El bono joven del alquiler tributa en IRPF como ganancia patrimonial
El bono joven del alquiler aprobado ayer por el Gobierno tributará en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los perceptores como ganancia patrimonial por el importe total percibido.
- Materias: Fiscal
- Fecha: 20/01/2022

Los jóvenes españoles, o con nacionalidad española, estaban ayer de enhorabuena al ver que se había publicado en el BOE las ayudas al alquiler para jóvenes y el plan estatal de vivienda 2022-2025.
Las ayudas a las que pueden optar así como los requisitos a cumplir son variados, sin embargo, se ha popularizado la idea de que la ayuda principal será de 250 euros mensuales cuando la renta del alquiler a pagar no supere los 600 euros. Esta ayuda se percibirá por un plazo máximo de dos años desde su solicitud.
Ahora bien, suele despreciarse el efecto impositivo que este tipo de ayudas tienen en el Impuesto sobre la Renta Física de los perceptores y puede llegar a no ser despreciable.
Obligación de presentar declaración
El primer efecto que debemos tener en cuenta es que, en tanto las ayudas están destinados a jóvenes con «pocos ingresos», puede suponer el perder el derecho a no presentar autoliquidación por el Impuesto y estar obligado a ello. Para ello debemos analizar el artículo 96 de la LIRPF que dispone lo siguiente:
«2. No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta:
(...)
c) Rentas inmobiliarias imputadas en virtud del artículo 85 de esta Ley, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales».
Al tratarse de una renta mensual de 250 euros durante un año, doce meses, superaríamos el límite de 1.000 euros anuales estableciéndose la obligación de presentar declaración.
A TENER EN CUENTA. Recordemos que la ayuda aprobada por el Gobierno insta, sin obligatoriedad, a que las CCAA desarrollen y aprueben sus propias ayudas para adaptarlas a cada territorio, por ello la ayuda comenzará a percibirse en cada Comunidad Autónoma en un tiempo distinto. De este modo, el límite se superaría en caso de percibir la ayuda durante cinco o más meses dentro del mismo año natural.
¿Cómo declarar la ayuda al alquiler?
El siguiente punto a tener en cuenta es cómo declarar la ayuda en la declaración de la Renta.
Al tratarse de la percepción de una cantidad de dinero que no deriva ni de la explotación de la fuerza de trabajo, del capital o de una comunión entre ambas —rendimientos del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario o de una actividad económica—, sólo podemos catalogarla como una ganancia patrimonial.
A estos efectos, debemos apoyarnos en la Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos (V1985-21), de 24 de junio de 2021, que analizando la posibilidad de que este tipo de ayudas se acojan a la exención contenida en el artículo 7.y) de la LIRPF dispone que tendrán la siguiente consideración a efectos de su declaración:
«La percepción de una subvención para el pago del alquiler de una vivienda constituye para su beneficiario una ganancia patrimonial, al dar lugar a una variación en el valor del patrimonio del contribuyente puesta de manifiesto por una alteración en su composición (incorporación de la subvención), y no proceder dicha variación de ningún otro concepto sujeto por este Impuesto».
Consideración de la ganancia patrimonial como renta de la base imponible general
Además, continúa la consulta, se establece que al no derivar la ganancia patrimonial de la transmisión de elementos patrimoniales —coche, casa, etc.— deberá imputarse a la base imponible general conforme a los artículos 45 y 46 de la LIRPF que disponen que:
- Artículo 45 de la LIRPF
«Formarán la renta general los rendimientos y las ganancias y pérdidas patrimoniales que con arreglo a lo dispuesto en el artículo siguiente no tengan la consideración de renta del ahorro».
- Artículo 46 de la LIRPF
«Constituyen la renta del ahorro:
(...)
b) Las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales».
Tarifa aplicable a la ganancia patrimonial
De esta manera, la tarifa aplicable será la contenida en el artículo 63 de la LIRPF en comunión con la tarifa que corresponda en cada Comunidad Autónoma. Para dar una aproximación de cuánto será esta cuantía, vamos a realizar un ejemplo asumiendo que la tarifa autonómica es idéntica a la estatal:
Base imponible | Tipo de IRPF |
Desde 0 euros hasta 12.450 euros | 19 por ciento |
Dese 12.450,01 euros hasta 20.200 euros | 24 por ciento |
Desde 20.200,01 euros hasta 35.200 euros | 30 por ciento |
Desde 35.200,01 euros hasta 60.000 euros | 37 por ciento |
Desde 60.000,01 euros a 300.000 euros | 45 por ciento |
Más de 300.000,01 euros | 47 por ciento |
Así, si obtuviésemos la ayuda durante todo el año 2022 percibiendo por ello un total de —12 meses x 250 euros— 3.000 euros, estaríamos en el primero de los tramos aplicándosenos un tipo del 19 por ciento, pagando por la ayuda 570 euros.
