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16/06/2025

La Audiencia Nacional avala la cláusula sobre el uso de inteligencia artificial en el convenio estatal de la industria audiovisual

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Materias: laboral

Fecha: 16/06/2025

La AN avala la cláusula del convenio estatal audiovisual sobre uso ético y legal de la IA, rechazando su nulidad pese a su carácter genérico.

La AN avala la cláusula sobre el uso de inteligencia artificial en el convenio estatal de la industria audiovisual

La D.A. 4.ª del III Convenio colectivo de ámbito estatal de la industria de producción audiovisual (cód. n.º 99012985012002) recoge que:

«Las partes firmantes del presente convenio se comprometen a realizar un uso transparente, razonado y ético de la inteligencia artificial, conforme a los criterios y reglas que se establezcan en la normativa de aplicación».

Esta cláusula fue impugnada por la Confederación General del Trabajo (CGT), alegando que carece de elementos específicos sobre cómo se garantizará la transparencia y la ética en el uso de la inteligencia artificial, dejando a los trabajadores sin mecanismos efectivos de protección frente a posibles abusos, y que, de no existir garantías, podría derivar en discriminaciones o violaciones de derechos fundamentales como la igualdad y la protección de datos.

La SAN n.º 56/2025, de 21 de abril del 2025, ECLI:ES:AN:2025:1874 desestima la pretensión de nulidad de esta cláusula y argumenta expresamente:

«El convenio colectivo, como instrumento regulador de las relaciones de trabajo, tiene por objeto fijar aquellas condiciones de aplicación a los trabajadores y empresarios incluidos dentro de su ámbito. La norma convencional no debe regular las condiciones de uso de la inteligencia artificial, como así exige el sindicato demandante, pues dicho uso se someterá a las normas y procedimientos que en relación a la misma se aprueben. Normas y procedimientos ajenos al objeto principal de la regulación del convenio del que no puede afirmarse, por ausencia de regulación sobre dicha materia, ni que produce una discriminación indirecta ni a la protección de datos personales».

El fallo desestima casi íntegramente las pretensiones de nulidad esgrimidas por la Confederación General del Trabajo (CGT) y estima de forma parcial la demanda del Sindicato de Técnicos Audiovisuales y Cinematográficos Españoles (TACE), declarando únicamente la nulidad de un inciso relativo a la antelación en los cambios de horario laboral. El resto de las cláusulas impugnadas, incluida la relativa al uso ético de la inteligencia artificial (IA), fueron avaladas por la Sala, que además impone a la CGT una multa de 2.000 euros por temeridad procesal.

Por tanto, no es nula una cláusula genérica sobre el uso de la inteligencia artificial que remita a las normas y procedimientos que se establezcan en la legislación aplicable. El mero hecho de que la cláusula sea general y carezca de desarrollo específico no es motivo de nulidad, ni se aprecia, según la sentencia, vulneración de derechos ni riesgo de discriminación por su redacción genérica.

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