ley 2/2007, de 16 de marzo, Cuerpos y escalas de la Administración de I. Balears
D.A. 7ª. Integración y supresión de especialidades.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Se suprime la especialidad de inspección médica de la escala sanitaria del cuerpo facultativo superior.
El personal funcionario de esta especialidad se integra dentro del cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad medicina.
2. Se suprime la especialidad de subinspección sanitaria de la escala sanitaria del cuerpo facultativo técnico.
El personal funcionario de esta especialidad se integra dentro del cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad enfermería.
3. Se suprime la especialidad de vigilante de reserva marina de la escala de agentes de medio ambiente del cuerpo ayudante facultativo.
El personal funcionario de esta especialidad se integra dentro del cuerpo ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente, especialidad de agentes de pesca.
- Artículo modificado (D.A. 7ª se añade) por Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y de otras medidas de simplificación y racionalización administrativas (PM de 13-06-2026) en vigor desde 14-06-2026
