Legislación
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Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 22-02-2021

Tiempo de lectura: 14 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Febrero de 2024

F. entrada en vigor: 23/02/2021

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 35

F. Publicación: 22/02/2021


CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
SECCIÓN 1.ª Objeto y ámbito
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
SECCIÓN 2.ª Estructura de coordinación
Artículo 3. Atribución de funciones a la Comisión Delegada para la Estabilidad Presupuestaria y la Sostenibilidad Financiera. Artículo 4. Comité Técnico para el Seguimiento de la Ejecución de los Fondos Europeos.
SECCIÓN 3.ª Reglas de tramitación de procedimientos
Artículo 5. Aprobación de las normas adoptadas en el marco de la gestión de proyectos financiables con fondos europeos. Artículo 6. Tramitación de urgencia y prioridad de los procedimientos administrativos.
CAPÍTULO II. Medidas en materia de gestión de los recursos humanos
Artículo 7. Planificación estratégica de gestión de los recursos humanos. Artículo 8. Medidas de reorganización, nombramiento y contratación de personal de las Consejerías y agencias. Artículo 9. Movilidad del personal funcionario. Artículo 10. Movilidad del personal proveniente del Sector Público Andaluz en entidades gestoras de proyectos financiables con fondos europeos. Artículo 11. Órganos competentes. Artículo 12. Nombramiento de personal funcionario interino y estatutario de carácter temporal. Artículo 13. Formación. Artículo 14. Creación y modificación de puestos de trabajo. Artículo 15. Unidades administrativas de carácter temporal. Artículo 16. Funciones reservadas al personal funcionario en la gestión de los fondos.
CAPÍTULO III. Medidas en materia de gestión presupuestaria
Artículo 17. Transferencias de créditos financiados con fondos europeos. Artículo 18. Tramitación anticipada de expedientes de gasto.
CAPÍTULO IV. Medidas en materia de contratación
Artículo 19. Autorización del gasto por el Consejo de Gobierno. Artículo 20. Encargos de ejecución a medios propios personificados. Artículo 21. Inversiones mediante fórmulas de colaboración público-privada. Artículo 22. Uso estratégico de la contratación. Artículo 23. Creación de la Oficina Técnica de coordinación de la contratación con Fondos Europeos. Artículo 24. Instrucciones de la Comisión Consultiva de Contratación Pública. Artículo 25. Modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares tipo. Artículo 26. Criterios de adjudicación. Artículo 27. Aclaración de ofertas. Artículo 28. Plazo para presentar documentación por Uniones Temporales de Empresas. Artículo 29. Constitución de garantías definitivas. Artículo 30. Responsables del contrato y de la dirección de los trabajos. Artículo 31. Modificaciones de contratos. Artículo 32. Contratos basados en un acuerdo marco. Artículo 33. Arbitraje para la resolución de conflictos en la ejecución. Artículo 34. Resolución del recurso especial en materia de contratación.
CAPÍTULO V. Medidas en materia de subvenciones
Artículo 35. Autorización para la tramitación de subvenciones financiables con fondos europeos. Artículo 36. Bases reguladoras de subvenciones financiables con fondos europeos. Artículo 37. Justificación de la aplicación de subvenciones.
CAPÍTULO VI. Medidas en materia de convenios
Artículo 38. Convenios suscritos para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Retribución extraordinaria por consecución de objetivos al personal que participe en la gestión de proyectos financiables con fondos europeos, así como en cualquier actividad de la Administración de la Junta de Andalucía relacionada con aquellos proyectos. D.A. 2ª. Acreditación del pago de ciertos importes subvencionables previstos en el Decreto-ley 11/2020, de 5 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes, extraordinarias y complementarias de apoyo financiero al sector económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19). D.A. 3ª. Especialidades en materia de evaluación ambiental en los proyectos financiados mediante fondos europeos. D.A. 4ª. Habilitación para la ejecución.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Participación en el Comité Técnico para el Seguimiento de la Ejecución de los Fondos Europeos. D.T. 2ª. Régimen transitorio de los procedimientos. D.T. 3ª. Adscripción de los puestos de trabajo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del artículo 9 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos. D.F. 2ª. Modificación del artículo 6 del Decreto 176/2005, de 26 de julio, por el que se desarrolla la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. D.F. 4ª. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. D.F. 5ª. Modificación del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados. D.F. 6ª. Modificación del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía. D.F. 7ª. Modificación de la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. D.F. 8ª. Modificación del artículo 53 de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía. D.F. 9ª. Modificación del Decreto 484/2019, de 4 de junio, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno. D.F. 10ª. Modificación del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativa en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una unidad aceleradora de proyectos de interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. D.F. 11ª. Modificación del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea. D.F. 12.ª Habilitación normativa. D.F. 13.ª Modificación de normas reglamentarias. D.F. 14.ª Entrada en vigor.