Esquema con las novedades en las pensiones de jubilación para 2022
- Autor: José Juan Candamio Boutureira
- Materia: Laboral
- Fecha: 17/01/2022

La Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, contiene una serie de medidas aplicables en 2022 con la intención de lograr un acercamiento voluntario de la edad efectiva a la edad ordinaria de jubilación.
A modo esquemático:
Ampliar información en:
Jubilación anticipada cese no voluntario trabajo
Jubilación anticipada por voluntad del interesado
Jubilación anticipada condición mutualista
Jubilación anticipada por razón de actividad
Jubilación anticipada trabajadores discapacitados
Compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta ajena (jubilación activa)
Nueva edad de jubilación
Siguiendo el incremento progresivo de la edad ordinara de jubilación en vigor desde 2013, y que culminará en 2027, la edad exigida de acceso a la jubilación en el año 2022 depende de los períodos cotizados:
- 65 años, en caso de contar con 37 años y 6 meses o más cotizados.
- 66 años y 2 meses, en caso de contar con menos de 37 años y 6 meses.
Las pensiones contributivas suben un 2,5% en 2022 (nueva fórmula de revaloración recogida en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre).
Durante el 2022 la pensión mínima de jubilación se situará entre los 10.103,8 euros anuales (721,70 euros mensuales) de mínima y los 39.468,6 euros anuales (2.819,14 euros mensuales) de máxima. (arts. 40 y 41 de la LPGE 2022).
A) Cuantía máxima para las pensiones contributivas durante el año 2022 (en 14 pagas)
39.468,6 euros anuales (2.819,1 euros al mes).
B) Cuantías mínimas para las pensiones contributivas durante el año 2022 (en 14 pagas)
Jubilación con 65 años o más
Con cónyuge a cargo |
12.467 euros al año |
Sin cónyuge |
10.103,80 euros al año |
Con cónyuge no a cargo |
9.590 euros al año |
Jubilación con menos de 65 años
Con cónyuge a cargo |
11.688,60 euros al año |
Sin cónyuge |
9.452,80 euros al año |
Con cónyuge no a cargo |
8.934,80 euros al año |
Incapacidad permanente de gran invalidez
Con cónyuge a cargo |
18.701,20 euros al año |
Sin cónyuge |
15.156,40 euros al año |
Con cónyuge no a cargo |
14.385 euros al año |
Incapacidad absoluta o total de los titulares de 65 años o más
Con cónyuge a cargo |
12.467 euros al año |
Sin cónyuge |
10.103,80 euros al año |
Con cónyuge no a cargo |
9.590 euros al año |
Incapacidad total de los titulares de entre 60 y 64 años
Con cónyuge a cargo |
11.688,60 euros al año |
Sin cónyuge |
9.452,80 euros al año |
Con cónyuge no a cargo |
8.934,80 euros al año |
Incapacidad total derivada de una enfermedad común para menores de 60 años
Con cónyuge a cargo |
7.448 euros al año |
Con cónyuge no a cargo |
7.383,6 euros al año |
Viudedad
Con cargas familiares |
11.688,60 euros al año |
Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65% |
10.103,80 euros al año |
Titulares de entre 60 y 64 años |
9.452,80 euros al año |
Menores de 60 años sin cargas |
7.655,20 euros al año |
Orfandad
Por beneficiario |
3.089,80 euros al año |
Para menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65% |
6.076 euros al año |
Para casos de orfandad absoluta |
9.457 euros al año para un solo beneficiario (15.941,80 €/año a repartir entre los beneficiarios si son varios) |
En favor de familiares
Por beneficiario |
3.089,80 euros al año |
Si no existe viudo ni huérfano |
Un solo beneficiario con 65 años o más: 7.463,40 euros al año Un solo beneficiario menor de 65 años: 7.033,60 euros al año Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.565,40 euros al año entre el número de beneficiarios |
Fuente: revista seg-social.
- Revalorización de las pensiones no contributivas (jubilación e invalidez): art. 45.1 de la LPGE 2022.
- Complemento por vivienda: art. 45.2 de la LPGE 2022.
