Trabajador que realiza competición deportiva durante periodo de incapacidad temporal ¿Despido disciplinario?
- Autor: Jose Candamio
- Materia: Laboral
- Fecha: 22/01/2018

El blog de esta semana nace tras la noticia “Considerado improcedente el despido disciplinario de un trabajador de baja médica con esguince de tobillo que realiza una actividad deportiva“ y con el fin de analizar los criterios en orden a la ponderación de cualquier posible sanción por parte de la empresa sobre las distintas actividades realizadas durante el periodo de incapacidad temporal.
Con respecto a casos como el analizado en la STSJ País Vasco de 20 de junio de 2017 (R. 1214/2017) -se considera improcedente el despido disciplinario realizado por la empresa tras la participación de un trabajador de baja por médica por esguince de tobillo en una carrera popular- es necesario remarcar la necesidad -fijada por la doctrina jurisprudencial- de analizar cada supuesto de forma individual (bajo un criterio individualizador que valore las peculiaridades de cada caso concreto) y de aplicar de forma gradualista y proporcional cualquier infracción o sanción (según la doctrina gradualista en base a la que se impone que toda sanción laboral ha de ser proporcionada a la gravedad de la falta cometida, reservando la de despido, para las mas graves).
I.- Normativa a tener en cuenta y sanciones prohibidas
A) artículo 54, número 2, letra d del Estatuto de los Trabajadores. La norma permite el despido disciplinario del trabajador basado en un incumplimiento grave y culpable del mismo ante "La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo".
Incumplimiento grave y culpable del trabajador como causa de despido disciplinario
B) Convenio colectivo. Las normas estatutarias regulan las facultades o "potestades" empresariales sancionadoras por incumplimientos laborales, ateniéndose a la tipificación y graduación legal o convencional de las correspondientes faltas y sanciones("Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable"- art. 58.1, ET)
C) Plazos de prescripción. El poder disciplinario podrá ejercitarse exclusivamente dentro de los plazos de prescripción legalmente establecidos ("as faltas leves prescribirán a los diez días; las graves, a los veinte días, y las muy graves, a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido" - 60.2, ET), ajustándose a los procedimientos legal o convencionalmente previstos.
D) Sanciones prohibidas. No será posible imponer sanciones configuradas como ilegales ('reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber' - art. 58.3, ET), pero pudiendo imponerse la más grave sanción de despido siempre que se base ' en un incumplimiento grave y culpable del trabajador ' (art. 54.1, ET).
E) Efectos del despido improcedente.Si el despido se declara improcedente, se condenará al empresario a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producir se el despido, así como al abono de los salarios de tramitación a los que se refiere el apartado 2 del artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadoreso, a elección de aquél, a que le abone una indemnización, cuya cuantía se fijará de acuerdo con lo previsto en el 56.1, ET y art. 110, LRJS.
Prescripción, forma, efectos e impugnación del despido disciplinario
II.- Criterios en orden a la ponderación de la adecuación de la sanción a la falta cometida por el trabajador que realiza actividad deportiva durante periodo de incapacidad temporal.
Teniendo en cuenta, como se ha dicho, la necesidad de análisis individual de cada caso, en este punto resulta de interés la STS 1 de abril de 2008 (R. 279/2008) donde se enumeran una serie de criterios en orden a la ponderación de la adecuación de la sanción a la falta cometida por el trabajador que realiza competición deportiva durante periodo de incapacidad temporal.
En concreto, en la misma se dice:
"Al respecto, de las sentencias de 19 de octubre de 1983 , 14 de julio de 1986 y 4 de octubre de 1988, se extraen las siguientes pautas en orden a la calificación de dicho comportamiento:
1ª) La adecuación o incompatibilidad de la práctica deportiva con la concreta dolencia padecida.
2ª) Las exigencias físicas de la actividad laboral y deportiva, pues si las de ésta última son mayores y el trabajador mantiene que su realización no comprometió su salud, a la misma conclusión habrá que llegar en orden a la posibilidad de desarrollar su quehacer habitual.
3ª).- La duración de la práctica deportiva.
4ª) Su carácter competitivo, por el mayor esfuerzo y tensión que supone.
5ª) La notoriedad de los hechos y el nivel profesional del trabajador, por el escándalo, a nivel de empresa, que ha de producir que un empleado de especial significación utilice el período de incapacidad temporal para dedicarse a la práctica del deporte competitivo.
