Subvenciones
Filtros
Boletín
Diario Oficial de Cataluña
Boletín Oficial del Estado
Boletín Oficial de Castilla y León
Boletín Oficial de Cantabria
Diario Oficial de la Generalitat Valenciana
Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
De acuerdo con la Orden TED/818/2021, de 12 de julio, esta convocatoria tiene como objeto cofinanciar actividades que contribuyan a una transición ecológica que, a través del conocimiento científico, hagan frente al desafío del cambio climático y la conservación del patrimonio natural.
La convocatoria tiene por objeto específico apoyar el acondicionamiento y adecuación de espacios interiores destinados a convertirse en refugios climáticos e integrarse en la Red de Refugios Climáticos, a través de tres líneas de ayuda diferenciadas:
-Línea A), para la adecuación de equipamientos como refugios individuales.
-Línea B), para la adecuación de equipamientos para la creación de redes de refugios.
-Línea C), para la mejora de la adaptación climática de centros educativos habilitados como refugio.
El ámbito de actuación de la actividad objeto de las subvenciones será todo el territorio nacional.
Convocar, para el ejercicio 2026, las ayudas para la ejecución de las intervenciones 6881.4 y 6883 del PEPAC en materia de gestión forestal sostenible, financiadas por Feader en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, gestionadas por la dirección general de Medio Natural y Animal, de la Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación de la Generalitat Valenciana, y reguladas por la Orden 9/2025 de 2 de octubre, de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a las intervenciones en materia forestal 6881.4 «Inversiones forestales no productivas en otras actuaciones silvícolas con objetivos ambientales», y 6883 «Inversiones forestales productivas, relacionadas con la capacidad productora de los montes y el desarrollo del sector económico forestal», en el marco del Plan estratégico de la política agraria común 2023-2027.
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de ayudas para apoyar proyectos que promuevan actividades que contribuyan a la renaturalización urbana, impulsando el desarrollo, mejora y consolidación de la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes y azules, con el objetivo de incrementar la biodiversidad y su conservación, así como la adaptación al cambio climático, a través de la generación de biorrefugios climáticos, y la mejora de la habitabilidad de los entornos urbanos, especialmente en aquellos entornos que presentan mayor grado de vulnerabilidad social, económica y ambiental, integrando la igualdad de género y de oportunidades de forma transversal.
La presente convocatoria se ajusta a la línea de ayuda definida en el apartado 1 del artículo 1.3 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, "Desarrollo y consolidación de la infraestructura verde para la renaturalización y resiliencia de entornos urbanos".
La convocatoria contribuye asimismo al cumplimiento de los objetivos del artículo 8 del Reglamento (UE) 2024/1991 de Restauración de la Naturaleza, en particular los relativos a la no pérdida neta de espacio verde urbano y cobertura arbórea urbana en municipios DEGURBA 1 y 2, y a su incremento progresivo hasta 2030, 2040 y 2050.
1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas para actividades e inversiones de fomento de la riqueza piscícola y realizar una segunda convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento MT808A).
2. Estas ayudas se tramitarán en régimen de publicidad, transparencia, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación, con eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Asimismo, resultarán de aplicación los preceptos de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
La finalidad de estas ayudas es fomentar la sostenibilidad y la circularidad de los procesos de producción y consumo de las Illes Balears para mejorar la competitividad y la innovación del tejido empresarial avanzando hacia un modelo fundamentado en los principios de la economía circular que supere el modelo de producción lineal. Es por ello que la convocatoria promueve: alargar el tiempo de vida útil de los productos y materiales dentro del ciclo productivo, reducir la generación de residuos y mejorar la eficiencia en el uso de los recursos.
El objeto de la subvención es apoyar a las empresas de la cadena de valor del sector de la automoción y la movilidad en la realización de proyectos de innovación tecnológica de carácter aplicado, cercanos al mercado, con riesgo tecnológico medio/bajo, que fomenten una transformación tecnológica, digital y verde de las empresas de la cadena de valor de estos sectores y consigan la mejora de su competitividad gracias a la incorporación de tecnologías avanzadas. Su madurez tecnológica debe estar entre los niveles 7 y 9 de la escala de Nivel de madureza tecnológica (Technology Readiness Level -TRL).
