Última revisión
23/01/2025
Publicada la derogación del RD-ley que establecía el gravamen energético para 2025

El BOE del 23/01/2025 recoge la Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 10/2024, de 23 de diciembre, para el establecimiento de un gravamen temporal energético durante el año 2025.
El Pleno del Congreso de los Diputados celebrado este pasado miércoles acordó derogar el mencionado Real Decreto-ley, por lo que la norma deja de estar en vigor. Y es que, no en vano, el Congreso debe aprobar la convalidación de las disposiciones legales adoptadas bajo esa forma en un plazo de 30 días para que mantengan su vigencia, tal y como señala el artículo 86 de la CE.
Dicho Real Decreto-ley, que había entrado en vigor el 25/12/2024, lo que hacía era establecer un nuevo gravamen temporal energético para 2025, como anunciábamos en esta noticia; después de que la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, hubiera derogado el artículo 1 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, que regulaba el gravamen temporal energético aplicable en 2023 y 2024.
Se trataba de un gravamen que, a la vista del texto que ahora ha decaído, tendrían que satisfacer durante el año 2025 las personas o entidades con la consideración de operador principal en los sectores energéticos de acuerdo con la Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia; de cuyo pago quedaban eximidos aquellos en quienes concurrieran cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Que el importe neto de la cifra de negocios correspondiente al año 2019 fuera inferior a 1.000 millones de euros.
- Que el importe neto de la cifra de negocios correspondiente, respectivamente, a los años 2017, 2018 y 2019 derivado de la actividad que hubiera determinado su consideración como operador principal de un sector energético no excediera del 50 % del total del importe neto de la cifra de negocios del año respectivo.
