Última revisión
03/09/2020
Anteproyecto de trabajo a distancia: no sería posible el despido en caso de falta de adaptación o ineptitud al teletrabajo

El último borrador de la futura Ley de trabajo a distancia presentado a sindicatos y patronal, contiene novedades llamadas a ser relevantes como:
- voluntariedad del trabajo a distancia tanto para el empleado como para la empresa.
- regulación mediante acuerdo de trabajo a distancia o, en su caso, vía convenio colectivo.
- exclusión del teletrabajo a personas trabajadores de 16 y 17 años, y a los contratos formativos como el de aprendizaje, formación o prácticas.
- una protección frente al despido para las personas trabajadoras que no quiere, no tenga medios, o no se adapte a trabajar a distancia. En concreto, el artículo 4 del futuro texto recoge que en ningún caso "serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral" la negativa de la persona trabajadora "a trabajar a distancia, su falta de adaptación o la ineptitud, inicial o sobrevenida, relacionadas directamente con esta fórmula de ejecución de trabajo, o el ejercicio de su derecho a regresar a la modalidad de trabajo presencial".
En relación a uno de los "puntos calientes" de la negociación, los posibles gastos asociados al teletrabajo, en la última propuesta presentada, se mantiene la propuesta inicial de que la empresa deba "sufragar o compensar en su totalidad" al trabajador por los costes del desarrollo de su empleo a distancia. En paralelo, de mantenerse la redacción actual, la empresa tendría también que proporcionar medios, equipos y herramientas para el desarrollo del trabajo fuera de la oficina.
Algunas claves del teletrabajo que se avecina
¿Quiénes serán personas trabajadoras a distancia?
Salvo modificaciones, bastará con trabajar a distancia un día a la semana para estar amparado por la futura normativa, la ley resultará de aplicación a las personas que desarrollen su trabajo a distancia "en un periodo de referencia de tres meses", es decir, con un mínimo del 20% de la jornada. Este aspecto, por el contrario, es visto por la patronal como un elemento de flexibilidad laboral, que entienden fuera de la futura reglamentación.
Horario de trabajo
En principio una parte de la jornada tendrá que ser obligatoria y otra pactada con el trabajador. También se fija la obligación de llevar un registro horario y el derecho a la desconexión digital.
El personal laboral de la Administración Pública queda fuera
Un punto que ha suscitado críticas en la parte sindical. De no cambiar nada, la futura reglamentación excluirá a funcionarios y personal laboral de la Administración Pública.