6ª) La reiteración de la conducta.' Y se concluye de la siguiente forma: ' A la luz de los criterios expuestos, la participación del actor - mientras se encontraba en situación de baja médica por lumbociatalgia -, en dos competiciones deportivas con trascendencia pública y de gran duración, cuyo nivel de exigencia física es muy superior al de su actividad profesional y resulta contraindicado con tal dolencia, constituye un incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones para con su empleador, sin que, como señala la sentencia de 7 de julio de 1988 , de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , enjuiciando hechos similares a los del caso, la antigüedad alcanzada por el trabajador en la empresa le excuse de la falta cometida ni excluya la procedencia del despido."
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
-
Despido disciplinario (improcedente) de trabajador de baja médica que realiza actividad deportiva. Sentencia SOCIAL Nº 1416/2017, Tribunal Superior de Justicia de Pais Vasco, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1214/2017 de 20 de Junio de 2017
Orden: Social Fecha: 20/06/2017 Tribunal: Tsj Pais Vasco Ponente: Iturri Garate, Juan Carlos Num. Sentencia: 1416/2017 Num. Recurso: 1214/2017
-
Sentencia Social Nº 1791/2015, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1568/2015, 17-09-2015
Orden: Social Fecha: 17/09/2015 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Capilla Ruiz-coello, Jose Maria Num. Sentencia: 1791/2015 Num. Recurso: 1568/2015
-
Sentencia SOCIAL Nº 1/2022, JSO Logroño, Sec. 1, Rec 284/2021, 04-01-2022
Orden: Social Fecha: 04/01/2022 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Logroño Ponente: Ollero Valles, Luisa Isabel Num. Sentencia: 1/2022 Num. Recurso: 284/2021
-
Sentencia SOCIAL Nº 177/2019, JSO Valladolid, Sec. 2, Rec 980/2018, 12-04-2019
Orden: Social Fecha: 12/04/2019 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Valladolid Ponente: Helena Antona Suena Num. Sentencia: 177/2019 Num. Recurso: 980/2018
-
Sentencia SOCIAL Nº 2046/2019, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1866/2019, 12-11-2019
Orden: Social Fecha: 12/11/2019 Tribunal: Tsj Pais Vasco Ponente: Iruretagoyena Iturri, Modesto Num. Sentencia: 2046/2019 Num. Recurso: 1866/2019
-
Incumplimiento grave y culpable del trabajador como causa de despido disciplinario
Orden: Laboral Fecha última revisión: 08/07/2022
Para que un despido disciplinario pueda ser declarado judicialmente como procedente se exige estatutariamente que la falta imputada y acreditada consista en «un incumplimiento grave y culpable del trabajador» (art. 54.1 ET), considerándose como ta...
-
Recopilación de sentencias relacionadas con el uso de redes sociales en las relaciones laborales
Orden: Laboral Fecha última revisión: 14/12/2022
Pronunciamientos judiciales de interés relacionados con el uso de las redes sociales en el ámbito laboral.Despido disciplinario procedente por insultar a los clientes en redes socialesSTSJ de Asturias, rec. 1821/2022, a 18 de octubre de 2022, ECLI...
-
Posibles incumplimientos laborales que originan el despido disciplinario
Orden: Laboral Fecha última revisión: 04/02/2022
El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador (art. 54 del ET), siendo requisito indispensable, que el incumplimiento influya en la relación labo...
-
Despido por motivos disciplinarios
Orden: Laboral Fecha última revisión: 02/12/2022
El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador (art. 54 del ET), siendo requisito indispensable, que el incumplimiento influya en la relación labo...
-
Régimen jurídico del despido disciplinario
Orden: Laboral Fecha última revisión: 27/09/2021
Prescripción despido disciplinario: igual que el plazo de prescripción para la sanción de la falta laboral cometida.Forma despido disciplinario: comunicación al trabajador por escrito, haciendo constar los hechos que lo motiva, la fecha de su efe...
-
Demanda contra despido disciplinario de trabajador fijo en la Administración pública por comisión de falta muy grave.
Fecha última revisión: 07/03/2018
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]D/Dña. [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL], en calidad de Letrado y representante de D/Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR], correo electrónico [E_MAIL] y telf. [NUM_TLF], representación que acredito mediant...