- Pensiones de orfandad causadas por violencia contra la mujer: art. 45.3 de la LPGE 2022.
- Pensiones SOVI: art. 46de la LPGE 2022.
- Complementos por mínimos: art. 44 de la LPGE 2022.
- Pensiones reconocidas a familiares de fallecidos como consecuencia de la guerra civil: art. 38.1 de la LPGE 2022.
- Pensiones reconocidas a excombatientes mutilados de la zona republicana y sus familiares: art. 38.2 de la LPGE 2022.
- Pensiones reconocidas a mutilados civiles de guerra art. 38.3 de la LPGE 2022.
- Prestaciones familiares: D.A. 39.ª de la LPGE 2022.
- Ingreso mínimo vital: D.A. 39.ª de la LPGE 2022.
- Complemento de pensiones para la reducción de la brecha de género: D.A. 39ª.2 de la LPGE 2022.
- Subsidios económicos para personas con discapacidad: D.A. 40ª.1 de la LPGE 2022.
- Pensiones asistenciales: D.A. 40ª.2 de la LPGE 2022.
- Prestaciones de gran invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas: : D.A. 41ª de la LPGE 2022.
Ley 22/2021 de 28 de Dic (Presupuestos Generales del Estado para 2022) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 312 Fecha de Publicación: 29/12/2021 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2022 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Ley 21/2021 de 28 de Dic (Garantía del poder adquisitivo de las pensiones) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 312 Fecha de Publicación: 29/12/2021 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2022 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 8ª. Entrada en vigor.
- D.F. 7ª. Título competencial.
- D.F. 6ª. Modificación de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, sobre jubilación de Notarios, Agentes de Cambio y Bolsa y Corredores colegiados de Comercio.
- D.F. 5ª. Suficiencia de pensiones mínimas.
- D.F. 4ª. Mecanismo de equidad intergeneracional.
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Sentencia SOCIAL Nº 298/2018, TSJ Aragon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 257/2018, 23-05-2018
Orden: Social Fecha: 23/05/2018 Tribunal: Tsj Aragon Ponente: Mora, José Enrique Mateo Num. Sentencia: 298/2018 Num. Recurso: 257/2018
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Sentencia SOCIAL Nº 312/2019, TSJ Aragon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 257/2019, 22-05-2019
Orden: Social Fecha: 22/05/2019 Tribunal: Tsj Aragon Ponente: Fustero Galve, Mariano Num. Sentencia: 312/2019 Num. Recurso: 257/2019
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Sentencia SOCIAL Nº 923/2022, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1563/2019, 22-11-2022
Orden: Social Fecha: 22/11/2022 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Viroles Piñol, Rosa Maria Num. Sentencia: 923/2022 Num. Recurso: 1563/2019
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Sentencia Social 57/2023 Tribunal Supremo, Rec. 3056/2019 de 24 de enero del 2023
Orden: Social Fecha: 24/01/2023 Tribunal: Ts Ponente: Angel Antonio Blasco Pellicer Num. Sentencia: 57/2023 Num. Recurso: 3056/2019
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Sentencia SOCIAL Nº 113/2019, TSJ Aragon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 42/2019, 26-02-2019
Orden: Social Fecha: 26/02/2019 Tribunal: Tsj Aragon Ponente: Mora, José Enrique Mateo Num. Sentencia: 113/2019 Num. Recurso: 42/2019
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Regulación del supuesto de jubilación anticipada de trabajadores discapacitados
Orden: Laboral Fecha última revisión: 26/01/2022
La Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones añade al texto de la LGSS, un nuevo artículo 206 bis...
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Reforma de las pensiones 2022
Orden: Laboral Fecha última revisión: 27/01/2022
Con efectos del 1 de enero de 2022 la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones (BOE 29 de diciembre ...
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Prestación por jubilación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Orden: Laboral Fecha última revisión: 28/03/2023
La prestación por jubilación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en su modalidad contributiva se calcula igual que en el Régimen General (D.A. 1.ª de la LGSS).La jubilación del autónomo 1.- Jubilación ordinariaEDAD67 años, o...
