Legislación
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Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de financiación incondicionada para las entidades locales autónomas. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 30-12-2021

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 01/01/2022

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 250

F. Publicación: 30/12/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposición general
Artículo 1. Objeto.
TÍTULO II. Fondo de financiación incondicionada para las entidades locales autónomas andaluzas
Artículo 2. Régimen jurídico. Artículo 3. Dotación presupuestaria. Artículo 4. Régimen de compatibilidad. Artículo 5. Entidades locales autónomas beneficiarias. Artículo 6. Distribución de las cantidades entre las entidades locales autónomas. Artículo 7. Notificación. Artículo 8. Forma de pago y régimen de fiscalización.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Información al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Entidades locales autónomas que no hayan ejercido sus competencias.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas. D.F. 2ª. Modificación del Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para el sector de las agencias de viajes, para la reactivación de actos culturales promovidos por Agrupaciones, Consejos, Federaciones, Uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería, y se modifican otras disposiciones. D.F. 3ª. Modificación del Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para los sectores de los establecimientos hoteleros, de los establecimientos de apartamentos turísticos, de los campamentos de turismo y de los complejos turísticos rurales, y se modifican otras disposiciones normativas. D.F. 4ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 5ª. Entrada en vigor. ANEXO I