Jurisprudencia del año 2000.
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Año
2000
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Bebida alcohólica
Juicio de cognición
Sociedad de responsabilidad limitada
Responsabilidad
Ponente
Cabanas Gancedo, Jose Maria
Seoane Pesqueira, Fernando
Lopez Gonzalez, Benigno
De Castro Fernandez, Luis Fernando
Fernandez Otero, Miguel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Acuerdo de sala
Menor cuantía sobre RECLAMACION DAÑOS Y PERJUICIOS.
El examen de la cuestión litigiosa debe vincularse a la propia formulación de la demanda, que hace una invocación exclusiva del artículo 1902 del Código civil y el aserto subsiguiente de que "la culpab
Sobre DISOLUCION DE SOCIEDAD. Conviene destacar, como primera medida, que el Juzgador a quo desechó, en el F.J. segundo de la resolución apelada, la concurrencia de tal causa disolutoria en el entendimiento de que pudo celebrarse la Junta General que se menciona en el hecho 3° de la demanda, y que lo que allí sucedió fue que la mayoría se opuso a la propuesta del administrador por las razones que expresan los demandados en sus respectivas confesiones, ésto es, no existió
Sobre "Derecho de Propiedad"
La parte recurrente resucita, en el primer motivo del recurso, una polémica doctrinal, ya zanjada en la doctrina y en la jurisprudencia, como es la diferencia entre las dos acciones principales de defensa de la propiedad, para conducirla a una supuesta incongruencia de la sentencia, que estimó una acción reivindicatoria cuando, al decir del apelante, lo
Se manda seguir la ejecución adelante, hasta hacer trance y remate en los bienes embargados y en lo sucesivo puedan embargarse al deudor Don Luis S.Ry Doña María Teresa y con su producto entero y cumplido pago al acreedor Banco S.A., de la cantidad de doscientas treinta y nueve mil trescientas setenta y seis pesetas (239.376 pesetas) de principal e importe de los pagarés, los intereses de dicha cantidad devengados desde la fecha de vencimiento de los referidos pagarés cal
Juicio Ejecutivo,versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.Pero no es muy creíble que el conductor viera a la peatón solo a 5 ó 10 metros antes del atropello pues las huellas de frenada son bastante más largas (24,60 metros), no obstante que, en alguna medida, sean posteriores o consecutivas al punto de impacto, y, extrañamente, en un principio, el conductor había manifestado ante la Guardia Civil de Tráfico y en el Juzgado de Instrucción no saber calcular la dista
La sentencia dictada en juicio ejecutivo derivado de póliza mercantil de crédito intervenida por Corredor de Comercio de los que este recurso dimana mandó seguir adelante la ejecución en su día despachada a instancia del "Banco C.H.S. A.", contra D. José Antonio P.P. y Dª. Esta situación se produjo por incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del- contrato de crédito, da
Se interpone recurso de apelación frente a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de A Coruña de dieciocho de enero de dos mil por la representación de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, solicitando la revocación de la misma por entender que el procedimiento adecuado para la tramitación de la pretensión formulada ha de ser el del juicio verbal del automóvil en virtud de lo dispuesto en la D.A. 1ª 1 de la L.O. 3/1989, siendo impugnado dicho recurso por
No se han desvirtuado en esta alzada los acertados argumentos que se expresan en la sentencia de instancia y que determinaron la desestimación de la demanda y la estimación de la reconvención formulada por la entidad demandada, al declararse la caducidad parcial, por falta de uso, para leche y productos lácteos de la marca "Nós" registrada a favor de la sociedad demandante. En el recurso se insiste en que la manif
Contra la referida resolución por los demandantes y demandado, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a Ponencia para resolución.
Insuficiencia ventilatoria nasal izquierda: 2 puntos.
Diplopia en mirada hacia la izquierda: 2 puntos.
Mínima limitación para la a
Menor cuantía sobre RECLAMACION DAÑOS Y PERJUICIOS.
El examen de la cuestión litigiosa debe vincularse a la propia formulación de la demanda, que hace una invocación exclusiva del artículo 1902 del Código civil y el aserto subsiguiente de que "la culpab
Sobre DISOLUCION DE SOCIEDAD. Conviene destacar, como primera medida, que el Juzgador a quo desechó, en el F.J. segundo de la resolución apelada, la concurrencia de tal causa disolutoria en el entendimiento de que pudo celebrarse la Junta General que se menciona en el hecho 3° de la demanda, y que lo que allí sucedió fue que la mayoría se opuso a la propuesta del administrador por las razones que expresan los demandados en sus respectivas confesiones, ésto es, no existió
Sobre "Derecho de Propiedad"
La parte recurrente resucita, en el primer motivo del recurso, una polémica doctrinal, ya zanjada en la doctrina y en la jurisprudencia, como es la diferencia entre las dos acciones principales de defensa de la propiedad, para conducirla a una supuesta incongruencia de la sentencia, que estimó una acción reivindicatoria cuando, al decir del apelante, lo
Se manda seguir la ejecución adelante, hasta hacer trance y remate en los bienes embargados y en lo sucesivo puedan embargarse al deudor Don Luis S.Ry Doña María Teresa y con su producto entero y cumplido pago al acreedor Banco S.A., de la cantidad de doscientas treinta y nueve mil trescientas setenta y seis pesetas (239.376 pesetas) de principal e importe de los pagarés, los intereses de dicha cantidad devengados desde la fecha de vencimiento de los referidos pagarés cal
Juicio Ejecutivo,versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.Pero no es muy creíble que el conductor viera a la peatón solo a 5 ó 10 metros antes del atropello pues las huellas de frenada son bastante más largas (24,60 metros), no obstante que, en alguna medida, sean posteriores o consecutivas al punto de impacto, y, extrañamente, en un principio, el conductor había manifestado ante la Guardia Civil de Tráfico y en el Juzgado de Instrucción no saber calcular la dista
La sentencia dictada en juicio ejecutivo derivado de póliza mercantil de crédito intervenida por Corredor de Comercio de los que este recurso dimana mandó seguir adelante la ejecución en su día despachada a instancia del "Banco C.H.S. A.", contra D. José Antonio P.P. y Dª. Esta situación se produjo por incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del- contrato de crédito, da
Se interpone recurso de apelación frente a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de A Coruña de dieciocho de enero de dos mil por la representación de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, solicitando la revocación de la misma por entender que el procedimiento adecuado para la tramitación de la pretensión formulada ha de ser el del juicio verbal del automóvil en virtud de lo dispuesto en la D.A. 1ª 1 de la L.O. 3/1989, siendo impugnado dicho recurso por
No se han desvirtuado en esta alzada los acertados argumentos que se expresan en la sentencia de instancia y que determinaron la desestimación de la demanda y la estimación de la reconvención formulada por la entidad demandada, al declararse la caducidad parcial, por falta de uso, para leche y productos lácteos de la marca "Nós" registrada a favor de la sociedad demandante. En el recurso se insiste en que la manif
Contra la referida resolución por los demandantes y demandado, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a Ponencia para resolución.
Insuficiencia ventilatoria nasal izquierda: 2 puntos.
Diplopia en mirada hacia la izquierda: 2 puntos.
Mínima limitación para la a