Tumbadas las medidas urgentes en vivienda y alquiler del RD-ley de diciembre.
El Congreso de los Diputados no ha convalidado el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, por lo que las modificaciones introducidas en los alquileres y vivienda dejan de estar en vigor, y se vuelve a aplicar la normativa vigente antes del 19 de diciembre de 2018. (Resolución de 22 de enero de 2019, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Publicado en el BOE del 24/01/2019)
- Materias: Fiscal, Civil
- Fecha: 23/01/2019

El 18 de diciembre de 2018 el BOE publicaba el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, entrando en vigor al día siguiente.
Este RD-ley introducía modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos, Ley de Propiedad Horizontal, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley Reguladora de las Haciendas Locales y Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
→ Conozca las medidas urgentes del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre
Pues bien, todas estas modificaciones ya no están en vigor.
Este RD-ley debía ser convalidado por el Congreso en el plazo de los 30 días siguientes a su entrada en vigor, y esto no ha pasado. El Congreso de los Diputados ha votado en contra de su convalidación, y por lo tanto los cambios introducidos ya no se encuentran en vigor a día 23 de enero de 2019.
Sin embargo, durante el tiempo de vigencia de este, esto es, del 19 de diciembre de 2018 al 22 de enero de 2019, sus efectos no cesan.
Los contratos de alquiler que hayan sido firmados entre esas fechas son válidos y se les aplica la legislación vigente durante eso días.
Mientras que, los contratos de alquiler que se firmen a partir del 23 de enero de 2019 se les aplicará la legislación vigente antes del 19 de diciembre de 2018.
Aspectos centrales de estos cambios en el alquiler tras la no convalidación del RD-ley
¿Cuál es la duración de los contratos de alquiler?
La duración de alquiler será otra vez de 3 años, en vez de los 5 o 7 fijados en el RD-ley.
¿Y las prórrogas?
Las prórrogas tácitas volverán a ser de un año, en vez de los 3 años que establecía en el RD-ley.
¿Y las fianzas?
Los arrendadores podrán solicitar las garantías adicionales que estimen oportunas. Con el anterior decreto se fija en 2 mensualidades de rentas la cuantía máxima de las garantías adicionales.
¿Quién sufragará los gastos de gestión y formalización del contrato?
Los pagará el arrendatario. En el RD-ley se fijaba que debía pagarlos el arrendador cuando fuese persona jurídica.
¿Qué pasa con los contratos de renta reducida?
El RD-ley establecía que, en los contratos de arrendamiento de renta reducida, el incremento producido como consecuencia de la actualización anual de la renta no podría exceder del resultado de aplicar la variación porcentual experimentada por el Índice de Precios al Consumo a fecha de cada revisión.
Desde el 23 de enero, ya no estarán sometidos al IPC.
¿Y las viviendas turísticas?
El RD-ley establecía una mayoría cualificada necesaria para que las comunidades de propietarios puedan limitar o condicionar el ejercicio de la actividad, o establecer cuotas especiales o incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda. Desde el 23 de enero, vuelve a exigirse la unanimidad de los propietarios
También se establecía que los propietarios de viviendas de alquiler turístico pagaran hasta un 20% de los gastos de comunidad, y desde el 23 de enero pagarán lo mismo que cualquier otro propietario.
¿Y qué pasa con las modificaciones en la LEC sobre desahucio de vivienda que afecte a hogares vulnerables y los cambios en el IBI e ITPAJD?
Pues los cambios en normas como la LEC, Ley de Haciendas Locales y LITPAJD dejan de estar vigor, y se aplicará la redacción anterior al 19 de diciembre de 2018.
Ley 1/2000 de 7 de Ene (Enjuiciamiento civil) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 7 Fecha de Publicación: 08/01/2000 Fecha de entrada en vigor: 08/01/2001 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 29ª. Entrada en vigor.
- D.F. 28ª. Formularios de procesos o instrumentos procesales regulados en normas de la Unión Europea.
- D.F. 27ª. Medidas para facilitar la aplicación en España del Reglamento (UE) n.º 655 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establece el procedimiento relativo a la orden europea de retención de cuentas a fin de simplificar el cobro transfronterizo de deudas en materia civil y mercantil.
- D.F. 26ª. Medidas para facilitar la aplicación en España del Reglamento (UE) n.º 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones «mortis causa» y a la creación de un certificado sucesorio europeo.
- D.F. 25ª. Medidas para facilitar la aplicación en España del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil.
