Directiva (UE) 2024/1069 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativa a la protección de las personas que se implican en la participación pública frente a pretensiones manifiestamente infundadas o acciones judiciales abusivas («demandas estratégicas contra la participación pública») - Diario Oficial de la Unión Europea de 16-04-2024
Índice
Texto
Ambito: DOUE
Estado: VACATIO LEGIS.
F. entrada en vigor: 06/05/2024
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 0
F. Publicación: 16/04/2024
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CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Requisitos mínimos
Artículo 4. Definiciones
Artículo 5. Asuntos con repercusiones transfronterizas
CAPÍTULO II. Normas comunes sobre garantías procesales
Artículo 6. Solicitudes de garantías procesales
Artículo 7. Tramitación acelerada de las solicitudes de garantías procesales
Artículo 8. Modificación posterior de la demanda o de las pretensiones
Artículo 9. Intervención en apoyo del demandado en el proceso judicial
Artículo 10. Caución
CAPÍTULO III. Desestimación temprana de las pretensiones manifiestamente infundadas
Artículo 11. Desestimación temprana
Artículo 12. Carga de la prueba y fundamentación de las pretensiones
Artículo 13. Recurso
CAPÍTULO IV. Medidas correctivas frente a las acciones judiciales abusivas contra la participación pública
Artículo 14. Condena en costas
Artículo 15. Sanciones u otras medidas adecuadas igualmente eficaces
CAPÍTULO V. Protección contra las sentencias dictadas en terceros países
Artículo 16. Motivos de denegación del reconocimiento y la ejecución de sentencias dictadas en terceros países
Artículo 17. Competencia jurisdiccional para conocer de acciones relativas a procesos incoados en terceros países
CAPÍTULO VI. Disposiciones finales
Artículo 18. Relaciones con convenios y acuerdos bilaterales y multilaterales
Artículo 19. Información y transparencia
Artículo 20. Recopilación de datos
Artículo 21. Revisión
Artículo 22. Transposición
Artículo 23. Entrada en vigor
Artículo 24. Destinatarios