Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
El objeto de la subvención a las entidades organizadoras de actividades feriales es mejorar la competitividad del sector ferial catalán, de acuerdo con el Plan de competitividad, crecimiento e innovación de la Dirección General de Comercio.
La finalidad de la subvención es fomentar las políticas en relación con las actividades feriales.
1. Esta orden tiene como objetivo el establecimiento de las bases reguladoras y proceder a la convocatoria de subvenciones destinadas a personas físicas o a cooperativas de trabajo asociado, para la puesta en marcha de casas del mayor en los años 2026 y 2027.
2. Las subvenciones se destinarán a la consecución de la siguiente finalidad:
La puesta en marcha de casas del mayor destinadas a la atención de mujeres y hombres mayores de 60 años de edad, en situación de dependencia grado I, y para personas mayores de 60 años sin dependencia, como recurso de promoción de la autonomía personal, mediante su establecimiento en los ayuntamientos de menos de 5.600 habitantes de la Comunidad Autónoma de Galicia que no cuenten con recurso de atención diurna en funcionamiento.
A efectos de la presente orden, se considera que en el ayuntamiento existen recursos de atención diurna cuando, de acuerdo con los datos que figuran en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales adscrito a la Consellería de Política Social e Igualdad, cuenten con centros de día o centros de día de alzhéimer con permiso de actividades.
3. La concesión de las subvenciones establecidas en esta orden se regularán a través del procedimiento BS212A: subvenciones para la puesta en marcha de casas del mayor.
El objeto de la subvención es favorecer la incorporación al mercado laboral de personas de entre 18 y 29 años (ambos inclusive) como trabajadores autónomos (iniciativas de autoempleo).
La finalidad de la subvención es el fomento de las políticas en el ámbito de la empleabilidad y el autoempleo.
Las medidas de fomento del trabajo autónomo que regula esta convocatoria consisten en la subvención de un importe fijo de hasta 17.094,00 euros para cada joven que inicie una actividad económica o profesional como trabajador autónomo, mantenga esta actividad y permanezca en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el de los Trabajadores del Mar o en el de la Minería del Carbón o mutualidad correspondiente, durante un mínimo de 18 meses ininterrumpidos.
En esta convocatoria se establecen dos líneas de subvenciones a la iniciativa de autoempleo de jóvenes en el marco del Programa FSE+, que se prevén en la base 2.3 del anexo 1 de la Orden EMT/155/2023, de 13 de junio, modificada por la Orden EMT/50/2024, de 14 de marzo, y que son las siguientes:
Línea 1: actuaciones destinadas a favorecer el autoempleo de jóvenes en el marco del Programa FSE+ que tengan el domicilio fiscal y, en su caso, el centro de trabajo en un micropueblo de Cataluña.
A estos efectos, se consideran micropueblos los municipios de menos de 500 habitantes que figuren en el anexo de la presente Resolución.
Línea 2: actuaciones destinadas a favorecer el autoempleo de jóvenes en el marco del Programa FSE+ que tengan el domicilio fiscal y, en su caso, el centro de trabajo en Cataluña.
Los trabajadores y trabajadoras autónomos con domicilio fiscal ubicado en un micropueblo de Cataluña podrán solicitar, en un único formulario de solicitud, la ayuda para las dos líneas de subvención. En este sentido, se dará prioridad a la línea 1 y, en caso de falta de presupuesto disponible, optarán a la línea 2, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 11.1 del anexo 1 de la Orden EMT/155/2023, de 13 de junio, modificada por la Orden EMT/50/2024, de 14 de marzo.
Podrán solicitar estas ayudas los jóvenes que hayan iniciado su actividad económica o profesional como trabajadores autónomos desde el 23 de septiembre de 2025 hasta la fecha límite para la presentación de solicitudes de subvención que establece el punto 1 de la presente Resolución, y que se encuentren inscritos como beneficiarios en el Programa de garantía juvenil el día anterior al inicio de su actividad en régimen de autónomos.
La presente Orden tiene por objeto regular la concesión de ayudas a la adquisición e implantación de los siguientes sistemas (excluyéndose los contratos de leasing, renting o cualquier otro negocio jurídico diferente de la adquisición), que deberán ser realizadas durante el año 2026 y, en todo caso, antes del 30 de noviembre de 2026:
a) Sistemas de localización y gestión de flotas (GPS o similar), conectados a un centro de control y gestión, para transporte público pesado de mercancías y de personas viajeras en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor o conductora. No se subvencionarán la adquisición individualizada de elementos de localización, que no estén integrados en un sistema de control y gestión de flotas.
b) Elementos de seguridad en los vehículos de transporte público pesado de mercancías y de personas viajeras en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor o conductora, que contribuyan a una conducción segura, tales como:
– Sistemas antitijera.
– Registrador de accidentes.
– Detección y auto extinguido de incendios.
– Sistemas de cámara que registran desde la luna delantera la dinámica de conducción (dash cam), además de todas aquellas enfocadas a mejorar la visibilidad o la maniobrabilidad en la conducción.
– Tecnologías para mitigar colisiones como el uso de sensores y radares para evitar dichas colisiones.
– Sistemas de llamada de emergencia o de aviso automático al puesto de control en caso de accidente o emergencias.
c) Sistemas cuyo objeto sea optimizar la conducción eficiente y reducir el consumo de combustible, tales como:
– Económetros y sistemas de monitorización de la conducción.
– Controladores de velocidad de crucero.
d) Sistemas de tacógrafo inteligente de segunda generación.
Es objeto de esta Orden convocar las ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora en el pequeño comercio de la provincia de Teruel correspondientes al Programa de apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés.
Serán objeto de subvención pública, en régimen de concurrencia competitiva, los proyectos de empleo y formación en modalidad presencial, dirigidos a mejorar las posibilidades de inserción laboral de las personas inscritas como demandantes de empleo en situación laboral de no ocupadas que participen en ellos a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El objeto es convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en misión comercial directa contract 2º semestre 2026, que se realizará del 7 de septiembre al 25 de noviembre de 2026.
La convocatoria va dirigida a empresas del sector contract que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha.
El objeto es convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en la visita a la feria World Travel Market Londres 2026, que se realizará del 3 al 5 de noviembre de 2026.
La convocatoria va dirigida a empresas del sector turismo que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha.
El objeto de la subvención es promover la contratación, por parte de las empresas de inserción, de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social previstos en la base 5.4 del anexo 1 de la Orden EMT/126/2025, de 23 de julio.
Nueva convocatoria del Programa Hazitek de apoyo a la I+D empresarial 2026 de apoyo a la realización de Proyectos Transformadores, siendo estos proyectos de Investigación Industrial, Desarrollo Experimental y/o Infraestructuras de ensayo y experimentación, en el sector empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en los ámbitos y sectores prioritarios enmarcados en el Plan de Industria – Euskadi 2030.