Esto puede suponer una diferencia importante en nuestra declaración en tanto podríamos llegar a tener incluso que pagar cuando no veníamos haciéndolo.
Imputación temporal de la ayuda
Otra de las cuestiones a tener en cuenta es en que año se debe declarar la ayuda. Volviendo a apoyarnos en la mencionada consulta, podemos concluir que:
«Respecto a su imputación temporal, el artículo 14.2 c) de la LIRPF dispone que: “Las ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas se imputarán al período impositivo en que tenga lugar su cobro, sin perjuicio de las opciones previstas en las letras g), i), j) y l) de este apartado"».
Por tanto, la declararemos en el momento en que se cobre.
Si, por ejemplo, en el mes de diciembre de 2022 no se nos ha abonado la cuantía correspondiente a dicho mes y la percibimos en enero de 2023, debemos declararla en el año 2023 a pesar de que el pago hubiese correspondido en 2022.
En resumen
Si bien el efecto neto de la ayuda para los jóvenes será positivo, debemos tener en cuenta el efecto impositivo y del más que posible aumento de las obligaciones fiscales para el perceptor ya que va a suponer, en la mayoría de casos, la obligación de presentar declaración y, además, un aumento de las cuantías a pagar.
LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 285 Fecha de Publicación: 29/11/2006 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 8ª. Entrada en vigor.
- D.F. 7ª. Habilitación normativa.
- D.F. 6ª. Habilitación para la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- D.F. 5ª. Modificación del texto refundido de la Ley de regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.
- D.F. 4ª. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
-
Sentencia ADMINISTRATIVO AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 677/2019, 23-12-2021
Orden: Administrativo Fecha: 23/12/2021 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Salvo Tambo, Maria Asuncion Num. Recurso: 677/2019
-
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 527/2019, TSJ Aragon, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 21/2019, 02-10-2019
Orden: Administrativo Fecha: 02/10/2019 Tribunal: Tsj Aragon Ponente: García Mata, Fernando Num. Sentencia: 527/2019 Num. Recurso: 21/2019
-
Sentencia Administrativo Nº 306/2011, TSJ Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 806/2007, 10-03-2011
Orden: Administrativo Fecha: 10/03/2011 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Fernandez De Benito, Maria Jesus Emilia Num. Sentencia: 306/2011 Num. Recurso: 806/2007
-
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 1550/2017, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 61/2014, 29-11-2017
Orden: Administrativo Fecha: 29/11/2017 Tribunal: Tsj Comunidad Valenciana Ponente: Manglano Sada, Luis Num. Sentencia: 1550/2017 Num. Recurso: 61/2014
-
Sentencia Administrativo AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 6, Rec 539/2013, 09-10-2014
Orden: Administrativo Fecha: 09/10/2014 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Montero, Concepcion Monica Elena Num. Recurso: 539/2013
-
Campaña Renta 2021: aspectos generales
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 06/04/2022
Campaña Renta 2021: Aspectos generales Calendario básicoPLAZO DE DECLARACIÓN: Del 6 de abril al 30 de junio de 2022FIN DE PLAZO PARA LA DOMICILIACIÓN DEL PAGO: 27 de junio de 2022FIN DE PLAZO PRESENTACIÓN SIN DOMICILIACIÓN: 30 de junio de ...
-
Clases de Rentas (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 19/11/2019
A efectos del cálculo del Impuesto, las rentas del contribuyente se clasificarán, según proceda, como renta general o como renta del ahorro (arts. 44 a 48 de la LIRPF)Los rendimientos obtenidos en el ejercicio se reparten en estos dos bloques y s...
-
Obligación de declarar (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 10/03/2020
Obligación de declarar del contribuyente: Los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración por el IRPF en los términos previstos en el artículo 96 de la LIRPF y en el artículo 61 del RIRPF.Estarán obligados a declarar ...
