Dt 7 Reglamento del IRPF del THB
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»D.T. 7ª.-Orden de aplicación de los excesos de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social que no hayan sido objeto de reducción con anterioridad a 1 de enero de 2025.
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(NOTA: Disposición con efectos desde 1 de enero de 2025)
Los y las contribuyentes cuyas cantidades aportadas o las contribuciones imputadas con anterioridad a 1 de enero de 2025 no hubiesen sido objeto de reducción en la base imponible general según lo previsto en el apartado 3 del artículo 71, en el apartado 2 del artículo 72 y en la letra b) del apartado 3 de la disposición adicional novena de la Norma Foral del Impuesto, podrán aplicar dichos excesos en los ejercicios pendientes, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 65 de este reglamento en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2024.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 7ª (se dota de contenido)) por DECRETO FORAL 100/2025, de 13 de noviembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican distintos reglamentos tributarios y se desarrolla la Norma Foral 2/2025, de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia en materia de previsión social.
(BI de 17-11-2025) en vigor desde 17-11-2025 - Modificación realizada (D.T. 7ª (se deja sin contenido)) por DECRETO FORAL 59/2025, de 12 de junio, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicables a los rendimientos del trabajo y se introducen otras modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
(BI de 17-06-2025) en vigor desde 17-06-2025 - Artículo modificado (D.T. 7ª (se añade)) por DECRETO FORAL 125/2019, de 21 de agosto, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Bizkaia, se desarrolla el régimen fiscal de la fase final de la UEFA Euro 2020 y se modifican el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de revisión en vía administrativa, el Reglamento de inspección tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
(BI de 23-08-2019) en vigor desde 24-08-2019
