LEY 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico. - Diario Oficial de Galicia de 27-01-2014
Índice
Texto
Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Diciembre de 2023
F. entrada en vigor: 16/02/2014
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 17
F. Publicación: 27/01/2014
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley
Artículo 2. Racionalización, reordenación y reestructuración del sector público autonómico
Artículo 3. Creación de entidades integrantes del sector público autonómico
Artículo 4. Simplificación y racionalización administrativas y reducción de cargas
Artículo 5. Guía de procedimientos y servicios
Artículo 6. Habilitación de procedimientos administrativos
TÍTULO I. Colaboración dentro del sector público
Artículo 7. Principios generales y deberes de colaboración y cooperación
Artículo 8. Autoprovisión de bienes y de servicios dentro del propio sector público
Artículo 9. Aprobación de catálogos de medios y prestaciones
Artículo 10. Articulación de los principios de cooperación, colaboración y asistencia recíprocas
Artículo 11. Protocolos de coordinación
Artículo 12. Comisiones o grupos de trabajo
Artículo 13. Encomiendas de gestión
Artículo 14. Acuerdos de colaboración o cooperación entre entidades del sector público autonómico para el desempeño conjunto de tareas comunes
Artículo 15. Acuerdos de colaboración o cooperación para la financiación conjunta de contratos para la satisfacción de una finalidad común
Artículo 16. Modalidades de actuación en la financiación conjunta de contratos para la satisfacción de una finalidad común
Artículo 17. Otros supuestos de colaboración, cooperación y asistencia
Artículo 18. Resolución de conflictos en la colaboración, cooperación y asistencia
TÍTULO II. Racionalización y reducción de costes en la contratación del sector público
CAPÍTULO I. Contratación pública eficiente y estratégica
Artículo 19. Principios y objetivos de la contratación pública
Artículo 20. Contratación eficiente y centralizada
Artículo 21. Contratación electrónica
Artículo 22. Contratación sin costes de acceso a la información
Artículo 23. Contratación transparente y que fomente la competencia
Artículo 24. Contratación documentalmente simplificada
Artículo 25. Compra pública responsable
Artículo 25 bis. Reglas de utilización de los criterios de adjudicación basados en la calidad social y ambiental impuestos por normativa sectorial
Artículo 26. Reserva de contratos a centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción sociolaboral
Artículo 27. Participación de las asociaciones y fundaciones en contratos del sector público
Artículo 28. Contratación pública de innovación
Artículo 29. Contratación accesible a las pymes y empresas incipientes
Artículo 30. Contratación responsable
Artículo 31. Contratación sostenible
Artículo 32. Contratos de colaboración público-privada y de concesión de obra pública
Artículo 33. Justificación de la necesidad e idoneidad de la contratación
Artículo 33 bis.
Artículo 34. Junta Consultiva de Contratación Administrativa
Artículo 35. Asistencia a los órganos de contratación y a las empresas
CAPÍTULO II. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia
Artículo 35 bis. Naturaleza y competencias
Artículo 35 ter. Composición
Artículo 35 quater. Duración del mandato, garantías e incompatibilidades de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia
Artículo 35 quinquies. Régimen de funcionamiento
TÍTULO III. Racionalización, simplificación y mejora de la calidad normativa
Artículo 36. Objetivos fundamentales
Artículo 37. Instrumentos para la mejora de la calidad normativa
TÍTULO IV. Sistematización, reordenación y supresión de entidades públicas instrumentales del sector público autonómico
CAPÍTULO I. Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia
Artículo 38. Creación, fines y objetivos
Artículo 39. Estatutos y régimen jurídico
CAPÍTULO II. Agencia en Materia de Docencia, Formación, Investigación, Innovación y Evaluación de Tecnologías y Servicios Sanitarios
Artículo 40. Creación, fines y objetivos
Artículo 41. Estatutos y régimen jurídico
CAPÍTULO III. Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos
Artículo 42. Creación, fines y objetivos
Artículo 43. Estatutos y régimen jurídico
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Referencias a las entidades y órganos que se integran en las entidades públicas instrumentales que serán objeto de creación
D.A. 2ª. Elaboración de catálogos
D.A. 3ª. Comisión interdepartamental para el estudio de las necesidades de contratación centralizada
D.A. 4ª. Fomento de la contratación electrónica
D.A. 5ª. Colaboración con las entidades locales para la contratación electrónica y el acceso sin coste a la información
D.A. 6ª. Fomento de la contratación precomercial
D.A. 7ª. Fomento de la contratación pública innovadora
D.A. 8ª. Otras guías de contratación
D.A. 9ª. Modelos de pliegos de cláusulas administrativas
D.A. 10ª. Racionalización de medios de las administraciones públicas para la prestación de servicios sociales
D.A. 11ª. Garantía en la continuidad en la prestación de servicios por la Agencia Gallega de Servicios Sociales
D.A. 11ª. Racionalización del sistema de transporte público
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Ejercicio de las competencias hasta el inicio de la actividad por las entidades públicas instrumentales que serán objeto de creación
D.T. 2ª. Régimen transitorio de los órganos de gobierno del Instituto Energético de Galicia
D.T. 3ª. Régimen transitorio de los órganos de gobierno de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural
D.T. 4ª. Integración de miembros en el Consejo Gallego de Bienestar
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Unica. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 9/1996, de 18 de octubre, de incompatibilidades de los miembros de la Xunta de Galicia y altos cargos de la Administración autonómica
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental
D.F. 5ª. Adaptación de funciones y composición del Consejo Gallego de Bienestar
D.F. 6ª. Modificación de la Ley 14/2007, de 30 de octubre, por la que se crea y regula el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral
D.F. 7ª. Adaptación del Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral a la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia
D.F. 8ª. Modificación de la Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia
D.F. 9ª. Modificación de la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, de patrimonio de Galicia
D.F. 10ª. Modificación del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia
D.F. 11ª. Modificación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia
D.F. 12ª. Modificación de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de incendios forestales de Galicia
D.F. 13ª. Delegación legislativa
D.F. 14ª. Desarrollo normativo
D.F. 15ª. Entrada en vigor