-
Ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 19/11/2019
En virtud de lo dispuesto en el 38.2 ,LIRPF, podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de acciones o participaciones por las que se hubiera practicado la deducción prevista...
-
El cambio de titularidad en la empresa a efectos del IRPF
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 09/12/2021
El IRPF influirá de manera directa en la sucesión de empresas cuando se trate de una empresa individual —empresario autónomo— que traspase sus bienes y derechos o sobre la ganancia patrimonial generada por la venta de participaciones o accion...
-
Solicitud de aplazamiento del pago de la deuda por ganancia patrimonial (cambio residencia motivos laborales) IRPF
Fecha última revisión: 13/10/2017
A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN DE [PROVINCIA][ESPECIFICAR] Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su propio nombre (1), comparece y EXPONE PRIMERO. Qu...
-
Formulario de solicitud de rectificación de autoliquidación por recuperación de la condición de contribuyente. IRPF
Fecha última revisión: 13/10/2017
A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN DE [PROVINCIA][ESPECIFICAR] Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su propio nombre (1), comparece y EXPONE PRIMERO. Qu...
-
Solicitud de aplazamiento del pago de la deuda por ganancia patrimonial (cambio residencia motivos distintos a laborales) IRPF
Fecha última revisión: 20/09/2019
A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN DE [PROVINCIA][ESPECIFICAR] Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su propio nombre (1), comparece y EXPONE PRIME...
-
Modelo 190. IRPF (Telemático)
Fecha última revisión: 03/01/2020
-
Formulario de solicitud de exención en el IRPF por reinversión en vivienda habitual en año distinto al de la enajenación del inmueble.
Fecha última revisión: 02/01/2017
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAADMINISTRACIÓN DE [LUGAR] DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIADELEGACIÓN DE [PROVINCIA] Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuan...
-
Caso práctico: Obligación presentación declaración del IRPF: dos pagadores
Fecha última revisión: 18/01/2017
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - GESTIÓN DEL IMPUESTO: OBLIGACIÓN DE DECLARAR - OBLIGACION DE DECLARAR: LIMITES GENERALES
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
IRPF HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PLAZO - OBLIGACION DE DECLARAR: LIMITES GENERALES
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
IRPF OBLIGACIÓN DE DECLARAR - OBLIGACIÓN DE DECLARAR: LÍMITES 2018
Fecha última revisión: 19/07/2018
-
IRPF OBLIGACIÓN DECLARAR - LÍMITES RENTA 2018 FALLECIDOS DESDE 5-7-18
Fecha última revisión: 24/07/2018
PLANTEAMIENTOSe pregunta si existe obligación a presentar la declaración del IRPF-2014, en el caso de una persona que ha obtenido en 2014 rendimientos del trabajo de dos pagadores: inferiores a 22.000,00 € del primer pagador e inferiores a 1.500...
Materia134873 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - GESTIÓN DEL IMPUESTO: OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PLAZO - OBLIGACIÓN DE DECLARARPregunta¿ Quienes tienen obligación de declarar ?RespuestaEn general todos contribuye...
Materia127263 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - GESTIÓN DEL IMPUESTO: OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PLAZO - OBLIGACIÓN DE DECLARARPregunta¿ Quienes tienen obligación de declarar ?RespuestaEn general todos contribuyentes están ...
Materia140949 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - GESTIÓN DEL IMPUESTO: OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PLAZO - OBLIGACIÓN DE DECLARARPregunta¿ Quienes tienen obligación de declarar?RespuestaEn general todos los contrib...
Materia140951 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - GESTIÓN DEL IMPUESTO: OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PLAZO - OBLIGACIÓN DE DECLARARPregunta¿ Quienes tienen obligación de declarar?RespuestaEn general todos los contrib...
-
Resolución Vinculante de DGT, V0957-21, 19-04-2021
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 19/04/2021 Núm. Resolución: V0957-21
-
Resolución Vinculante de DGT, V2833-19, 15-10-2019
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 15/10/2019 Núm. Resolución: V2833-19
-
Resolución Vinculante de DGT, V1882-15, 15-06-2015
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 15/06/2015 Núm. Resolución: V1882-15
-
Resolución Vinculante de DGT, V1389-17, 05-06-2017
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 05/06/2017 Núm. Resolución: V1389-17
-
Resolución Vinculante de DGT, V2859-20, 22-09-2020
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 22/09/2020 Núm. Resolución: V2859-20