-
Demanda contra despido disciplinario de trabajador fijo al servicio de la Administración pública.
Fecha última revisión: 10/05/2016
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]D/Dña. [NOMBRE_LETRADO/GRADUADO_SOCIAL], en calidad de Letrado y representante de D/Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR], correo electrónico [[email protected]] y telf. [NUM_TLF], representación que acredito...
-
Demanda contra extinción por causas objetivas alegándose por el trabajador la existencia de despido disciplinario encubierto
Fecha última revisión: 30/04/2021
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]D./D.ª [NOMBRE_LETRADO], colegiado número [NUMERO] ICA [LOCALIDAD], en calidad de Letrado/a y representante de D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA], con DNI/NIE/NIF n.º [NÚMERO] y domicilio...
-
Carta de despido disciplinario por acoso a compañero y falta de respeto a cliente
Fecha última revisión: 07/09/2021
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO].[NOMBRE_EMPRESA]. A la att. de D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].Muy Sr./Sra. Mío/a:Por medio de la presente, esta dirección le comunica la decisión de sancionarle con despido disciplinario por la co...
-
Formulario de demanda contra despido disciplinario comunicando la no celebración del acto de conciliación por haber transcurrido el plazo legal desde su solicitud.
Fecha última revisión: 12/05/2016
AL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO [NUMERO_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]D./Dña .[NOMBRE_LETRADO], Abogado/a en ejercicio, colegiado/a [NUMERO_COLEGIADO], con domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en nombre de Don/Doña [NOMBRE_CLIENT...
-
Análisis de los límites y aplicabilidad de la teoría gradualista a las faltas laborales (despido disciplinario por trasgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo)
Fecha última revisión: 13/04/2016
-
Caso práctico: Trabajador en prorroga de incapacidad temporal sorprendido realizando actividad laboral. Tiempo entre notificaciones administrativas para reincorporación.
Fecha última revisión: 30/04/2020
-
Caso práctico: Uso abusivo del teléfono móvil de empresa. Despido disciplinario
Fecha última revisión: 30/04/2020
-
Caso práctico: Indemnización en caso de consideración del despido disciplinario como improcedente
Fecha última revisión: 30/04/2020
-
Caso práctico: Despido disciplinario por falta de presentación del parte de confirmación de Incapacidad temporal
Fecha última revisión: 22/04/2016
RESUMENAnálisis de los límites y aplicabilidad de la teoría gradualista a las faltas laborales (despido disciplinario por trasgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo)A la hora de evaluar de forma indi...
PLANTEAMIENTO Un trabajador inició un proceso de baja médica por incapacidad temporal derivada de enfermedad común, agotado el cual se le reconoció expresamente la prórroga de dicha situación (resolución del INSS), y finalmente inició un ex...
PLANTEAMIENTO Una empresa ha detectado un uso abusivo del teléfono móvil de empresa entregado a una persona trabajadora no justificado.1.- ¿Puede un empresario imponer un despido disciplinario a un trabajador por al utilización abusiva del tel...
PLANTEAMIENTOUna persona trabajadora lleva prestando servicios en una empresa desde el 1 de enero de 1.999 percibiendo un salario de 3.000 euros brutos mensuales, más dos pagas extraordinarias cada una de ellas. Con fecha 28 de abril de 2.020 an...
PLANTEAMIENTOLa trabajadora dña. Isabel Castro, está en situación de IT por enfermedad común desde el día 15 de septiembre del 2.012. Ese mismo día entregó a la empresa el parte médico de baja y remitió sucesivamente por correo con acus...
-
Dictamen de DCE 904/1996 del 30-04-1996
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 30/04/1996 Núm. Resolución: 904/1996
-
Dictamen de DCE 127/2019 del 23-05-2019
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 23/05/2019 Núm. Resolución: 127/2019
-
Dictamen de DCE 259/2016 del 12-05-2016
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 12/05/2016 Núm. Resolución: 259/2016
-
Resolución de MT BOE núm. 131 del 30-05-2009
Órgano: Ministerio De Trabajo Fecha: 30/05/2009 Núm. Resolución: BOE núm. 131
-
Dictamen de DCE 2504/2004 del 11-11-2004
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 11/11/2004 Núm. Resolución: 2504/2004