Jurisprudencia del año 2000.
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Año
2000
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Bebida alcohólica
Juicio de cognición
Sociedad de responsabilidad limitada
Responsabilidad
Ponente
Cabanas Gancedo, Jose Maria
Seoane Pesqueira, Fernando
Lopez Gonzalez, Benigno
De Castro Fernandez, Luis Fernando
Fernandez Otero, Miguel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Acuerdo de sala
JUICIO DE CONGNICIÓN SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
La parte demandante solicita la condena de la demandada al pago del precio del arrendamiento de obra cuyo objeto era la realización de reformas en la vivienda de la accionada. También solicita la restitución de maquinaria y útiles de trabajo que quedaron en poder de la demandada, o su valor. La demandada reconoce que las obras fueron empezadas pero nunca rematadas, afirma haber abonado al deman
Aún cuando lleva razón el recurrente en el sentido de que no existe entre la acción declarativa de dominio ejercitada por la parte demandada frente a la actora en el juicio verbal 32/98 y la interdictal ahora ejercitada la identidad que puede fundamentar la existencia de cosa juzgada material, la demanda en ningún modo puede prosperar, pues, dado que la sentencia recaída en dicho juicio declarativo condena a los ahora demandantes a "abstenerse de realizar acto alguno de d
DECLARACION DE DERECHOS Y OTROS EXTREMOS.
Por las demandadas se alegó, entre otras, la excepción de litisconsorcio pasivo necesario por la falta de interpelación de D. Juan Rey M , la cual fue desestimada en la sentencia recurrida.
La concurrencia de la mentada excepción procesal debe ser acogida, toda vez que si se pretende la demolición de unas obras cuya realización se atribuye no sólo a la demandada Dª Pilar S , si
Se estima la demanda, condeno a Doña María a que abone a la Comunidad de Propietarios del Edificio de Santiago la cantidad de 107.079 pesetas, que adeuda como propietaria del piso 4-G ubicado en dicho inmueble, por los gastos comunes de enero a septiembre de 1997, ambos inclusive, y por los conceptos que se detallan en los recibos aportados, más los intereses legales correspondientes, desde la interpelación judicial, incrementado el tipo impositivo en dos puntos desde la
El recurso no puede prosperar: el apelante principal y el adherido sostienen que la furgoneta Seat Terra, que circulaba por el carril correspondiente a su sentido de marcha, contrario al de los otros dos vehículos, tras detenerse antes de llegar al cambio de rasante, maniobró marcha atrás y hacia su derecha para introducir su parte trasera en una pequeña explanada, al objeto de poder cambiar de sentido, para, presumiblemente, salir después perpendicularmente al eje de la
Lo contrario no seria mas que dejar en manos de la parte
demandada la elección del procedimiento, por el mero hecho de introducir en la
contestación de la demanda cuestiones jurídicas no directamente contempladas en
la Disposición Primera de la
El recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal n° 2 de Santiago ha de ser acogido, en cuanto insta la absolución del acusado por el delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas del art. 379 del CP, y ello en cuanto se le suscita al Tribunal un estado de racional duda sobre la concurrencia del influjo etílico preciso para la subsunción de la conducta del recurrente en el mentado ilícito penal sin perjuicio de resp
Delito contra la salud pública, figurando como acusador público el Ministerio Fiscal y contra Tomás José representado/a por el/la Proc. La defensa del acusado en sus conclusiones definitivas solicitó la libre absolución del acusado con todos los pronunciamientos favorables y costas de oficio.Analizada la sustancia que contenían sendas pajitas, dio como resultado ser heroína 0,071 gramos, con una riqueza del 58,25
JUICIO DE CONGNICIÓN SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
La parte demandante solicita la condena de la demandada al pago del precio del arrendamiento de obra cuyo objeto era la realización de reformas en la vivienda de la accionada. También solicita la restitución de maquinaria y útiles de trabajo que quedaron en poder de la demandada, o su valor. La demandada reconoce que las obras fueron empezadas pero nunca rematadas, afirma haber abonado al deman
Aún cuando lleva razón el recurrente en el sentido de que no existe entre la acción declarativa de dominio ejercitada por la parte demandada frente a la actora en el juicio verbal 32/98 y la interdictal ahora ejercitada la identidad que puede fundamentar la existencia de cosa juzgada material, la demanda en ningún modo puede prosperar, pues, dado que la sentencia recaída en dicho juicio declarativo condena a los ahora demandantes a "abstenerse de realizar acto alguno de d
DECLARACION DE DERECHOS Y OTROS EXTREMOS.
Por las demandadas se alegó, entre otras, la excepción de litisconsorcio pasivo necesario por la falta de interpelación de D. Juan Rey M , la cual fue desestimada en la sentencia recurrida.
La concurrencia de la mentada excepción procesal debe ser acogida, toda vez que si se pretende la demolición de unas obras cuya realización se atribuye no sólo a la demandada Dª Pilar S , si
Se estima la demanda, condeno a Doña María a que abone a la Comunidad de Propietarios del Edificio de Santiago la cantidad de 107.079 pesetas, que adeuda como propietaria del piso 4-G ubicado en dicho inmueble, por los gastos comunes de enero a septiembre de 1997, ambos inclusive, y por los conceptos que se detallan en los recibos aportados, más los intereses legales correspondientes, desde la interpelación judicial, incrementado el tipo impositivo en dos puntos desde la
El recurso no puede prosperar: el apelante principal y el adherido sostienen que la furgoneta Seat Terra, que circulaba por el carril correspondiente a su sentido de marcha, contrario al de los otros dos vehículos, tras detenerse antes de llegar al cambio de rasante, maniobró marcha atrás y hacia su derecha para introducir su parte trasera en una pequeña explanada, al objeto de poder cambiar de sentido, para, presumiblemente, salir después perpendicularmente al eje de la
Lo contrario no seria mas que dejar en manos de la parte
demandada la elección del procedimiento, por el mero hecho de introducir en la
contestación de la demanda cuestiones jurídicas no directamente contempladas en
la Disposición Primera de la
El recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal n° 2 de Santiago ha de ser acogido, en cuanto insta la absolución del acusado por el delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas del art. 379 del CP, y ello en cuanto se le suscita al Tribunal un estado de racional duda sobre la concurrencia del influjo etílico preciso para la subsunción de la conducta del recurrente en el mentado ilícito penal sin perjuicio de resp
Delito contra la salud pública, figurando como acusador público el Ministerio Fiscal y contra Tomás José representado/a por el/la Proc. La defensa del acusado en sus conclusiones definitivas solicitó la libre absolución del acusado con todos los pronunciamientos favorables y costas de oficio.Analizada la sustancia que contenían sendas pajitas, dio como resultado ser heroína 0,071 gramos, con una riqueza del 58,25