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Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. - Boletín Oficial del Estado de 30-10-2013

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Julio de 2018

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 260

F. Publicación: 30/10/2013


Preambulo PREÁMBULO Artículo 1. Régimen económico de las nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica en los territorios insulares y extrapeninsulares. Artículo 2. Resolución de compatibilidad de las instalaciones de producción de energía eléctrica y renovaciones de las existentes en los territorios insulares y extrapeninsulares. Artículo 3. Determinación de los conceptos retributivos asociados a los combustibles en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. Artículo 4. Retribución de la actividad de producción de energía eléctrica en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares en caso de incidencias de funcionamiento. Artículo 5. Titularidad de las instalaciones de bombeo en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. Artículo 6. Titularidad de instalaciones de regasificación en los sistemas gasistas insulares y extrapeninsulares.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Órdenes de arranque a las instalaciones de producción en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. D.A. 2ª. Excepciones a la limitación en la titularidad de las instalaciones de producción de energía eléctrica en los territorios insulares y extrapeninsulares.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Resolución de compatibilidad de las instalaciones de producción de energía eléctrica en los territorios insulares y extrapeninsulares que cuenten con inscripción en el Registro de preasignación de retribución o con autorización administrativa. D.T. 2ª. Régimen transitorio para determinadas instalaciones de bombeo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector eléctrico. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. D.F. 3ª. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. D.F. 4ª. Título competencial. D.F. 5ª. Habilitación normativa y desarrollo reglamentario. D.F. 6ª. Entrada en vigor.