La finalidad de la presente subvención es:
- Generar capacidades tecnológicas en la transición hacia una movilidad más inteligente, digital y descarbonizada.
- Acelerar la incorporación de tecnologías avanzadas al tejido empresarial de la cadena de valor del sector de la automoción y la movilidad.
- Favorecer la colaboración de la empresa con empresas emergentes, centros tecnológicos y proveedores especializados.
El objeto de la subvención es facilitar a las empresas y los agentes de transferencia tecnológica que hagan proyectos de investigación aplicada y desarrollo tecnológico (I+D) de la cadena de valor del sector químico. Estos proyectos deben dar lugar a un progreso tecnológico, entendido como un avance de la tecnología hacia el estado del arte actual de la misma. Este estado del arte debe permitir identificar su estado de madurez y su progreso previsto a raíz de la ejecución del proyecto de I+D. Como marco de referencia de este avance del estado de madurez de la tecnología se utilizará la escala Nivel de Madurez de la Tecnología (Technology Readiness Level, TRL).
A los efectos de estas bases, se entiende por investigación aplicada la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o encaminados a conseguir una mejora significativa de los productos, procesos o servicios existentes, incluidos los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector. Esta investigación incluye la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas, cuando sea necesario para la investigación aplicada y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
Se entiende por desarrollo tecnológico la adquisición, combinación, configuración y utilización de conocimientos y capacidades técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con el objetivo de desarrollar productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, incluidos los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector; podrá englobar también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios. El desarrollo podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la realización piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento cuando el objetivo principal sea aportar mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente fijados; podrá incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación. No incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aunque estas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
Esta subvención tiene por finalidad:
- Facilitar a las empresas y a los agentes de transferencia tecnológica que hagan proyectos de I+D concediendo subvenciones para los proyectos de la cadena de valor del sector químico.
- Movilizar la inversión en I+D.
Subvenciones dirigidas a la financiación de planes de formación desarrollados por empresas en el sector estratégico "Industria de los electrodomésticos y utensilios de cocina", para centros de trabajo ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria, dirigidas a la mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras mediante la adquisición de competencias profesionales adecuadas a las demandas empresariales, a través de la realización de acciones específicas de formación vinculadas a la adaptación a los cambios en los procesos productivos y que se ven directamente afectados por los avances hacia una economía verde, digital e inclusiva, entendidas como aquellas materias que incrementan las destrezas de las personas trabajadoras en el actual contexto de cambio tecnológico y hacia una sociedad más justa y respetuosa con el medio ambiente.
1. Se aprueba la convocatoria de ayudas de minimis, para el año 2026, destinados a la adquisición de semillas certificadas, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en los sectores agrario y pesquero, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 43, de 17 de marzo de 2005.
2. El objeto de esta línea de ayudas es atender las actividades establecidas en el apartado cuarto de esta convocatoria relativas a la adquisición de semillas certificadas de determinadas especies forrajeras o de determinadas especies de cereales y de leguminosas mediante los programas para el año 2026 que promueve el IRFAP.
3. Estas ayudas se conceden de acuerdo con el Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) núm. 352, de 24 de diciembre de 2013.
4. El ámbito territorial de aplicación de las ayudas es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas dirigidas a las inversiones en las industrias agroalimentarias y empresas forestales incluidas dentro del PEPAC 2023-2027 en sus intervenciones:
• 6842.1: Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
• 6842.2: Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
• 6883: Ayuda a inversiones forestales productivas.
Las bases reguladoras de estas ayudas enmarcadas en las dos primeras Intervenciones se aprobaron mediante Resolución de 2 de mayo de 2025 de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria (BOPA n.º 88, de 9/V/2025), y las referidas a la última Intervención, mediante Resolución de 7 de mayo de 2025 de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria (BOPA n.º 91, de 14/V/2025).