RDLeg. 2/2004 de 5 de Mar (TR. de la ley reguladora de las haciendas locales) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 59 Fecha de Publicación: 09/03/2004 Fecha de entrada en vigor: 10/03/2004 Órgano Emisor: Ministerio De Hacienda
RDLeg. 1/1993 de 24 de Sep (Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 251 Fecha de Publicación: 20/10/1993 Fecha de entrada en vigor: 21/10/1993 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley de Arrendamientos urbanos (Ley 29/1994 de 24 de Nov) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 282 Fecha de Publicación: 25/11/1994 Fecha de entrada en vigor: 01/01/1995 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley de Propiedad horizontal (Ley 49/1960 de 21 de Jul) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 176 Fecha de Publicación: 23/07/1960 Fecha de entrada en vigor: 12/08/1960 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RD-Ley 21/2018 de 14 de Dic (Medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler) DEROGADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 304 Fecha de Publicación: 18/12/2018 Fecha de entrada en vigor: 19/12/2018 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
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Sentencia Civil Nº 278/2009, AP - Madrid, Sec. 21, Rec 141/2007, 27-05-2009
Orden: Civil Fecha: 27/05/2009 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Canovas Del Castillo Pascual, Maria Almudena Num. Sentencia: 278/2009 Num. Recurso: 141/2007
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Sentencia Civil Nº 423/2013, AP - Girona, Sec. 1, Rec 474/2013, 14-11-2013
Orden: Civil Fecha: 14/11/2013 Tribunal: Ap - Girona Ponente: Ferrero Hidalgo, Fernando Num. Sentencia: 423/2013 Num. Recurso: 474/2013
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Sentencia Civil TS, Rec 461/2006, 18-05-2006
Orden: Civil Fecha: 18/05/2006 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Garcia Varela, Roman Num. Recurso: 461/2006
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Sentencia Civil Nº 481/2011, AP - Madrid, Sec. 13, Rec 668/2010, 06-10-2011
Orden: Civil Fecha: 06/10/2011 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Zarco Olivo, Jose Luis Num. Sentencia: 481/2011 Num. Recurso: 668/2010
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Sentencia Civil Nº 231/2009, AP - Madrid, Sec. 13, Rec 135/2008, 08-05-2009
Orden: Civil Fecha: 08/05/2009 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Zarco Olivo, Jose Luis Num. Sentencia: 231/2009 Num. Recurso: 135/2008
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Regulación de la renta en el arrendamiento de vivienda
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La renta será la que libremente pacten las partes. En caso de que no exista pacto, el pago de la renta será mensual y deberá realizarse dentro de los 7 primeros días de mes.El arrendador no podrá exigir el pago anticipado de más de una mensuali...
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Régimen transitorio del arrendamiento para uso distinto de vivienda
Orden: Civil Fecha última revisión: 30/06/2016
En lo que respecta al régimen transitorio aplicable al arrendamiento para uso distinto de vivienda, la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, determina que los contratos de arrendamiento de local de negocio celebrados a partir...
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Los gastos en el arrendamiento de vivienda
Orden: Civil Fecha última revisión: 02/09/2019
El uso y disfrute de una vivienda arrendada genera unos gastos que, lógicamente, deben ser satisfechos. Para conocer el régimen de los mismos es preciso tener en cuenta lo regulado en el artículo 20 de la LAU así como lo convenido por el arrend...
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Los gastos de la vivienda familiar: gastos de uso y gastos de propiedad
Orden: Civil Fecha última revisión: 20/06/2019
Los gastos que genera una vivienda son de dos tipos: por un lado, los derivados del uso en sí de la vivienda por parte de quien la tiene atribuida, y por otro lado, los gastos inherentes a la titularidad dominical del inmueble.Respecto a quién debe...
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La comunidad de propietarios en la propiedad horizontal
Orden: Civil Fecha última revisión: 13/05/2019
Las comunidades de propietarios están constituidas por el conjunto de propietarios de los diferentes pisos y locales de un edificio en régimen de propiedad horizontal. Como así establece la TS, Sala de lo Civil, nº 780/2010, de 24/11/2010, Rec. 1...
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Formulario de demanda de juicio ordinario reclamando incremento de fianza de un arrendamiento de vivienda firmado antes del 06/03/2019
Fecha última revisión: 01/06/2020
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [JUZGADO] QUE POR TURNO CORRESPONDADon/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] Procurador de los Tribunales, colegiado núm. [NÚMERO_COLEGIADO/A] en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, c...
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Formulario de demanda de juicio ordinario de actualización de la fianza de un arrendamiento urbano: local de negocio
Fecha última revisión: 01/06/2020
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [JUZGADO] QUE POR TURNO CORRESPONDADon/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] Procurador de los Tribunales, colegiado núm. [NÚMERO_COLEGIADO/A] en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, c...
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Formulario de demanda de desahucio por expiración de plazo. Contrato indefinido vigente el RDL 2/1985, de 30 de abril.
Fecha última revisión: 08/02/2018
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LUGAR]D/Dña. [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] Procurador de los tribunales y de D.Dña [NOMBRE_CLIENTE], en virtud de [DESCRIPCION] (1)a mi favor conferido, bajo la dirección letrada de D/Dña. [NOMBRE_ABOGADO...
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Formulario de demanda de reclamación de indemnización por no prorrogar el arrendamiento por necesidad y no ocupación
Fecha última revisión: 06/05/2019
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LUGAR] Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], Procurador de los tribunales y de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], con DNI [NUMERO], y domicilio en [DOMICILIO CLIENTE], según acredito mediante escritura de pode...
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Fecha última revisión: 15/03/2019
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Resolución Vinculante de DGT, V0177-17, 25-01-2017
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Resolución Vinculante de DGT, V2662-18, 02-10-2018
Órgano: Sg De Impuestos Patrimoniales, Tasas Y Precios Públicos Fecha: 02/10/2018 Núm. Resolución: V2662-18
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Resolución de 19 de diciembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Mahón, por la que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de acuerdos de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal en virtud de los cuales se modifican los estatutos de la misma.
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Resolución de 24 de marzo de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Málaga n.º 9, por la que se suspende la inscripción de un decreto de adjudicación dictado en el seno de procedimiento de ejecución hipotecaria.
Órgano: Direccion General De Los Registros Y Del Notariado Fecha: 24/03/2017
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RESOLUCION DE 24 DE JULIO DE 1995, DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, EN EL RECURSO GUBERNATIVO INTERPUESTO POR EL PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES DON ISIDRO MARIN NAVARRO, EN NOMBRE DE CAIXA D ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA, CONTRA LA NEGATIVA DEL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE MARTORELL, A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE COMPRAVENTA, EN VIRTUD DE APELACION DEL RECURRENTE.
Órgano: Direccion General De Los Registros Y Del Notariado Fecha: 24/07/1995