Jurisprudencia sobre Menor de edad.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Hernandez Hernandez, Maria Del Rosario
Hijas Fernandez, Eduardo
Palacios Martinez, Andres
Perez Tormo, Maria Jose
Hortensia Garcia Esquius, Ana Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
Otros
Por la representación de don JOSÉ R se interpone recurso de apelación contra la sentencia de fecha 13 de Enero de 1999 recaída en autos de juicio verbal civil n° 241/98 sobre alimentos provisionales, la cual fijó al demandado -hoy apelante como cantidad a abonar en concepto de alimentos para su hija Andrea, menor de edad, la de 25.000 pesetas mensuales. Alega el apelante que la juzgadora de instancia motiva escasamente el Fallo de su sentencia fijando de un modo un tanto
GUARDA Y ACOGIMIENTO
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Ribeira, en trámite de divorcio, y en relación con la pensión de alimentos para los hijos del matrimonio. La Sala declara que, a tenor de las nóminas aportadas, la retribución mensual líquida de la apelante se puede cifrar en 650 euros, promediando las distintas cuantías que en aquéllas se recogen. Y atendida la mayor importancia de los ingresos del demandante, con su
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS MATRIMONIALES
DIVORCIO CONTENCIOSO
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Por la representación de don JOSÉ R se interpone recurso de apelación contra la sentencia de fecha 13 de Enero de 1999 recaída en autos de juicio verbal civil n° 241/98 sobre alimentos provisionales, la cual fijó al demandado -hoy apelante como cantidad a abonar en concepto de alimentos para su hija Andrea, menor de edad, la de 25.000 pesetas mensuales. Alega el apelante que la juzgadora de instancia motiva escasamente el Fallo de su sentencia fijando de un modo un tanto
GUARDA Y ACOGIMIENTO
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Ribeira, en trámite de divorcio, y en relación con la pensión de alimentos para los hijos del matrimonio. La Sala declara que, a tenor de las nóminas aportadas, la retribución mensual líquida de la apelante se puede cifrar en 650 euros, promediando las distintas cuantías que en aquéllas se recogen. Y atendida la mayor importancia de los ingresos del demandante, con su
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS MATRIMONIALES
DIVORCIO CONTENCIOSO
MATERIAS NO ESPECIFICADAS