Última revisión
20/11/2024
Caso práctico: El silencio administrativo en los ERTE de Fuerza Mayor ¿se considera positivo?
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 20/11/2024
El silencio administrativo en ERTE por fuerza mayor se considera positivo, permitiendo su anulación posterior si no se ajusta a derecho; se puede solicitar un certificado.
PLANTEAMIENTO
En los procedimientos de ERTE por fuerza mayor, si la autoridad laboral no resuelve en el plazo establecido
- 1. ¿El silencio administrativo en los ERTE de Fuerza Mayor, se considera positivo?
- 2. ¿Es posible que una vez tramitado el ERTE de Fuerza Mayor ante silencio administrativo sea revisado y anulado?
- 3. ¿Cómo puede obtenerse un certificado de silencio administrativo como positivo para aportar en caso de que con posterioridad resulte necesario?
RESPUESTA
1. ¿El silencio administrativo en los ERTE de Fuerza Mayor, se considera positivo?
En los procedimientos de ERTE por fuerza mayor, si la autoridad laboral no resuelve en el plazo establecido, se considera que la solicitud ha sido aprobada por silencio administrativo positivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 39/2015 y el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores. (SAN n.º 38/2020, de 15 de junio. ECLI: ES:AN:2020:994).
El artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legitima al interesado para entenderla estimada por silencio administrativo, salvo en los supuestos en los que una norma con rango de ley o una norma de Derecho de la Unión Europea o de Derecho internacional aplicable en España establezcan lo contrario.
En el caso específico de los ERTE por fuerza mayor, los apdos.6 y 7 del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores establece que la autoridad laboral debe resolver en un plazo máximo de cinco días y si no se dicta resolución en dicho plazo, se entiende que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo positivo.
El silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado
2. ¿Es posible que una vez tramitado el ERTE de Fuerza Mayor ante silencio administrativo sea revisado y anulado?
Todo acto presunto es revisable por lesividad con amparo en el 47.1 f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
''1. Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes:
(...) f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición''.
Esto significa que bien de oficio, bien en caso de posterior reclamación judicial por parte de los trabajadores, sería posible que un ERTE por fuerza mayor u objetiva validado vía silencio administrativo pueda ser considerado no ajustado a derecho y por lo tanto anulado. Es importante justificar bien tanto la causa de fuerza mayor como cualquier otra que se aluda.
Los efectos del silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado
3. ¿Cómo puede obtenerse un certificado de silencio administrativo positivo?
Según lo establecido en el apdo. 4 del art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el interesado puede solicitar el certificado acreditativo del silencio administrativo positivo en cualquier momento ante el organismo competente. Esta solicitud debe ser presentada en el registro electrónico de la Administración u organismo competente para resolver.
La Administración está obligada a expedir de oficio el certificado acreditativo del silencio administrativo positivo en el plazo máximo de 15 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. No obstante, si el interesado presenta la solicitud, el plazo de 15 días comenzará a contar desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro electrónico.
El certificado de silencio administrativo positivo tiene efectos probatorios y puede ser utilizado para hacer valer el acto administrativo ante cualquier otra Administración o persona física o jurídica, pública o privada. Este certificado acredita que, al no haberse dictado y notificado resolución expresa en el plazo máximo establecido, se entiende estimada la solicitud por silencio administrativo positivo.

