Jurisprudencia por Hernandez Garcia, Javier.
Filtros
Voces
Sentido del fallo
Estima
Condena
Desestima
Absuelve
Orden
Penal
Civil
Ponente
Hernandez Garcia, Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP - Tarragona
Tribunal Supremo
AP - Barcelona
TSJ Cataluña
AP Salamanca
Función del auto de prosecución del artículo 779
Heterointegración fáctica: cuando el tribunal de instancia a la hora de fijar el hecho probado compromete la unidad lógico-narrativa que debe caracterizarlo, insertando proposiciones factuales en la fundamentación jurídica, el tribunal que conozca del recurso interpuesto por la persona condenada, y solo en su beneficio, y al hilo de los motivos que lo funden, viene obligado a una suerte de heterointegración que permita identificar el 'hecho global' declarado probado. Y sobre el que, solo, ins
Diferencias entre el delito de extorsión del artículo 243
Error de tipo. La hipótesis defensiva basada en el error sobre un hecho que presta fundamento al reproche está sometida a un especial estándar de acreditación. El error excluyente del dolo no puede basarse en el simple desconocimiento o la sola falta de previsión. Reclama la representación falsa positiva. El error supone un conocimiento equivocado, firme e indubitado. Un "conocimiento equivocado pero seguro", precisábamos en la STS 722/2020, de 30 de diciembre. Atenuante analógica. Los jueces
Error de prohibición. para evaluar si una conducta debe, o no, ser reprochada o reprochada menos de lo que prevé la norma penal cuando el autor invoca que ignoraba su ilicitud no hay que estar tanto a si tenía, o no, una conciencia subjetiva de ilicitud. Debe atenderse, sobre todo, a si pudo conocer la ilicitud si se hubiera esforzado suficientemente en identificar las razones públicas que regulan el conflicto concreto. La creencia errónea de actuar conforme a la norma a los efectos del artíc
El reproche penal por la infracción del deber de asistencia está sometido a un exigente cuadro cumulativo de condiciones de tipicidad. Primera, que la persona tributaria de auxilio se encuentre en una situación de peligro manifiesto y grave; segunda, que se encuentre desamparada; tercera, que la persona obligada conozca que se da dicha situación; cuarta, que tenga capacidad, sin riesgo propio o ajeno, para prestar socorro personalmente o demandar el socorro a terceros. En el tipo general del
Función del auto de prosecución del artículo 779
Heterointegración fáctica: cuando el tribunal de instancia a la hora de fijar el hecho probado compromete la unidad lógico-narrativa que debe caracterizarlo, insertando proposiciones factuales en la fundamentación jurídica, el tribunal que conozca del recurso interpuesto por la persona condenada, y solo en su beneficio, y al hilo de los motivos que lo funden, viene obligado a una suerte de heterointegración que permita identificar el 'hecho global' declarado probado. Y sobre el que, solo, ins
Diferencias entre el delito de extorsión del artículo 243
Error de tipo. La hipótesis defensiva basada en el error sobre un hecho que presta fundamento al reproche está sometida a un especial estándar de acreditación. El error excluyente del dolo no puede basarse en el simple desconocimiento o la sola falta de previsión. Reclama la representación falsa positiva. El error supone un conocimiento equivocado, firme e indubitado. Un "conocimiento equivocado pero seguro", precisábamos en la STS 722/2020, de 30 de diciembre. Atenuante analógica. Los jueces
Error de prohibición. para evaluar si una conducta debe, o no, ser reprochada o reprochada menos de lo que prevé la norma penal cuando el autor invoca que ignoraba su ilicitud no hay que estar tanto a si tenía, o no, una conciencia subjetiva de ilicitud. Debe atenderse, sobre todo, a si pudo conocer la ilicitud si se hubiera esforzado suficientemente en identificar las razones públicas que regulan el conflicto concreto. La creencia errónea de actuar conforme a la norma a los efectos del artíc
El reproche penal por la infracción del deber de asistencia está sometido a un exigente cuadro cumulativo de condiciones de tipicidad. Primera, que la persona tributaria de auxilio se encuentre en una situación de peligro manifiesto y grave; segunda, que se encuentre desamparada; tercera, que la persona obligada conozca que se da dicha situación; cuarta, que tenga capacidad, sin riesgo propio o ajeno, para prestar socorro personalmente o demandar el socorro a terceros. En el tipo general del