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Jubilación anticipada por razón de actividad
Orden: Laboral Fecha última revisión: 26/01/2022
La jubilación anticipada por razón de actividad encuentra su amparo legal en el artículo 206 de la LGSS (modificado con efectos desde el 01/01/2022) que dispone:«La edad mínima de acceso a la pensión de jubilación a la que se refiere el artíc...
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Jubilación anticipada por voluntad del interesado
Orden: Laboral Fecha última revisión: 27/01/2022
La jubilación anticipada por voluntad de la personas trabajadora es posible dos años antes de la edad ordinaria de jubilación, siempre que se acrediten 35 años de cotización al sistema de la Seguridad Social, tal y como así lo dispone el artí...
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Certificado de empresa para jubilación anticipada de policía local (modelo oficial)
Fecha última revisión: 27/10/2022
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Comunicación a la TGSS del inicio o fin de la actividad laboral, simultánea a la condición de pensionista (modelo oficial)
Fecha última revisión: 25/10/2021
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Reclamación administrativa previa solitando el cómputo del período de prestación del servicio militar obligatorio como cotizado a efectos de jubilación anticipada.
Fecha última revisión: 14/09/2017
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE [PROVINCIA]D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A], con DNI núm. [DNI_TRABAJADOR_A], afiliado a la Seguridad Social núm. [NUM_SEGURIDAD_SOCIAL_TRABAJADOR], y domiciliado en [DOMIC...
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Solicitud de pensión de jubilación contributiva (modelo oficial)
Fecha última revisión: 02/11/2022
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Demanda para la reclamación de incapacidad permanente absoluta
Fecha última revisión: 07/02/2023
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [ESPECIFICAR].D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, en posesión del de DNI núm. [NÚMERO], y nº de afiliación a la Seguridad Social [NÚMERO], con domicilio en [DOMICILIO], ante el Juzgado de lo social al que por turno de re...
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Análisis del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
Fecha última revisión: 21/04/2016
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Análisis sobre la aplicación de la edad de jubilación y años de cotización. Dudas más frecuentes
Fecha última revisión: 13/01/2016
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Caso práctico: Administrador de una sociedad y jubilación activa.
Fecha última revisión: 02/11/2017
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Caso práctico: Cálculo de la jubilación anticipada de un trabajador minusválido o discapacitado
Fecha última revisión: 21/04/2016
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Caso práctico: Calculo de la prestación por incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común (trabajador menor 31 años)
Fecha última revisión: 18/04/2016
PLANTEAMIENTOAnálisis del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. RESPUESTALos principales aspectos del Real Decret...
RESUMENSerán beneficiarios de la pensión de jubilación las personas incluidas en el Régimen General, afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta, que reúnan las condiciones de edad, período mínimo de cotización y hecho cau...
PLANTEAMIENTOEl administrador de una sociedad, puede seguir trabajando y en que situaciones, cuando se jubila en la edad ordinaria de jubilación.RESPUESTAExisten dos posibilidades:1.- En caso ejercer el cargo de administrador de forma pasiva (reali...
PLANTEAMIENTOJubilación anticipada trabajador minusválido o discapacitadoUn trabajador de 56 años, nacido el 01/01/1959, pretende jubilarse anticipadamente a los 56 años de edad encontrándose actualmente de alta en el RGSS.El trabajador acredit...
PLANTEAMIENTOINCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚNPropone el Equipo de Valoración de Incapacidades el 15/02/2013 a Juan García, quien se encontraba en IT de una enfermedad común desde el 1/01/2010, efecto de una gran inval...
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Resolución de TEAF Bizkaia, 5639, 11-06-2009
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 11/06/2009
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Dictamen de DCE 2311/2002 del 05-09-2002
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 05/09/2002 Núm. Resolución: 2311/2002
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Dictamen de DCE 179/2021 del 20-05-2021
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 20/05/2021 Núm. Resolución: 179/2021
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Resolución de DGT Vinculante V1489-22 del 21-06-2022
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 21/06/2022 Núm. Resolución: V1489-22
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Resolución de MT BOE núm. 25 del 29-01-2002
Órgano: Ministerio De Trabajo Fecha: 29/01/2002 Núm. Resolución: BOE núm. 25